Según lo establecido en la Ley de Seguridad Alimentaria, ¿qué es una evaluación de riesgos de seguridad alimentaria?
Capítulo 2 Monitoreo y evaluación de riesgos de inocuidad de los alimentos
Artículo 14 El estado establecerá un sistema de monitoreo de riesgos de inocuidad de los alimentos para monitorear las enfermedades transmitidas por los alimentos, la contaminación de los alimentos y los factores nocivos en los alimentos.
El departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, junto con los departamentos de administración de alimentos y medicamentos y supervisión de calidad del Consejo de Estado, formulará e implementará un plan nacional de monitoreo de riesgos para la seguridad alimentaria.
La Administración de Alimentos y Medicamentos del Consejo de Estado de EE. UU. y otros departamentos relevantes deben verificar inmediatamente la información sobre riesgos de seguridad alimentaria e informarla al departamento de administración de salud del Consejo de Estado. Para la información sobre riesgos de seguridad alimentaria reportada por los departamentos pertinentes y las enfermedades transmitidas por alimentos reportadas por instituciones médicas, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado realizará análisis e investigaciones junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, y ajustará oportunamente el plan nacional de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria cuando considerado necesario.
Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, junto con los departamentos de administración de alimentos y medicamentos y de supervisión de la calidad del mismo nivel, formularán y ajustarán este departamento administrativo con base en el plan nacional de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria y las condiciones específicas de esta región administrativa, el plan regional de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria se presentará al departamento administrativo de salud del Consejo de Estado para su presentación antes de su implementación.
Artículo 15 La institución técnica responsable del monitoreo de riesgos de inocuidad de los alimentos deberá realizar trabajos de monitoreo de acuerdo con el plan de monitoreo de riesgos de inocuidad de los alimentos y el plan de monitoreo para garantizar la autenticidad y exactitud de los datos de monitoreo, y de acuerdo con el plan de seguimiento de riesgos de inocuidad de los alimentos Presentar datos de seguimiento y resultados de análisis de acuerdo con los requisitos del plan de seguimiento.
El personal de monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria tiene derecho a ingresar a los sitios relevantes de plantación y cultivo de productos agrícolas comestibles, producción de alimentos y operación para recolectar muestras y recopilar datos relevantes. La recogida de muestras se pagará a precios de mercado.
Artículo 16 Si los resultados del monitoreo de riesgos de seguridad alimentaria indican que puede haber peligros para la seguridad alimentaria, el departamento administrativo de salud del gobierno popular a nivel de condado o superior deberá informar de inmediato la información relevante a la autoridad de alimentos y medicamentos. departamento de supervisión y administración del mismo nivel e Informes de los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares y de los gobiernos populares de niveles superiores. Las autoridades reguladoras de alimentos y medicamentos deberían organizar más investigaciones.
Artículo 17 El Estado establece un sistema de evaluación de riesgos para la inocuidad de los alimentos y utiliza métodos científicos para evaluar los riesgos biológicos, químicos y físicos.
El departamento de administración de salud del Consejo de Estado es responsable de organizar las evaluaciones de riesgos de seguridad alimentaria y establecer un comité de expertos en evaluación de riesgos de seguridad alimentaria compuesto por expertos en medicina, agricultura, alimentación, nutrición, biología, medio ambiente, etc. realizar evaluaciones de riesgos para la inocuidad de los alimentos. Los resultados de la evaluación de riesgos para la seguridad alimentaria son anunciados por el departamento de administración sanitaria del Consejo de Estado.
La evaluación de la seguridad de pesticidas, fertilizantes, medicamentos veterinarios, piensos y aditivos para piensos debe involucrar a expertos del Comité de Expertos en Evaluación de Riesgos de Seguridad Alimentaria.
La evaluación de riesgos de seguridad alimentaria no cobrará tarifas a los productores y operadores, y las tarifas se pagarán de acuerdo con el precio de mercado en el momento de la recolección de la muestra.
