¿A qué categoría pertenece el gasto en publicidad?
Gastos de ventas.
Los gastos de publicidad de productos promocionales deben incluirse en la cuenta "gastos de ventas - gastos de publicidad"; gastos de ventas - gastos de publicidad débito: impuestos por pagar - impuesto al valor agregado (impuesto soportado) por pagar en general; tributación La persona obtiene el billete especial: depósito bancario (otras cuentas por pagar, etc.).
La diferencia entre las tarifas de promoción empresarial y las tarifas de publicidad radica principalmente en la aceptación de objetos comerciales y la obtención de recibos. Depende de si el negocio específico se publica en televisión, sitios web, estaciones de radio, periódicos, vallas publicitarias exteriores, etc. A través de empresas de publicidad y medios profesionales, y obtener facturas especiales para la industria publicitaria. Si se cumplen estas dos condiciones, se puede utilizar como tarifa de publicidad; de lo contrario, solo se puede utilizar como tarifa de promoción comercial.
Gastos operativos: cuentas de pérdidas y ganancias, que se utilizan para calcular los gastos incurridos por la empresa en el proceso de venta de productos, incluidos los gastos de transporte, los gastos de carga y descarga, los gastos de embalaje, los gastos de exhibición y los gastos de publicidad incurridos. por la empresa en el proceso de venta de bienes.
Las tarifas de promoción empresarial se refieren a gastos publicitarios que no pasan por los medios, incluida la distribución de materiales promocionales y materiales promocionales empresariales. Por ejemplo: tarifas de impresión de materiales promocionales de la empresa y otras facturas.
Cómo pagar el impuesto a la publicidad:
La ley tributaria estipula que los gastos de publicidad y promoción comercial del contribuyente incurridos en cada año fiscal no excederán el 15% de los ingresos por ventas (comerciales). Deducción; el exceso podrá trasladarse indefinidamente a ejercicios fiscales futuros.
Se permite deducir la fabricación y venta de cosméticos, la fabricación de productos farmacéuticos y la fabricación de bebidas (excluida la fabricación de bebidas alcohólicas, lo mismo a continuación), los gastos de publicidad y promoción empresarial que no excedan el 30% de los ingresos por ventas del año en curso; El exceso podrá liquidarse, transferirse y deducirse en ejercicios fiscales futuros.