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Las reglas para la búsqueda de interpretación judicial de la prueba en el litigio administrativo

Anuncio del Tribunal Popular Supremo de la República Popular China

El 4 de junio de 2002, la 1224ª reunión del Comité Judicial del Tribunal Popular Supremo adoptó el "Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas Prueba en Litigio Administrativo." Se anuncia por la presente y entrará en vigor el 1 de octubre de 2002.

24 de julio de 2002

Con el fin de determinar con precisión los hechos del caso y escuchar los casos administrativos de manera justa y rápida, de conformidad con la Ley de Litigios Administrativos de la República Popular China ( en lo sucesivo denominada Ley de Litigio Administrativo), etc. Las leyes y reglamentos pertinentes se formulan junto con las prácticas reales de juicio administrativo.

1. Distribución de la carga de la prueba y plazo para la prueba

Artículo 1. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 32 y 43 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el demandado es responsable de actos administrativos específicos La carga de la prueba consistirá en aportar todas las pruebas y documentos normativos en que se basen los actos administrativos específicos imputados dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de copia del auto de procesamiento. Si el demandado no presenta pruebas o no las presenta fuera del plazo sin razones justificables, se considerará que no existe prueba correspondiente para el acto administrativo específico que se demanda.

Si el demandado no puede presentar pruebas dentro del plazo especificado en el párrafo anterior debido a fuerza mayor u otras razones legítimas irresistibles, deberá solicitar por escrito al Tribunal Popular una prórroga dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de una copia de la prueba de acusación. Si el tribunal popular concede una prórroga para la presentación de pruebas, el demandado deberá presentarlas dentro de los diez días siguientes a la eliminación de las razones legítimas. Si no se aporta dentro del plazo, se entenderá que no existe prueba correspondiente para el acto administrativo concreto denunciado.

Artículo 2 Si el demandante o un tercero alega razones de refutación o pruebas que no ha planteado en el litigio administrativo, con autorización del Tribunal Popular, el demandado podrá complementar las pruebas correspondientes en la primera procedimiento de instancia.

Artículo 3 De acuerdo con el artículo 33 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, durante el proceso del litigio, el demandado y su agente litigante no podrán recolectar pruebas del demandante y de los testigos por su cuenta.

Artículo 4 Cuando un ciudadano, persona jurídica u otra organización presente una demanda ante el Tribunal Popular, deberá proporcionar pruebas y materiales pertinentes que cumplan con las condiciones para el procesamiento.

Si el demandado es demandado por inacción, el demandante deberá aportar prueba de que lo ha solicitado en el procedimiento administrativo. Excepto por las siguientes circunstancias:

(1) El demandado debe realizar voluntariamente los deberes legales de acuerdo con su autoridad;

(2) El demandante no puede proporcionar pruebas relevantes debido a razones legítimas. razones como el imperfecto sistema de registro del demandado para aceptar solicitudes y puede proporcionar explicaciones razonables.

Si el demandado considera que la demanda del demandante ha excedido el plazo legal, le corresponderá la carga de la prueba.

Artículo 5: En el litigio administrativo de indemnización, el demandante deberá acreditar que determinadas actuaciones administrativas causaron daño.

Artículo 6 El demandante podrá aportar pruebas que demuestren que el acto administrativo concreto denunciado es ilegal. Si no se acreditan las pruebas aportadas por el demandante, el demandado no quedará exento de la carga de probar la legalidad del determinado acto administrativo denunciado.

Artículo 7 El demandante o el tercero deberá aportar prueba antes de la audiencia o en la fecha de intercambio de prueba designada por el Tribunal Popular. Si se presenta una solicitud para aplazar la presentación de pruebas por razones legítimas, ésta podrá presentarse durante la investigación judicial con el permiso del Tribunal Popular. La falta de presentación de pruebas dentro del plazo se entenderá como renuncia al derecho a presentar pruebas.

El Tribunal Popular no aceptará pruebas aportadas por el demandante o un tercero en el procedimiento de segunda instancia sin razones justificables en el procedimiento de primera instancia.

Artículo 8: Cuando el tribunal popular entregue un aviso de aceptación de caso o un aviso de respuesta a una parte, informará a la parte del alcance de la prueba, el plazo para la prueba y las consecuencias legales del retraso. pruebas e informar a la parte que no puede proporcionar pruebas a tiempo por razones legítimas. Si se proporcionan pruebas, se debe presentar una solicitud de prórroga del plazo para presentar pruebas.

Artículo 9 Según el primer párrafo del artículo 34 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el tribunal popular tiene derecho a exigir a las partes que aporten o complementen pruebas.

Si hay hechos que no son controvertidos por las partes pero involucran intereses nacionales, intereses públicos sociales o los derechos e intereses legítimos de otros, el tribunal popular puede ordenar a las partes que proporcionen o complementen pruebas relevantes.

En segundo lugar, requisitos para la aportación de prueba

Artículo 10 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31, apartado 1, inciso 1, de la Ley de Procedimiento Administrativo, los interesados ​​deberán aportar prueba documental. al Tribunal Popular, debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) Si se proporciona el documento original, el documento original, el documento original y la copia se considerarán el documento original.