Artículo 18 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, se deberá realizar una evaluación de riesgos de inocuidad de los alimentos:
(1) A través del monitoreo de riesgos de inocuidad de los alimentos o al recibir un informe, se descubre que alimentos o aditivos alimentarios, los productos relacionados con los alimentos pueden tener riesgos para la seguridad;
(2) Se requiere una evaluación de riesgos para proporcionar una base científica para formular o revisar las normas nacionales de seguridad alimentaria;
(3 ) Para determinar la evaluación de riesgos es necesaria para áreas clave y variedades clave de supervisión y gestión;
(4) Se descubren nuevos factores que pueden poner en peligro la seguridad alimentaria (5) Es necesario juzgar si un determinado factor; constituye un peligro para la seguridad alimentaria;
(6) Otras situaciones en las que el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado considera necesario realizar una evaluación de riesgos.
Artículo 19 Si los departamentos de administración de alimentos y medicamentos, supervisión de calidad y administración agrícola del Consejo de Estado consideran necesario realizar una evaluación de riesgos de seguridad alimentaria durante el trabajo de supervisión y gestión, harán recomendaciones de evaluación de riesgos de seguridad alimentaria a el departamento de administración de salud del Consejo de Estado, y proporcionar información y materiales tales como fuentes de riesgo, datos de inspección relevantes y conclusiones. Si existen circunstancias especificadas en el artículo 18 de esta Ley, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado realizará una evaluación de riesgos de seguridad alimentaria de manera oportuna y notificará los resultados de la evaluación a los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.
Artículo 20 Los departamentos administrativos de salud y los departamentos administrativos agrícolas de los gobiernos populares a nivel provincial o superior se notificarán entre sí con prontitud sobre la información de monitoreo de riesgos de seguridad de alimentos y productos agrícolas comestibles.
Los departamentos administrativos de salud y agricultura del Consejo de Estado se notificarán mutuamente de inmediato los resultados de las evaluaciones de riesgos de seguridad de alimentos y productos agrícolas comestibles.
Artículo 21 Los resultados de la evaluación de riesgos de seguridad alimentaria son la base científica para formular y revisar las normas de seguridad alimentaria y aplicar la supervisión y gestión de la seguridad alimentaria.
Después de la evaluación de riesgos para la seguridad alimentaria, llegamos a la conclusión de que los alimentos, los aditivos alimentarios y los productos relacionados con los alimentos no son seguros. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. y el departamento de supervisión de calidad dependiente del Consejo de Estado deben anunciar inmediatamente al público de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, informar a los consumidores que dejen de comerlos o usarlos y tomar las medidas correspondientes para garantizar que la producción y operación de los se suspenden los alimentos, los aditivos alimentarios y los productos relacionados con los alimentos; cuando se revisan las normas nacionales de seguridad alimentaria pertinentes, el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado las formulará o revisará inmediatamente junto con el departamento de reglamentación de alimentos y medicamentos; del Consejo de Estado.
Artículo 22 El departamento regulador de alimentos y medicamentos del Consejo de Estado, junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, llevará a cabo un análisis integral de la situación de la seguridad alimentaria basado en los resultados de la evaluación de riesgos de seguridad alimentaria y los alimentos. información de gestión y supervisión de seguridad. Para los alimentos que puedan tener altos riesgos de seguridad después de un análisis exhaustivo, el Departamento de Administración de Alimentos y Medicamentos del Consejo de Estado emitirá de inmediato advertencias de riesgos de seguridad alimentaria y las anunciará al público.
Artículo 23 Las autoridades reguladoras de alimentos y medicamentos y otros departamentos relevantes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, el Comité de Expertos en Evaluación de Riesgos de Seguridad Alimentaria y sus instituciones técnicas organizarán, de acuerdo con los principios de ciencia, objetividad, puntualidad y apertura, Los productores y operadores de alimentos, las agencias de inspección de alimentos, las agencias de certificación, las asociaciones de la industria alimentaria, las asociaciones de consumidores y los medios de comunicación intercambian información sobre evaluación de riesgos de inocuidad de los alimentos e información sobre supervisión y gestión de la inocuidad de los alimentos.