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Medidas para la Administración de la Transferencia Pagada de Derechos de Operación de Carreteras

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de acelerar el ritmo de construcción de carreteras, abrir canales de financiación para la construcción de carreteras, regular la transferencia pagada de los derechos de explotación de carreteras (en adelante, la transferencia, lo mismo a continuación) y proteger el derecho legítimo. derechos e intereses de los inversores de ambos lados del cesionario, de conformidad con las leyes nacionales vigentes, De conformidad con las leyes, reglamentos y disposiciones pertinentes, las "Medidas para la administración de la transferencia pagada de derechos de operación de carreteras" (en adelante, las "Medidas"). Artículo 2 Estas Medidas se aplican a la transferencia de derechos de operación de carreteras organizadas y administradas por las autoridades de transporte en todos los niveles en todo el país (excluidas las carreteras que involucran "política nacional o regional y asuntos militares", lo mismo a continuación). Artículo 3 La transferencia de derechos de operación de carreteras debe cumplir con las políticas industriales actuales de China, ser consistente con el espíritu propicio para la construcción de la red de carreteras de China y la realización de los planes de construcción de carreteras, y bajo la premisa de cumplir con las leyes y regulaciones actuales de China. y disposiciones pertinentes, en un espíritu de desarrollo moderado y consideración prioritaria. Los inversores nacionales están sujetos a este principio. Artículo 4 Corresponde al Ministerio de Comunicaciones la supervisión y gestión de la transferencia de derechos de explotación de carreteras a nivel nacional. Los departamentos de transporte (oficinas, comisiones, oficinas) de los gobiernos populares de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central (denominados "departamentos de transporte provinciales", lo mismo más adelante) son responsables de la supervisión y gestión de la transferencia de derechos de operación de carreteras dentro de sus respectivas jurisdicciones. Capítulo 2 Definición de derechos de operación de carreteras Artículo 5 Los derechos de operación de carreteras se refieren a activos intangibles que dependen de los activos físicos de las carreteras. Se refieren al derecho a cobrar peajes de vehículos sobre instalaciones de carreteras terminadas y a inversiones por parte del departamento de transporte aprobado por el gobierno popular en o. por encima del nivel provincial. El derecho a operar instalaciones de servicio en áreas específicas a lo largo de la carretera construida. Artículo 6 La transferencia de derechos de operación de carreteras se refiere a una empresa operadora de carreteras autorizada por el Departamento Provincial de Comunicaciones (en adelante, el "cedente") que transfiere todo o parte de los derechos de operación de carreteras dentro del alcance aprobado a una unidad nacional o extranjera. con condición de persona jurídica dentro de un determinado período de tiempo. Capítulo 3 Organización y Gestión de la Transferencia de Derechos de Operación de Carreteras Artículo 7 La transferencia de derechos de operación de autopistas y carreteras nacionales con recargos por compra de vehículos centrales o fondos fiscales centrales será informada al Ministerio de Comunicaciones por la dirección provincial de transportes para su aprobación; se pagará en su totalidad mediante cargos locales o La transferencia de derechos de operación de carreteras por debajo del nivel provincial construidas con fondos fiscales locales y fondos autoobtenidos se informará al gobierno popular provincial para su aprobación por parte del departamento de transporte provincial, y será responsable de presentar asuntos con el Ministerio de Transporte. Artículo 8 El Ministerio de Comunicaciones es responsable de coordinar los departamentos pertinentes del Consejo de Estado en asuntos relacionados con la transferencia de derechos de operación de carreteras aprobados por el Ministerio de Comunicaciones; el Departamento Provincial de Transporte es responsable de coordinar los departamentos pertinentes dentro de la provincia involucrados en; la transferencia de derechos de explotación de carreteras en el ámbito aprobado por el Ministerio de Comunicaciones y el Gobierno Popular Provincial. Capítulo 4 Alcance de la Transferencia de Derechos de Operación de Carreteras Artículo 9 Los contenidos específicos del alcance de transferencia de derechos de operación de carreteras son: tramos de carreteras de cuatro carriles o más de 40 kilómetros y grandes puentes independientes y túneles de cuatro carriles o más de 500 metros que cobran Derechos de peaje de vehículos, el derecho a operar instalaciones de servicios como catering, repostaje de combustible, mantenimiento de vehículos, tiendas y publicidad en áreas designadas a lo largo de la carretera.

