Medidas para la gestión de seguridad de fuegos artificiales y petardos en la provincia de Jiangxi
Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos, garantizar la seguridad de la vida y los bienes de las personas, y promover el sano desarrollo de la industria de los fuegos artificiales y petardos, de conformidad con los "Ley de Seguridad Laboral de la República Popular China" (en adelante, "Ley de Seguridad Laboral". Estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones de la Ley) y el Reglamento del Consejo de Estado sobre la Gestión de Seguridad de Fuegos Artificiales y Petardos. El "Reglamento de licencia de producción de seguridad" y el "Reglamento de producción de seguridad de la provincia de Jiangxi" se combinan con las condiciones reales de la provincia.
Artículo 2 Todas las unidades e individuos que se dediquen a la producción, almacenamiento, operación, transporte y encendido de fuegos artificiales y petardos (incluidos los fuegos artificiales y petardos) y al almacenamiento, operación y transporte de sus materias primas dentro de la región administrativa de esta provincia debe cumplir con estas Medidas.
Artículo 3 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán el liderazgo sobre la gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos dentro de sus respectivas regiones administrativas, incorporarán el diseño de la industria de fuegos artificiales y petardos en los planes locales de producción de seguridad, y Organizar e instar a los departamentos pertinentes a hacer un buen trabajo en la gestión de la seguridad de los fuegos artificiales y petardos.
Los gobiernos populares del municipio (ciudad) y las oficinas de subdistrito son totalmente responsables de la supervisión y gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos en sus respectivas jurisdicciones.
Los comités de aldea y los comités de residentes ayudarán a los gobiernos populares del municipio (ciudad) y a las oficinas de subdistrito a implementar la supervisión de seguridad sobre la producción y operación de fuegos artificiales y petardos en sus áreas residenciales.
Artículo 4 Los departamentos pertinentes desempeñarán las responsabilidades de gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos de acuerdo con las siguientes disposiciones:
(1) El Departamento de Gestión de Emergencias es responsable de la supervisión y gestión de la seguridad. producción de fuegos artificiales y petardos. Específicamente, incluye: supervisar la implementación de las leyes y regulaciones de seguridad por parte de las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos, revisar las condiciones de seguridad de producción de las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos y emitir licencias de producción y licencias comerciales de seguridad, organizar la investigación y el castigo de unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos que no cuentan con las condiciones básicas para una producción segura, Organizar la investigación y el manejo de accidentes de producción de seguridad de fuegos artificiales y petardos.
(2) Los órganos de seguridad pública son responsables de la gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos. Específicamente, incluye: permitir el transporte de fuegos artificiales y petardos y determinar las rutas de transporte, permitir a quienes los descargan encender y manejar fuegos artificiales y petardos prohibidos, organizar la destrucción y eliminación de fuegos artificiales y petardos ilegales desechados y confiscados, e investigar y manejar casos penales de producción, operación, almacenamiento, transporte y envío ilegal de fuegos artificiales y petardos.
(3) El Ministerio de Industria y Tecnología de la Información es responsable de la gestión de la industria de fuegos artificiales y petardos, organizando la implementación de planes, políticas y regulaciones de desarrollo de la industria, implementando la transformación tecnológica de la industria y promoviendo la estructura industrial. actualización y ajuste de diseño.
(4) Las cooperativas de suministro y comercialización deben fortalecer la gestión de las actividades comerciales de fuegos artificiales y petardos de las empresas de este sistema.
(5) El departamento de supervisión y gestión del mercado expedirá licencias comerciales para las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos de conformidad con la ley, investigará y abordará actividades ilegales como la producción y operación de fuegos artificiales y petardos. sin licencia, y será responsable de la supervisión y gestión de la calidad de los productos pirotécnicos y petardos y de sus embalajes.
(6) El departamento de transporte es responsable de la supervisión y gestión de las empresas de transporte de fuegos artificiales y petardos, los vehículos de transporte, los conductores y los escoltas.
