¿Existe algún riesgo legal para que varias empresas de catering autónomas en diferentes regiones administrativas confíen a empresas de catering la adquisición de la seguridad social?
En primer lugar, las empresas de restauración no tienen derecho a asegurar a los empleados empleados por autónomos. Debido a la relación entre los hogares que trabajan por cuenta propia y los empleados y servicios laborales de las empresas de catering, las empresas de catering no pueden asegurarlos. Si una empresa de catering está dispuesta a asegurar a sus trabajadores autónomos, legalmente hablando, significa que la empresa de catering reconoce a estos trabajadores autónomos como sus propios empleados y tiene una relación contractual laboral con la empresa de catering. Si la relación laboral se extingue o termina en el futuro, se deberá pagar una compensación económica. Una vez que ocurre una disputa laboral, la empresa de catering será tratada como demandada y definitivamente ganará dinero. En este momento, los autónomos están a salvo.
El enfoque correcto es: en primer lugar, cada trabajador por cuenta propia debe utilizarse a sí mismo como seguro del empleado; en segundo lugar, el trabajador por cuenta propia debe confiar a una empresa de recursos humanos para que participe en el seguro en forma de mano de obra. enviar, o actuar directamente como agente.