¿Es necesario tener licencia para las bicicletas eléctricas?
1. Bicicletas eléctricas: la masa del vehículo no supera los 55 kg, el voltaje de la batería no supera los 48 V, la potencia nominal del motor no supera los 400 W y la velocidad máxima está dentro 25 km/h, no se requiere matrícula.
2. Motocicletas ligeras eléctricas: La velocidad máxima no supera los 50 km/h. Son vehículos de motor y deben estar matriculados.
3. Motos eléctricas: con una velocidad máxima superior a 50 km/h, son vehículos de motor y deben estar matriculadas.
Notas sobre las bicicletas eléctricas:
1. Conducir por carriles no motorizados y no ocupar carriles motorizados.
2. Transportar pasajeros según las normas aprobadas, no permitiéndose sobrecarga.
3. No puedo quitármelo mientras conduces.
4. Revisa periódicamente los neumáticos para detectar fugas de aire y las baterías por falta de energía.
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