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Reglamento del procedimiento de audiencia de sanción administrativa de la provincia de Jiangxi (revisión de 2019)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de estandarizar los procedimientos de audiencia de sanciones administrativas, asegurar y supervisar la implementación de las sanciones administrativas por parte de los organismos administrativos de conformidad con la ley, y proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones, estas normas están formuladas de conformidad con la "Ley de Sanciones Administrativas de la República Popular China". Artículo 2 Cuando los organismos administrativos de todos los niveles u organizaciones autorizadas por las leyes y reglamentos dentro de la región administrativa de esta provincia (en adelante, los organismos administrativos de ejecución de sanciones) tengan la intención de tomar las siguientes decisiones de sanciones administrativas, informarán a las partes de su derecho para solicitar una audiencia:

(1) Se impone una multa de más de 3.000 yuanes a los ciudadanos, y una multa de más de 20.000 yuanes a las personas jurídicas u otras organizaciones, o ganancias y propiedades ilegales de se confisca el valor equivalente;

(2) Reducir el nivel de calificación y revocar el Certificado de licencia;

(3) Orden de suspender la producción y los negocios, orden de cerrar, restringir el empleo;

(4) Otras sanciones administrativas mayores;

(5) Ley, otras situaciones previstas en leyes y reglamentos. Artículo 3 Las audiencias seguirán los principios de legalidad, equidad, publicidad y conveniencia.

Salvo cuando se trate de asuntos que involucren secretos de Estado, secretos comerciales o intimidad personal, las audiencias serán públicas.

Deben informarse y evitarse las audiencias, y protegerse los derechos de las partes a las declaraciones, defensa y contrainterrogatorio conforme a la ley. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la coordinación, orientación y supervisión de las actividades de audiencia dentro de sus respectivas jurisdicciones. Capítulo 2 Organización de la audiencia y personal de la audiencia Artículo 5 Las audiencias serán organizadas por el organismo administrativo de ejecución de sanciones. El trabajo específico lo realiza el organismo responsable de los asuntos jurídicos.

Las sanciones administrativas impuestas por las organizaciones encargadas por los órganos administrativos serán implementadas por los órganos administrativos encargados.

La agencia de ejecución de sanciones administrativas no encomendará a otras agencias u organizaciones la celebración de audiencias. Artículo 6 El personal de audiencia se refiere al moderador de la audiencia, los funcionarios de audiencia y los secretarios que no son investigadores del caso y son designados por la autoridad administrativa de ejecución de sanciones. Artículo 7 El anfitrión de la audiencia deberá cumplir las siguientes condiciones:

(a) No ser un investigador del caso;

(2) Dedicarse a trabajos legales durante más de dos años o participar en aplicación de la ley administrativa durante cinco años más. Artículo 8 El anfitrión de la audiencia desempeñará las siguientes funciones:

(a) Decidir la hora, el lugar y el método de celebración de la audiencia;

(2) Presidir la audiencia;

(2) Presidir la audiencia;

(3) Decidir suspender, terminar o posponer la audiencia;

(4) Decidir si el funcionario de audiencia o el registrador se retirará;

(5) Decidir si el testigo declarará en la audiencia;

(6) Indagar sobre los hechos del caso y los motivos y fundamentos de las sanciones administrativas;

(7) Mantener el orden de las audiencias y detener las violaciones de las disciplinas auditivas. Artículo 9 La agencia administrativa de ejecución de sanciones podrá designar uno o dos oficiales de audiencia para ayudar en las audiencias según sea necesario.

El secretario de audiencia será responsable de la producción de las transcripciones de la audiencia y otros asuntos. Artículo 10 El anfitrión de la audiencia, el funcionario de audiencia y el secretario se abstendrán en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Familiares cercanos de las partes e investigadores del caso;

(2 ) ) él mismo o sus familiares cercanos tienen un interés en el caso;

(3) han servido como testigos en el caso;

(4) tienen otras relaciones con las partes del caso Caso que pueda afectar la justicia del juicio.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a los tasadores, examinadores y traductores en este caso. Capítulo 3 Participantes en la audiencia Artículo 11 Por participantes en la audiencia se entienden las partes y sus agentes, investigadores, testigos, tasadores y traductores. Artículo 12 Las partes se refieren a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que estarán sujetas a sanciones administrativas. Artículo 13 Las partes tienen los siguientes derechos:

(a) Solicitar o renunciar a una audiencia;

(2) Designar una o dos personas para asistir a la audiencia y expedir un poder. para aclarar la autoridad de la agencia;

(3) Solicitar recusación;

(4) Hacer declaraciones, defensas y contrainterrogatorios;

(5) Presentar nuevos hechos y pruebas;

(6) Verificar las transcripciones de la audiencia. Artículo 14 Los investigadores se refieren a los encargados de los casos que investigan los casos y hacen recomendaciones sobre sanciones administrativas a las partes involucradas.

Capítulo 4 Notificación, Propuesta y Aceptación de Audiencias Artículo 15 La autoridad administrativa de ejecución de sanciones deberá notificar a las partes una notificación de audiencia antes de tomar una decisión sobre sanciones administrativas.

El aviso de audiencia deberá especificar los siguientes asuntos:

(1) Nombre y domicilio de las partes involucradas

(2) Decisión de sanción administrativa, hechos, motivos y Fundamentos;

(3) Derechos que disfrutan las partes conforme a la ley;

(4) Plazo para la audiencia solicitada por las partes;

(5) Organización de audiencias.

La notificación de audiencia deberá llevar el sello del organismo administrativo de ejecución sancionadora.

El aviso de audiencia puede entregarse directamente, entregarse por encomienda o entregarse por correo. Artículo 16 Si una parte solicita audiencia, deberá presentar la solicitud de audiencia a la autoridad que impone la sanción administrativa dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la autoridad administrativa. Si una parte solicita una audiencia por correo, prevalecerá la fecha del matasellos del lugar de envío.

Si una parte retrasa el plazo legal por fuerza mayor u otras circunstancias especiales, la autoridad organizadora de la audiencia decidirá solicitar una prórroga dentro de los tres días siguientes a la eliminación del obstáculo.

Si la parte no solicita la audiencia dentro del plazo señalado, se considerará que ha renunciado al derecho de solicitar la audiencia.