(7) El departamento de desarrollo y reforma es responsable del diseño, construcción, producción y uso simultáneo de nuevos fuegos artificiales y instalaciones de seguridad de petardos con el proyecto principal, e insta a los propietarios y unidades de construcción a incluir inversiones en seguridad. instalaciones de producción en proyectos de construcción de fuegos artificiales y petardos Estimación presupuestaria.
(8) El departamento de comercio debe cooperar con los departamentos pertinentes para fortalecer la gestión de seguridad de las empresas comerciales y de distribución en la industria de los fuegos artificiales y petardos.
(9) Los departamentos de prensa, publicaciones, radio y televisión son responsables de organizar y orientar a los medios de comunicación para realizar publicidad y educación sobre la producción segura de fuegos artificiales y petardos, y realizar la supervisión de la opinión pública sobre las violaciones de leyes y regulaciones de producción de seguridad.
Otros departamentos relevantes deben hacer un buen trabajo en la gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.
Artículo 5 Las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos (incluidos los hogares industriales y comerciales individuales, las mismas a continuación) son los principales responsables de la gestión de seguridad de los fuegos artificiales y petardos.
Las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos deben brindar educación regular sobre seguridad a los empleados, establecer y mejorar sistemas de gestión de seguridad de fuegos artificiales y petardos, procedimientos operativos y sistemas de responsabilidad laboral, establecer agencias de gestión de seguridad especializadas y gestión de seguridad del personal. personal.
Las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos, de acuerdo con los requisitos de las especificaciones nacionales de diseño de ingeniería de fuegos artificiales y petardos, establecerán sistemas de videovigilancia en los sitios de producción de mercancías peligrosas y en las áreas de almacén general de mercancías peligrosas, y utilizarán Sistemas de videovigilancia para fortalecer la gestión diaria de la seguridad.
Artículo 6 Los empleados de fuegos artificiales y petardos recibirán capacitación en seguridad de acuerdo con las siguientes disposiciones y solo podrán realizar sus trabajos después de aprobar la evaluación:
(1) Mezclar, granular y detección de fuegos artificiales y petardos El personal de operaciones especiales en procesos como dividir, cargar, moldear, prensar, cortar, etc. deberá recibir capacitación profesional sobre fuegos artificiales y petardos y obtener certificados de calificación de operaciones especiales;
(2) Otros Los empleados serán organizados por la unidad de producción y operación.
El responsable principal de las unidades que producen, operan y almacenan fuegos artificiales y petardos y el personal a cargo de la seguridad de la producción deben pasar la evaluación del departamento de gestión de emergencias antes de poder asumir sus puestos. No hay ningún costo por la evaluación.
La capacitación y evaluación de habilidades profesionales de los practicantes de fuegos artificiales y petardos deben realizarse de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 7 Las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos deben participar en el seguro de accidentes laborales de acuerdo con la ley y pagar las primas del seguro para los empleados.
Alentar a las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos a adquirir un seguro de responsabilidad civil de producción de seguridad. Las unidades que hayan adquirido un seguro de responsabilidad de producción de seguridad están exentas de pagar depósitos por riesgos de producción de seguridad.
Artículo 8 Las unidades de producción y operación de fuegos artificiales y petardos no emplearán mano de obra infantil, estudiantes escolares, pacientes con enfermedades mentales y otras personas no aptas para el empleo según lo prescrito por las leyes y reglamentos.
Artículo 9 Si una unidad de producción y operación de fuegos artificiales y petardos cierra, se reubica o cambia de responsable principal o de nombre, deberá realizar de inmediato los procedimientos de cancelación y cambio con el departamento de licencia original.
Capítulo 2 Producción
Artículo 10 Las empresas fabricantes de fuegos artificiales y petardos deben obtener una licencia de seguridad de producción de acuerdo con la ley. Quienes no hayan obtenido una licencia de seguridad de producción no podrán participar en actividades de producción de fuegos artificiales y petardos.
Artículo 11 Para obtener una licencia de seguridad de producción, una empresa de producción de fuegos artificiales y petardos deberá cumplir las condiciones de seguridad de producción estipuladas en el Reglamento del Consejo de Estado.
El artículo 12 prohíbe la producción y procesamiento de fuegos artificiales y petardos en hogares y zonas residenciales.
