¿Es legal montar un puesto de venta de frutas en la entrada de una comunidad?
Análisis legal: Es ilegal instalar puestos en la entrada de una comunidad.
Base legal: Artículo 14 del “Reglamento de Apariencia Urbana y Gestión del Saneamiento Ambiental” Ninguna unidad o individuo podrá apilar materiales, construir edificios, estructuras u otras estructuras en ambos lados de las calles e instalaciones públicas. Si los materiales se apilan temporalmente en ambos lados de las calles o en áreas públicas o sitios de construcción debido a necesidades especiales como la construcción, edificios no permanentes, estructuras u otras instalaciones, se deben obtener del departamento administrativo de apariencia y saneamiento ambiental de la ciudad. Acordar y seguir los procedimientos de aprobación de acuerdo con las regulaciones pertinentes.