El derecho a cobrar vehículos y el derecho a operar instalaciones de servicio en los derechos de operación de carreteras se pueden transferir en su totalidad, o solo se puede transferir el derecho a cargar vehículos Artículo 10 Transferencia de derechos de operación de carreteras a. inversores extranjeros, incluidos préstamos de organizaciones financieras internacionales. Si el préstamo del gobierno extranjero no ha sido reembolsado, debe ser aprobado por el departamento que originalmente aprobó el uso del préstamo extranjero, y sólo después de obtener el consentimiento del departamento de "ventanilla" extranjera y La institución de crédito extranjera puede gestionar la transferencia de derechos de explotación de carreteras de conformidad con estas medidas. Artículo 11 La transferencia de derechos de peaje de vehículos en derechos de explotación de carreteras se basará en el principio del período de recuperación previsto de la inversión más un período de beneficio razonable (el período de beneficio razonable generalmente no excede el 50% del período de recuperación previsto de la inversión), y el el máximo no excederá los 30 años; autopista La transferencia del derecho a operar instalaciones de servicio dentro del derecho de operación de la carretera se manejará de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Capítulo 5 Evaluación del Valor Activo de los Derechos de Operación de Carreteras Artículo 12 Si el recargo central por compra de vehículos o fondos fiscales centrales se utilizan para transferir los derechos de operación de carreteras o carreteras nacionales, el cedente deberá, de acuerdo con las disposiciones del "Estado- Medidas de Evaluación y Gestión de Activos Propios", pasan las autoridades provinciales de transporte a nivel nacional solicitan al Ministerio de Comunicaciones la tasación de activos, y la Administración de Bienes Estatales aprueba el proyecto y confirma los resultados de la tasación. Artículo 13 Para transferir los derechos de operación de carreteras por debajo del nivel provincial que estén financiadas íntegramente con cargas locales o inversiones y autofinanciamiento de fondos fiscales locales, el cedente deberá solicitar a la Oficina Provincial de Bienes Estatales su evaluación de acuerdo con el Consejo de Estado. "Medidas de evaluación y gestión de activos estatales", y la Oficina Provincial de Activos Estatales establecerá el proyecto y confirmará los resultados de la evaluación. Artículo 14 La unidad responsable de evaluar el valor de los activos de los derechos de operación de las autopistas debe ser una institución de evaluación con calificaciones reconocidas por la Oficina de Administración de Activos del Estado a nivel provincial o superior (denominada "Departamento de Gestión de Activos del Estado", lo mismo a continuación). En vista de la naturaleza especial de los derechos de operación de carreteras, el cedente debe revisar las capacidades profesionales de la agencia de evaluación que asume los derechos de operación de carreteras. Cuando sea necesario, las autoridades de transporte a nivel provincial o superior deben designar una agencia de evaluación. Artículo 15 El informe de solicitud de evaluación patrimonial de los derechos de explotación de carreteras será presentado por el cedente. Los costes de evaluación correrán a cargo del cliente.

Artículo 16 Para determinar el precio de reposición total de los activos por derechos de explotación de carreteras, se deberá hacer referencia a métodos de valoración internacionalmente aceptados, es decir, un método que combine el método del valor presente de los ingresos y el método del costo de reposición. Artículo 17 Las cuentas definitivas de terminación de carreteras para la transferencia de derechos de explotación son secretos comerciales y no serán reveladas al cesionario. El valor tasado de los activos del derecho de operación de la autopista confirmado por el departamento de gestión de activos de propiedad estatal se utilizará como base para fijar el precio de la transacción de transferencia del derecho de operación de la autopista. El precio real de transacción para la transferencia de derechos de operación de carreteras no será inferior al precio confirmado.