Artículo 13 El período de validez de la licencia de producción segura de fuegos artificiales y petardos es de 3 años. Si el período de validez de la licencia de seguridad de producción expira y es necesario extenderlo, la empresa de producción de fuegos artificiales y petardos deberá solicitar a la autoridad de gestión y emisión de la licencia de seguridad de producción original una extensión de 3 meses antes de la fecha de vencimiento.
La empresa cumple con las siguientes condiciones durante el período de validez de la licencia de seguridad de producción. Cuando expire el período de validez de la licencia, con el consentimiento de la autoridad emisora original, no habrá más revisiones y los procedimientos de extensión se procesarán directamente:
(1) Cumplir estrictamente con las leyes y reglamentos sobre la seguridad de la producción y estas medidas;
(2) Después de obtener la licencia de producción de seguridad, fortalecer la gestión diaria de la producción de seguridad, mejorar continuamente las condiciones de producción de seguridad y alcanzar el nivel dos o superior de estandarización de la producción de seguridad;
(3) Aceptar la gestión de emergencia por parte de la agencia emisora de licencias y el gobierno popular local. Supervisión e inspección por parte del departamento;
(4) No se produjo ningún accidente de seguridad de producción.
Artículo 14 Los fabricantes de artículos pirotécnicos y petardos serán responsables de la calidad de los productos que elaboran. Los productos elaborados deben cumplir con las normas nacionales e industriales sobre la calidad y seguridad de los fuegos artificiales y petardos.
Artículo 15 Está prohibido producir fuegos artificiales y petardos que desenfundan armas, arrojan armas, aplastan armas, limpian armas, papel para encendedores, tuzas y otras mercancías peligrosas, excepto aquellas aprobadas por el departamento provincial de manejo de emergencias de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes.
Artículo 16 No se construirán edificios adicionales ni otras instalaciones dentro de una distancia segura de una empresa autorizada de producción de fuegos artificiales y petardos.
Capítulo 3 Almacenamiento
Artículo 17 Los fuegos artificiales y petardos deben almacenarse en un almacén exclusivo y ser administrado por personal designado.
Artículo 18 Los almacenes de fuegos artificiales y petardos deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Cumplir con las normas de seguridad nacionales pertinentes.
(2) Estar equipados con equipo completo; tiempo personal que cumpla con los requisitos Guardias y custodios;
(3) Las instalaciones de protección contra incendios, antirrobo y protección contra rayos están completas;
(4) Existe un sólido sistema de gestión de seguridad .
Artículo 19 El almacenamiento de fuegos artificiales y petardos será supervisado y gestionado por el departamento de gestión de emergencias de acuerdo con las leyes, reglamentos, normas nacionales o estándares de la industria.
Artículo 20 Se deben observar las siguientes normas al almacenar fuegos artificiales y petardos:
(1) Establecer y mejorar el sistema de vigilancia, inspección y registro del almacén, y realizar inspecciones, clasificación y inventario;
(2) La cantidad almacenada en el almacén no excederá la capacidad de diseño del almacén, y está prohibido almacenar otros artículos en el almacén;
(3) Está prohibido fumar y usar fuego en el área del almacén, y está prohibido ingresar otros artículos inflamables y explosivos al almacén;
(4) Varios vehículos motorizados que ingresan al área del almacén deben estar equipados con chispas. dispositivos extintores de incendios y estacionados en lugares designados. Deberá haber supervisión por parte de un conserje durante la carga y descarga.
Artículo 21 No se construirán edificios adicionales ni otras instalaciones dentro de una distancia segura de un almacén de almacenamiento de petardos y fuegos artificiales aprobado.
Capítulo 4 Campamento Económico
Artículo 22 Se implementará un sistema de licencias para la operación de fuegos artificiales y petardos. Sin permiso, ninguna unidad o individuo puede participar en actividades comerciales de fuegos artificiales y petardos.
Artículo 23 Las empresas dedicadas al negocio mayorista de fuegos artificiales y petardos deberán solicitar una licencia comercial, que será aceptada y emitida por el departamento de gestión de emergencias municipal del distrito y se informará al departamento de gestión de emergencias provincial. para archivar.
