Si te rompes la nariz mientras juegas baloncesto, eres responsable de ello.
Análisis legal: 1. En primer lugar, el baloncesto en sí tiene un cierto grado de peligro personal, por lo que, como adulto, debes ser predictivo de tus acciones y asumir ciertas responsabilidades;
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2. En segundo lugar, si la persona lesionada es causada por acciones ilegales de la otra parte, debe asumir la responsabilidad de indemnización por la culpa principal. Por supuesto, si la otra parte resulta perjudicada debido a su propio comportamiento ilegal, la otra parte no debe asumir la responsabilidad principal. Se recomienda que se resuelva mediante negociación. Si la negociación fracasa y usted presenta una demanda, debe recopilar y obtener pruebas. Usted y la otra parte son los únicos responsables de ello.
Base legal: "Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la solicitud. de la Ley en el Juicio de Casos de Compensación por Lesiones Personales" No. 6 Artículo 1: Las personas físicas, personas jurídicas y otras organizaciones dedicadas al alojamiento, restauración, entretenimiento y otras actividades comerciales u otras actividades sociales no cumplen con las obligaciones de protección de la seguridad dentro de límites razonables. , causando que otros sufran daños personales si una persona física, persona jurídica u otra organización dedicada a actividades sociales no cumple con sus obligaciones de protección de la seguridad dentro de límites razonables y causa daños personales a otros, y el titular del derecho de compensación solicita que soporte la correspondiente. Responsabilidad de indemnización, el tribunal popular deberá soportar el daño causado por la infracción de un tercero, el tercero que cometió la infracción será responsable de la indemnización. Si el deudor de la garantía de seguridad es culpable, deberá soportar el complemento correspondiente. Responsabilidad de indemnización en el ámbito de su capacidad para prevenir o detener el daño. Si la persona con derecho a indemnización demanda al deudor de la garantía, el tercero será codemandado, salvo que no pueda identificarse. .