Si es realmente difícil proporcionar el documento original, puede proporcionar una copia, fotografía o extracto que haya sido verificado con el documento original;

(2) Si proporciona una copia, fotocopia o transcripción de la evidencia documental original conservada por el departamento correspondiente, debe tener en cuenta que la fuente se indicará claramente y el sello se sellará después de la verificación por parte del departamento;

(3) Si los informes, dibujos, contabilidad Se proporcionan libros, información técnica profesional, documentos científicos y tecnológicos y otras pruebas documentales, se adjuntarán materiales explicativos;

(4) Las transcripciones de la investigación, las transcripciones de las declaraciones y las transcripciones de las conversaciones proporcionadas por el acusado y basadas en Las actuaciones administrativas específicas del imputado serán firmadas o selladas por el personal administrativo de aplicación de la ley, el interrogado, el declarante y el declarante.

Si las leyes, reglamentos, interpretaciones judiciales y normas establecen de otro modo la forma de prueba documental, dichas disposiciones prevalecerán.

Artículo 11 De acuerdo con el artículo 31, párrafo 1, punto (2) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, las partes que proporcionen pruebas físicas al Tribunal Popular deben cumplir las siguientes condiciones:

(1 ) ) proporcione el original. Si es realmente difícil proporcionar el original, puede proporcionar una fotocopia que haya sido verificada con el original u otra evidencia como fotografías y videos para comprobar la evidencia física;

(2) Si pertenece originalmente a un gran número de especies, aportar una parte del mismo.

Artículo 12 De conformidad con el artículo 31, párrafo 1, punto (3) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, las partes que proporcionen datos informáticos o materiales audiovisuales, como grabaciones de audio y vídeo, al Tribunal Popular deberán cumplir con los siguientes requisitos:

(1) Información relevante proporcionada por el transportista original. Si es realmente difícil proporcionar el soporte original, se puede proporcionar una copia;

(2) Indique el método de producción, el tiempo de producción, el productor y los objetos de certificación, etc. ;

(3) Los datos de audio deben ir acompañados de un registro escrito del contenido de audio.

Artículo 13 De acuerdo con el artículo 31, párrafo 1, punto (4) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, las partes que presten testimonio ante el Tribunal Popular deben cumplir las siguientes condiciones:

(1 ) Indicar el nombre, edad, sexo, ocupación y domicilio del testigo;

(2) La firma del testigo, pero si no es su propia firma, se certificará mediante sello;

(3) Indicar la fecha de emisión;

(4) Adjuntar copia de la cédula de residente y demás documentos que acrediten la identidad del testigo.

Artículo 14 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, punto (6) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, la conclusión de la tasación proporcionada por el demandado al Tribunal Popular en el litigio administrativo deberá indicar la encomienda. persona y los asuntos encomendados por el tasador, los materiales relevantes presentados al departamento de tasación, la base de la tasación y los medios científicos y técnicos utilizados, una descripción de las calificaciones del departamento de tasación y del tasador, y la firma del tasador y el sello del departamento de tasación. La conclusión de la evaluación derivada del análisis debe describir el proceso de análisis.

Artículo 15 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31, párrafo 1, inciso (7) de la Ley de lo Contencioso Administrativo, la transcripción in situ proporcionada por el demandado al Tribunal Popular deberá indicar la hora, el lugar y eventos, y Firmado por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y partes involucradas. Si la parte se niega a firmar o no puede firmar, se expresarán las razones. Si hay otras personas presentes, otros podrán firmarlo. Si las leyes, reglamentos y reglas tienen otras disposiciones sobre la forma de producción de transcripciones en el sitio, esas disposiciones prevalecerán.

Artículo 16 Si la prueba aportada por las partes al Tribunal Popular se formó fuera del territorio de la República Popular China, se hará constar la fuente, autenticada por la autoridad notarial del país donde se encuentre. , y certificado por la República Popular China y la embajada o consulado de China en ese país Autenticación, o pasar por los procedimientos de autenticación estipulados en los tratados pertinentes celebrados entre la República Popular China y el país donde se encuentra la evidencia.

Las pruebas proporcionadas por partes formadas en la Región Administrativa Especial de Hong Kong, la Región Administrativa Especial de Macao y la Provincia de Taiwán de la República Popular China serán autenticadas de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

Artículo 17 Cuando una parte proporcione pruebas documentales extranjeras o materiales audiovisuales en idiomas extranjeros al tribunal popular, deberá adjuntar una traducción al chino u otra traducción precisa traducida por una agencia de traducción calificada, y la agencia de traducción deberá sellarlo o la traducción será sellada con la firma del personal.

Artículo 18 Si la prueba involucra secretos de estado, secretos comerciales o privacidad personal, el proveedor la marcará claramente y la explicará al tribunal, quien la revisará y confirmará.

Artículo 19 Las partes clasificarán y numerarán los materiales de prueba presentados, describirán brevemente la fuente, objeto y contenido de los materiales de prueba, los firmarán o sellarán e indicarán la fecha de su presentación.