Artículo 24 Las empresas mayoristas de fuegos artificiales y petardos deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener la calificación de persona jurídica jurídica independiente.
(2) Tener las siguientes características; calificaciones: Locales comerciales fijos y almacenes de almacenamiento con requisitos de seguridad;
(3) El responsable principal y el personal de gestión de seguridad de producción han aprobado la evaluación y los empleados han aprobado la capacitación;
(4) Existe un sistema de gestión de seguridad de operación y almacenamiento sólido y sólido;
(5) Otras condiciones estipuladas por leyes, reglamentos, estándares nacionales o estándares de la industria.
Artículo 25 La solicitud de una licencia de venta por parte de una empresa mayorista y vendedora de fuegos artificiales y petardos será aceptada y emitida por el departamento de gestión de emergencias de la ciudad distrital y se informará al departamento de gestión de emergencias provincial para su registro.
Artículo 26 Los departamentos de manejo de emergencias municipales y del condado (distrito), de acuerdo con las condiciones prescritas, revisarán las solicitudes y los documentos y materiales relevantes presentados por las unidades y personas que soliciten licencias comerciales, y La revisión se completará dentro de los 05 días siguientes a la fecha de solicitud. Si la solicitud cumple con los requisitos después de la revisión, será aprobada; si no cumple con las condiciones, no será aprobada y se notificará al solicitante por escrito, explicando los motivos e informándole del derecho a presentar la solicitud; para reconsideración administrativa o iniciar un litigio administrativo de conformidad con la ley.
Artículo 27 Las solicitudes de licencias de venta por parte de puntos de venta minorista de fuegos artificiales y petardos serán aceptadas y emitidas por el departamento de manejo de emergencias del condado (ciudad, distrito) y reportadas al departamento de manejo de emergencias municipal para su presentación.
Artículo 28 Los operadores de fuegos artificiales y petardos no comprarán productos producidos ilegalmente por fábricas o productos cuya venta esté prohibida por el Estado; no comercializarán productos de calidad inferior.
Los operadores minoristas deben comprar fuegos artificiales y petardos a empresas mayoristas y no están autorizados a comprar, almacenar ni vender fuegos artificiales, pólvora negra, mechas y otros fuegos artificiales que deban ser activados por profesionales.
Los puntos de venta que venden fuegos artificiales y petardos deben instalar mostradores especiales para la venta, estar equipados con el equipo contra incendios correspondiente y mantenerse a cierta distancia de otros mostradores, con venta y custodia exclusivas en el lugar. Se permite la liberación de prueba y no se permite la mezcla de artículos inflamables y explosivos.
Capítulo 5 Transporte
Artículo 29: Si los fuegos artificiales y petardos se transportan por carretera, el transportista deberá informar al condado (ciudad, ciudad, ciudad o condado donde se transportan los fuegos artificiales y petardos). son transportados por carretera) a través del sistema de información de gestión de flujo de fuegos artificiales y petardos del Distrito) oficina de seguridad pública para presentar una solicitud.
El órgano de seguridad pública del condado (ciudad, distrito) en el lugar donde llegan los fuegos artificiales y petardos puede enviar el permiso de transporte por carretera de fuegos artificiales y petardos al órgano de seguridad pública en el lugar de salida a través del flujo de fuegos artificiales y petardos. sistema de información gerencial. La copia del “Certificado de Transporte por Carretera de Fuegos Artificiales y Petardos” impreso del Sistema de Información de Gestión de Flujo de Fuegos Artificiales lleva el sello oficial del organismo de seguridad pública del lugar de salida y tiene la misma validez que el original “Transporte por Carretera de Fuegos Artificiales y Petardos”. Certificado".
Una vez que las mercancías lleguen al destino, el estado de llegada de las mismas deberá figurar en el "Certificado de transporte por carretera de fuegos artificiales y petardos" y el "Certificado de transporte por carretera de fuegos artificiales y petardos" deberá devolverse al original. la autoridad emisora.
