¿Cómo castigar a alguien por cortarse el dedo meñique?
Análisis jurídico: Cortarse un dedo es una lesión grave. Aviso del Ministerio de Justicia, el Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía Suprema Popular y el Ministerio de Seguridad Pública sobre la emisión de las "Normas para la identificación de lesiones humanas graves"
(1) El pulgar de falta alguna mano más allá de la articulación interfalángica;
( 2) Faltan tres dedos de una mano, excepto el pulgar, más allá de la articulación interfalángica proximal, o cuatro dedos cualesquiera de ambas manos, excepto el pulgar, faltan más allá de la articulación interfalángica proximal;
(3) Faltan dos dedos, se refiere a los huesos metacarpianos conectados y el artículo 234 de la Ley Penal Quien dañe intencionalmente el cuerpo de otra persona será sentenciado a; pena de prisión de duración determinada no superior a tres años, detención penal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves a otra persona, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, causando la muerte o causando lesiones graves y gran invalidez de manera especial; por medios crueles será castigado con pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor de diez años, cadena perpetua o muerte. Si esta ley dispusiera lo contrario, prevalecerán las disposiciones.
Base legal: "Estándares para la identificación de lesiones humanas graves"
(1) Falta el pulgar de cualquier mano más allá de la articulación interfalángica;
(2 ) Excepto el pulgar de una mano, faltan tres dedos más allá de la articulación interfalángica proximal, o faltan cuatro dedos de ambas manos, excepto el pulgar, más allá de la articulación interfalángica proximal;
(3) Faltan dos dedos y sus metacarpianos conectados; Artículo 234 de la Ley Penal Quien intencionalmente dañe el cuerpo de otra persona será condenado a pena de prisión de no más de tres años, detención penal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves a otra persona, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, causando la muerte o causando lesiones graves y gran invalidez de manera especial; por medios crueles será castigado con pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor de diez años, cadena perpetua o muerte. Si esta ley dispusiera lo contrario, prevalecerán las disposiciones.