Red de conocimiento de recetas - Recetas gastronómicas - Después de trabajar en la cocina durante medio año, ¡el jefe nos despidió!

Después de trabajar en la cocina durante medio año, ¡el jefe nos despidió!

Las cocinas contratadas implementan un sistema de responsabilidad interna, y el empleador puede rescindir el contrato y despedir a los trabajadores de acuerdo con las condiciones legales.

Durante la ejecución del contrato de trabajo, el empleador podrá rescindir unilateralmente el contrato de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Contrato de Trabajo, despedir a los trabajadores.

Si un empleado viola gravemente las leyes y disciplinas y el empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Contrato de Trabajo, no se pagará ninguna compensación. Entre ellos, el empleador será responsable de la indemnización de las pérdidas causadas por los trabajadores.

Si el contrato se rescinde conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley de Contrato de Trabajo, se pagará al trabajador una compensación económica de un mes de salario cada año en función del número de años que tenga. trabajado en la unidad si medio año es inferior a un año se computará como un año, y si es inferior a medio año se computará como medio año. Entre ellas, "de conformidad con el artículo 40 de la Ley de Contrato de Trabajo" si se rescinde el contrato, se deberá notificar por escrito con 30 días de antelación o pagar un mes adicional de salario en lugar del aviso.

Si un empleador despide a un empleado que incumple la ley, y el empleado exige la continuación del cumplimiento del contrato de trabajo, el empleador deberá continuar ejecutándolo si el empleado no exige la continuidad del contrato de trabajo; contrato de trabajo o el contrato de trabajo ya no se puede ejecutar, el empleador deberá pagar una compensación dos veces la compensación económica al empleado.

Anexo: Ley de Contrato de Trabajo

Artículo 36 El empleador y el trabajador podrán rescindir el contrato de trabajo si llegan a un consenso mediante consulta.

Artículo 39 Si un trabajador concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo:

(1) Durante el período de prueba, se compruebe que no cumple con los requisitos laborales. condiciones;

(2) Violación grave de las normas y reglamentos del empleador;

(3) Negligencia grave en el cumplimiento del deber, negligencia para beneficio personal, que cause daños importantes al empleador;

( 4) Incumplimiento grave del deber, cometer negligencia para beneficio personal, causando daño significativo al empleador;

(5) Violar gravemente las reglas y regulaciones del empleador. (4) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales por parte del empleador, o se niega a hacer correcciones después de que el empleador lo propone;

(5) Debido al Artículo 26 de esta Ley Las circunstancias especificadas en el párrafo 1 del artículo 1 invalidan el contrato de trabajo;

(6) El empleado es penalmente responsable de conformidad con la ley.

Artículo 40 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación escrita al trabajador con 30 días de antelación o pagando al trabajador un mes adicional de salario:

( 1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de la expiración del período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original, ni puede realizar otro trabajo organizado por el empleador;

(2) El empleado no puede realizar el trabajo original o el trabajo arreglado por separado por el empleador o p> (2) El empleado no está calificado para el trabajo, y después de capacitarse o ajustar el puesto de trabajo, el empleado todavía lo está; incapaz de realizar el trabajo;

(3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, imposibilitando la ejecución del contrato de trabajo, y el empleador y el empleado no han logrado llegar a un acuerdo sobre el cambio del contenido del contrato laboral después de la negociación.

Artículo 41 En cualquiera de las siguientes circunstancias, si realmente es necesario despedir a más de 20 empleados o despedir a menos de 20 empleados pero que representen más del 10% del número total de empleados de En la empresa, el empleador deberá hacerlo con tres días de anticipación después de 10 días para explicar la situación al sindicato o a todos los empleados, escuchar las opiniones del sindicato o de los empleados y presentar el plan de reducción de personal al departamento administrativo laboral. para la presentación, la reducción puede ser: (1) La empresa deberá cumplir con la "Empresa (1) De acuerdo con la "Ley de Quiebras" "Reorganización de conformidad con las disposiciones de";

(2) Grave ocurren dificultades en la producción y operación;

(3) Después de una reorganización empresarial, una importante innovación tecnológica o un ajuste del modo de negocio, después de cambiar el contrato laboral es necesario reducir el personal;

(4 ) Hay otros cambios importantes en las condiciones económicas objetivas en base a las cuales se celebró el contrato de trabajo, que imposibilitan su ejecución.

Al reducir personal, se debe dar prioridad a retener al siguiente personal:

(1) Aquellos que hayan celebrado un contrato laboral de duración determinada a más largo plazo con el empleador;

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(2) Celebrar un contrato de trabajo de duración indeterminada con el empleador;

(3) No existen otros miembros empleados en la familia, y existen personas mayores o menores de edad que necesita ser apoyado.

Si un empleador reduce personal de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 de este artículo y lo vuelve a contratar dentro de un plazo de seis meses, notificará al personal despedido y dará prioridad al personal despedido en virtud de las disposiciones del párrafo 1 de este artículo. mismas condiciones.

Artículo 42 Si un trabajador concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de esta Ley:

(1 ) Los trabajadores que participan en operaciones expuestas a riesgos de enfermedades profesionales no se someten a exámenes de salud ocupacional antes de abandonar el trabajo, o los pacientes con sospecha de enfermedades profesionales se encuentran durante el diagnóstico u observación médica;

(2) Los trabajadores padecen enfermedades profesionales o enfermedades relacionadas con el trabajo Lesionado y durante el período de diagnóstico u observación médica o padeciendo una enfermedad profesional o lesión relacionada con el trabajo y confirmada haber perdido o perdido parcialmente la capacidad para trabajar;

(3) Enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo, en el tratamiento médico prescrito Durante el período;

(4) Las empleadas se encuentran durante el embarazo, parto o lactancia La edad de jubilación es inferior a cinco años;

(6) Otras situaciones previstas por las leyes y reglamentos administrativos.