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Regulaciones de divulgación de información del gobierno provincial de Shanxi

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de promover la divulgación de información gubernamental y garantizar que los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones obtengan información gubernamental de conformidad con la ley, estas regulaciones se formulan de acuerdo con las "Regulaciones de la República Popular China". sobre Divulgación de Información Gubernamental" (en adelante, el "Reglamento") y a la luz de las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 Este reglamento se aplica a las actividades de divulgación de información gubernamental dentro de la región administrativa de esta provincia. Artículo 3 El término "información gubernamental", tal como se menciona en este reglamento, se refiere a la información producida u obtenida por agencias administrativas en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley, y registrada y conservada en una forma determinada. Artículo 4 Los organismos administrativos tomarán la iniciativa de divulgar información gubernamental, excepto aquella que no se divulgue de conformidad con la ley. La divulgación de información gubernamental por parte de agencias administrativas debe seguir los principios de justicia, equidad y conveniencia para el pueblo. Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles fortalecerán el liderazgo organizacional sobre la divulgación de información gubernamental.

Las oficinas generales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son los departamentos encargados de la divulgación de información gubernamental en sus respectivas regiones administrativas y son responsables de promover, guiar, coordinar y supervisar el trabajo de divulgación de información gubernamental. en sus respectivas regiones administrativas.

El gobierno popular del municipio debe designar a una persona dedicada para que sea responsable del trabajo de divulgación de información del gobierno al mismo nivel. Artículo 6 El trabajo diario de divulgación de información gubernamental por parte de los organismos administrativos será realizado por el organismo responsable de la coordinación integral de la oficina general (oficina). Las responsabilidades específicas son:

(1) Llevar a cabo la información gubernamental divulgada proactivamente por las agencias administrativas, mantener y actualizar la información gubernamental divulgada proactivamente por las agencias administrativas;

(2) Organizar la revisión de la confidencialidad;

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(3) Aceptar y procesar las solicitudes de divulgación de información gubernamental presentadas a esta agencia;

(4) Organizar la preparación de pautas de divulgación de información gubernamental, catálogos de divulgación de información gubernamental e información gubernamental divulgación de informes anuales de trabajo;

(5) Responsabilidades relacionadas con la divulgación de información gubernamental especificada por esta agencia. Artículo 7 Las agencias administrativas establecerán y mejorarán los sistemas de trabajo de divulgación de información del gobierno, tales como revisión de confidencialidad, divulgación proactiva, divulgación previa solicitud, divulgación y registro de información. Artículo 8 La revisión de la confidencialidad de la divulgación de información gubernamental se ajustará a los principios de "quien la divulga será responsable" y "revisa primero y luego divulga".

Cuando el organismo administrativo redacta un documento oficial, debe aclarar si el documento oficial se divulga por iniciativa propia, se divulga previa solicitud o no se divulga.

Antes de que las agencias administrativas revelen información gubernamental, deberán revisar la información gubernamental que se divulgará de acuerdo con la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de Secretos de Estado" y otras leyes, regulaciones y regulaciones nacionales relevantes.

Cuando la agencia administrativa no pueda determinar si la información gubernamental puede divulgarse, deberá informar al departamento comercial correspondiente o al departamento administrativo de confidencialidad del mismo nivel para su confirmación, y al departamento comercial o administración de confidencialidad correspondiente. El departamento responderá dentro de los 5 días hábiles. Artículo 9 Los organismos administrativos establecerán y mejorarán los mecanismos de coordinación de la divulgación de información gubernamental. La información gubernamental que involucre a otras agencias administrativas debe comunicarse y confirmarse para garantizar la precisión y coherencia de la información gubernamental divulgada.

Si las agencias administrativas necesitan aprobar la divulgación de información gubernamental de acuerdo con las regulaciones nacionales y provinciales pertinentes, deben obtener la aprobación antes de su divulgación. Artículo 10 Los organismos administrativos establecerán y mejorarán mecanismos de seguimiento y aclaración de la información. Cuando los órganos administrativos descubran información falsa o incompleta que afecte o pueda afectar la estabilidad social o alteren el orden de la gestión social, deberán divulgar información gubernamental veraz en el ámbito de sus funciones para aclararla. Artículo 11 Las agencias administrativas no divulgarán información gubernamental sin poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social. Capítulo 2 Divulgación Activa de Información Gubernamental Producida por Agencias Administrativas Artículo 12 La agencia administrativa que produce la información gubernamental es el sujeto responsable de la divulgación.

La información gubernamental producida por dos o más agencias administrativas será divulgada por separado por las agencias productoras. Artículo 13 La información gubernamental obtenida por agencias administrativas de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones de conformidad con la ley será divulgada por la agencia administrativa que preserva la información gubernamental. Artículo 14 Si un organismo administrativo se suprime, fusiona o se ajustan sus funciones, la información gubernamental producida y obtenida por él será divulgada por el organismo administrativo que continúe desempeñando sus funciones.

Artículo 15 Además de divulgar proactivamente información gubernamental estipulada en los artículos 9, 10, 11 y 12 del Reglamento, las agencias administrativas también se centrarán en divulgar la siguiente información gubernamental:

(1) Información de aprobación administrativa;

(2) Presupuesto financiero y cuentas finales, gastos de viajes de negocios, gastos de compra y operación de vehículos oficiales, gastos de recepción oficial y otra información;

(3) Información sobre planes de construcción de proyectos de vivienda asequible , inicio y finalización del proyecto, asignación y salida de viviendas asequibles;

(4) Información sobre normas de seguridad de alimentos y medicamentos, licencias de producción y negocios, inspecciones y rectificaciones especiales, etc.

(5) Verificación y aprobación ambiental, boletines de estado ambiental, emergencias ambientales importantes y otra información;

(6) Comportamientos de licitación ilegal y su manejo, fondos estatales ocupan una posición de control o dominio, Estado y otros. información que requiere licitación de acuerdo con la ley;

(7) Información de alerta temprana, prevención, respuesta y eliminación, investigación y procesamiento de accidentes de seguridad de producción;

(8) Aprobación de conversión de tierras agrícolas, aprobación colectiva de expropiación de tierras, anuncio de expropiación de tierras, compensación por expropiación de tierras y anuncio de reasentamiento, cierre del caso de expropiación colectiva de tierras; (9) Precios guiados por el gobierno, precios gubernamentales y cargos administrativos, precios, base, tiempo de implementación y alcance y otra información; /p>

(10) Información sobre matrícula, finanzas y otra información de colegios y universidades de la provincia;

(11) Información sobre los resultados de auditoría de la ejecución presupuestaria y otros ingresos y gastos fiscales;

(12) Otra información que el gobierno del mismo nivel decida divulgar por iniciativa propia.