Artículo 30 Las unidades que transporten fuegos artificiales y petardos deberán obtener las calificaciones comerciales de transporte de mercancías peligrosas por carretera y los certificados de transporte de vehículos de transporte de mercancías peligrosas por carretera de conformidad con la ley. Los conductores y escoltas deberán obtener las calificaciones profesionales correspondientes emitidas por el departamento de transporte. Y aplicar estrictamente las normas sobre el transporte de mercancías peligrosas.
Artículo 31 En el transporte de fuegos artificiales y petardos por carretera, además de cumplir con las leyes y normas de seguridad vial, también se deberán observar las siguientes disposiciones:
(1) Vehículos que transporten " "Certificado" de transporte por carretera de fuegos artificiales y petardos;
(2) No se violan los permisos de transporte;
(3) Los vehículos de transporte deberán colgar o instalar señales de advertencia de mercancías peligrosas inflamables y explosivas. que cumplan con las normas nacionales y estén equipados con el equipo contra incendios correspondiente;
(4) La carga de fuegos artificiales y petardos cumpla con las normas y especificaciones nacionales pertinentes. Está estrictamente prohibido arrastrar, apretar, golpear o. tirar durante la carga y descarga;
(5) La carga de fuegos artificiales y petardos. Los vagones no pueden transportar personas y no se permite mezclarlos con otros artículos inflamables y explosivos;
(6) Los vehículos de transporte deben circular a una velocidad limitada y mantenerse a una distancia segura de los vehículos que están delante y detrás de ellos, y deben estar vigilados por personal dedicado a lo largo del camino;
(7) Tomar Tome las medidas necesarias inmediatamente cuando esté en peligro e informe a la agencia de seguridad pública local.
El transporte de fuegos artificiales y petardos por ferrocarril, vía fluvial y aérea se realizará de acuerdo con las leyes, reglamentos y normas pertinentes sobre la gestión de la seguridad del transporte ferroviario, fluvial y aéreo.
El artículo 32 prohíbe el transporte de fuegos artificiales y petardos sin licencia o en cantidades excesivas. Está prohibido transportar fuegos artificiales y petardos en el transporte público como trenes, barcos, aviones, autobuses de larga distancia y autobuses urbanos. Los fuegos artificiales están prohibidos en el equipaje facturado, los paquetes, la carga y el correo. Está prohibido transportar fuegos artificiales y petardos disfrazados o con nombres falsos.
Capítulo 6 Quema
Artículo 33 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior podrán, según las condiciones locales reales, formular regulaciones que restrinjan o prohíban el lanzamiento de fuegos artificiales y petardos. y delimitar las áreas donde está restringido o prohibido el lanzamiento de fuegos artificiales y petardos.
Artículo 34 Para la realización de espectáculos pirotécnicos a gran escala, como espectáculos pirotécnicos, el organizador deberá solicitar al órgano de seguridad pública de acuerdo con la normativa nacional sobre gestión jerárquica de espectáculos pirotécnicos a gran escala, previa revisión y emisión. de un permiso de exhibición de fuegos artificiales, Realizar operaciones de fuegos artificiales de acuerdo con las normas de seguridad de fuegos artificiales y los planes de operación de fuegos artificiales aprobados.
Las unidades responsables de hacer estallar fuegos artificiales a gran escala deben tener las calificaciones correspondientes para hacer estallar fuegos artificiales a gran escala.
El responsable in situ, los operadores de fuegos artificiales y petardos, el personal de gestión de seguridad, los técnicos y demás personal de la unidad que realice el lanzamiento de fuegos artificiales y petardos de gran escala deberán tener la correspondiente cualificación para el lanzamiento. fuegos artificiales y petardos a gran escala.
El almacenamiento temporal de fuegos artificiales y petardos en el lugar donde se lanzan los fuegos artificiales y petardos a gran escala deberá ser supervisado y gestionado por el órgano de seguridad pública que expidió la licencia de descarga de fuegos artificiales y petardos.
