¿Un cuchillo para frutas es un cuchillo regulado?
Según los estándares de identificación de cuchillos controlados, los cuchillos controlados se refieren a dagas, cuchillos triangulares, cuchillos de resorte (cuchillos de salto) y otros cuchillos similares de un solo filo, doble filo y punta triangular. Según los artículos 2 a 7 de las "Disposiciones provisionales sobre el control de determinados cuchillos" emitidas por el Ministerio de Seguridad Pública, existen procedimientos legales para controlar el rango de uso, producción, compra y venta de cuchillos.
(1) Daga: cuchillo afilado de uno, dos o varios filos, con mango, rejilla para cuchillo y ranura para sangre, y un ángulo de punta inferior a 60 grados.
(2) Raspador triangular: Herramienta que utiliza tres cuchillas para su procesamiento.
(3) Cuchillo de resorte con dispositivo de autobloqueo (cuchillo de salto): un cuchillo plegable que puede fijarse y autobloquearse mediante un resorte o pestillo en el mango después de desplegar o expulsar el cuerpo del cuchillo.
(4) Otras herramientas afiladas similares de un solo filo, doble filo y triple filo: varias herramientas de un solo filo, doble filo y múltiples filos con un ángulo de filo inferior a 60 grados y una hoja longitud superior a 150 mm.
(5) Otros tipos de herramientas de un solo filo, doble filo y múltiples filos con un ángulo de vértice superior a 60 grados y una longitud de hoja superior a 220 mm
Base legal: Normas de identificación de herramientas controladas
1. Puede ser reconocido como cuchillo controlado cualquier persona que cumpla una de las siguientes normas:
1. mango, una rejilla para cuchillos y una ranura para sangre, y el ángulo de la punta es inferior a 60 grados. Cuchillos afilados de un solo filo, de dos filos o de varios filos (consulte la Figura 1).
2. Rascador de bordes: una herramienta de procesamiento con tres hojas (ver Figura 2).
3. Navaja con resorte y dispositivo autoblocante (cuchillo saltarín): Después de desplegar o expulsar el cuerpo del cuchillo, es una navaja plegable autoblocante que se fija mediante un resorte o pestillo en el mango ( ver Figura 3).
4. Otros cuchillos afilados similares de un solo filo, dos filos y tres filos: varios cuchillos de un solo filo, dos filos y varios filos con un ángulo de filo inferior a 60 grados y un longitud de la hoja superior a 150 mm (ver Figura 4).
5. Otras herramientas de un solo filo, de doble filo y de múltiples filos con un ángulo de corte superior a 60 grados y una longitud de hoja superior a 220 mm (ver Figura 5).
2. Varios cuchillos de artes marciales, artesanías, regalos y otros que no están cortados y tienen un radio de bisel en la punta r superior a 2,5 mm no entran en la categoría de cuchillos controlados.
3. Las normas de alcance de control para los cuchillos tibetanos, cuchillos de cintura, cuchillos para botas, sables y otros cuchillos utilizados por minorías étnicas serán formuladas por los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares de las regiones étnicas autónomas (prefecturas autónomas). y comarcas autónomas) con referencia a esta norma.