Límite de deducción de tarifas de publicidad 15 y 30
De acuerdo con el artículo 44 del Reglamento de Implementación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas, los gastos elegibles de publicidad y promoción comercial incurridos por una empresa no excederán el monto de las ventas del año en curso, a menos que las autoridades financieras y financieras especifiquen lo contrario. autoridades fiscales del Consejo de Estado se permite deducir la parte de los ingresos (comerciales) del 15%; la parte que excede el 15% se puede trasladar para deducción en ejercicios fiscales posteriores. Para los gastos de publicidad y promoción empresarial incurridos por empresas que fabrican o venden cosméticos, productos farmacéuticos y bebidas (excluida la fabricación de bebidas alcohólicas), se permite destinar la parte que no exceda el 30% de los ingresos por ventas (negocios) del año en curso. deducido; la parte excedente se permite utilizar en el futuro Deducciones arrastradas durante el año fiscal. Los gastos de publicidad y promoción empresarial del tabaco en que incurran las empresas tabacaleras no se deducirán del cálculo de la base imponible. Base jurídica: "Reglamento sobre la implementación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas de la República Popular China" Artículo 44: Los gastos de publicidad calificados y los gastos de promoción empresarial incurridos por las empresas, a menos que las autoridades financieras y tributarias del Consejo de Estado dispongan lo contrario, se no exceder Se permite deducir el 15% de los ingresos por ventas (comerciales) del año en curso; el exceso se puede trasladar para deducción en años fiscales posteriores.