Artículo 35 Está prohibido lanzar fuegos artificiales y petardos en los siguientes lugares:
(1) Unidades de protección de bienes culturales y reservas naturales;
(2 ) Estaciones, terminales, aeropuertos y otros centros de transporte y zonas de protección de seguridad de líneas ferroviarias;
(3) Gasolineras, gasolineras de petróleo licuado, gasolineras y la producción, venta, almacenamiento y uso de cereales y algodón. , aceite, cáñamo, etc. Lugares con materiales inflamables y explosivos;
(4) Instalaciones de transmisión y transformación de energía en zonas de protección de seguridad y cerca de líneas aéreas de comunicación;
(5) Servicios médicos instituciones, jardines de infancia, escuelas primarias y secundarias, residencias de ancianos;
(6) Lugares donde los fuegos artificiales y petardos están estrictamente prohibidos en fábricas, minas, empresas y áreas clave de prevención de incendios, como bosques y pastizales;
(7) Otros lugares donde los fuegos artificiales están prohibidos según lo prescrito por el gobierno popular en o por encima del nivel del condado Un lugar para fuegos artificiales.
Capítulo 7 Materias Primas
Artículo 36 Las materias primas utilizadas en la producción de fuegos artificiales y petardos se manejarán de acuerdo con las disposiciones pertinentes del “Reglamento para la Gestión de Seguridad de Productos Químicos Peligrosos”. " del Consejo de Estado.
Artículo 37 Las empresas de fuegos artificiales y materias primas para petardos deberán establecer sistemas de inspección de calidad y registro de ventas.
Artículo 38 La materia prima de los fuegos artificiales y petardos sólo podrá venderse a empresas que produzcan legalmente fuegos artificiales y petardos. Está prohibido vender y proporcionar fuegos artificiales y materias primas para petardos y productos semiacabados a unidades e individuos que produzcan fuegos artificiales y petardos ilegalmente.
Está prohibido operar ilegalmente fuegos artificiales y materias primas para petardos o vender fuegos artificiales y materias primas para petardos de baja calidad.
Capítulo 8 Normas de Sanción
Artículo 39 Cualquier persona que viole las disposiciones de estas Medidas y se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias será sancionada por el departamento de gestión de emergencias:
(1) Quien produzca y venda fuegos artificiales o petardos o materias primas para fuegos artificiales y petardos sin autorización será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la "Ley de Seguridad en el Trabajo".
(2) Cualquier persona que no compre o venda al por mayor fuegos artificiales y petardos y sus materias primas de acuerdo con las regulaciones deberá realizar correcciones dentro de un límite de tiempo y será multado con no menos de 2.000 yuanes pero no más de 1.000 yuanes.
(3) Quien viole lo dispuesto en el artículo 6, párrafo 1 de estas Medidas será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la "Ley de Seguridad en el Trabajo".
(4) Cualquiera que viole las disposiciones del artículo 9 de estas Medidas y no cambie o cancele la licencia en el momento oportuno deberá realizar correcciones dentro de un plazo; dentro del plazo será multado con 6,543,8 millones de yuanes o 30.000 yuanes.
Artículo 40 Quien viole estas Medidas en cualquiera de las siguientes circunstancias será sancionado por los órganos de seguridad pública:
(1) Quien transporte fuegos artificiales y petardos por carretera sin permiso deberá se le ordenará que deje de transportar fuegos artificiales y petardos ilegales por carretera sin permiso. Para las actividades de transporte, se impondrá una multa de no menos de 654,38 millones de yuanes pero no más de 50.000 yuanes, y se confiscarán los artículos transportados ilegalmente y los ingresos ilegales; transportar fuegos artificiales y petardos que infrinjan la licencia de transporte se le ordenará que haga correcciones y se le impondrá una multa de no menos de 200 yuanes pero no más de 2000 yuanes;
(2) Cualquier persona que realice un espectáculo de fuegos artificiales sin permiso será se le ordenará que deje de salir y se le impondrá una multa de no menos de 65.438 yuanes pero no más de 30.000 yuanes; si las circunstancias son graves, se le impondrá una multa de no menos de 30.000 yuanes pero no más de 50.000 yuanes;
( 3) Quien viole las disposiciones del artículo 35 será condenado a detener las emisiones y multado con 500 yuanes a 65.438 yuanes, si constituye una violación de la gestión de la seguridad pública, será castigado de conformidad con la ley;
Artículo 41 Licencia de Producción de Seguridad, Negocio