Artículo 20: Cuando el tribunal popular reciba los materiales probatorios presentados por las partes, extenderá un recibo indicando el nombre, número de copias, número de páginas, número de casos, tipo, etc. Constancia y hora de recepción, y firmada o sellada por el responsable.

Artículo 21 Para casos con circunstancias complicadas o una gran cantidad de pruebas, el tribunal popular podrá organizar a las partes para que presenten o intercambien pruebas con la otra parte antes de la audiencia y registrar el intercambio de pruebas en la transcripción. .

Tres. Obtención y conservación de pruebas

Artículo 22 De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 34 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular tiene derecho a solicitar a los organismos administrativos pertinentes y otras organizaciones que, y ciudadanos que recopilan pruebas:

(1) Hechos que involucran intereses nacionales, intereses públicos o los derechos e intereses legítimos de otros;

(2) Que involucran la incorporación de partes, suspensión de litigios, o terminación del litigio de oficio, anulación y otras cuestiones procesales.

Artículo 23 Si el demandante o un tercero no puede recolectarlo por sí solo, pero puede proporcionar pistas claras, podrá solicitar al Tribunal Popular que proporcione las siguientes pruebas:

(1) Pruebas relacionadas con el Estado Pruebas preservadas por el departamento y solicitadas por el tribunal popular;

(2) Materiales de prueba que involucran secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal;

(3 ) Incapacidad de obtener pruebas voluntariamente por razones objetivas. Otros materiales de prueba recopilados.

Si el demandado no reunió pruebas cuando realizó un acto administrativo específico, el tribunal popular no las retendrá para probar la legalidad del acto administrativo específico que se demanda.

Artículo 24 Si una parte solicita al Tribunal Popular la obtención de pruebas, deberá presentar una solicitud para obtener pruebas dentro del plazo para la presentación de pruebas.

La solicitud de recopilación de pruebas deberá incluir el siguiente contenido:

(1) El nombre, dirección y otra información básica del poseedor de las pruebas

(2; ) La prueba a obtener Contenido;

(3) Los motivos para solicitar la prueba y los hechos del caso a probar.

Artículo 25: Si la solicitud de una parte para obtener pruebas cumple con las condiciones para obtener pruebas después de la revisión, el tribunal popular decidirá obtenerlas de manera oportuna; si no se cumplen las condiciones para obtener pruebas, el tribunal popular decidirá obtenerlas de manera oportuna; El tribunal popular notificará a la parte o a su agente litigante, explicando las razones por las que no se obtuvieron pruebas. Las partes y sus agentes litigantes podrán presentar una solicitud por escrito al tribunal popular que acepte la solicitud de reconsideración dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de la notificación.

El tribunal popular deberá responder dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de reconsideración. Si el tribunal popular no puede obtener las pruebas correspondientes sobre la base de la solicitud de la parte, notificará al solicitante y explicará los motivos.

Artículo 26 Si las pruebas que el Tribunal Popular necesita obtener se encuentran en un lugar diferente, podrá encomendar por escrito al Tribunal Popular el lugar donde se encuentran las pruebas para obtenerlas. Después de recibir la carta de autorización, el tribunal popular encargado completará rápidamente el trabajo de recopilación de pruebas de acuerdo con los requisitos de la encomienda y lo presentará al tribunal popular encargado. Si el tribunal popular encargado no puede completar el contenido encargado, lo notificará al tribunal popular encargado y explicará los motivos.

Artículo 27 Si una parte solicita al Tribunal Popular la conservación de pruebas de conformidad con el artículo 36 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, deberá presentarla por escrito antes de que expire el plazo para la presentación de pruebas y explicar el nombre, ubicación y conservación de la prueba, el contenido y alcance de la solicitud, los motivos para solicitar la conservación, etc.

Si una parte solicita la conservación de pruebas, el tribunal popular podrá exigirle la garantía correspondiente.

Si las leyes e interpretaciones judiciales contienen disposiciones sobre preservación de pruebas previas al litigio, esas disposiciones prevalecerán.

Artículo 28 El Tribunal Popular preservará las pruebas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Procedimiento Administrativo y podrá, según circunstancias específicas, adoptar medidas tales como sellar, detener, fotografiar, grabar, filmar en vídeo, copia, tasación, inspección, Medidas de conservación como la realización de registros de consulta.

Cuando el tribunal popular conserve pruebas, podrá requerir la presencia de las partes o de sus representantes en el litigio.

Artículo 29: Si el demandante o un tercero tiene pruebas o razones legítimas para probar que la conclusión de identificación sobre la cual el demandado determina los hechos del caso puede ser errónea, y solicita por escrito la reidentificación dentro del plazo para la presentación de pruebas, el tribunal popular lo permitirá.

Artículo 30: Si una parte tiene objeciones a la conclusión de la tasación hecha por el departamento de tasación encomendado por el Tribunal Popular, solicita una nueva tasación y proporciona pruebas para demostrar que existe una de las siguientes circunstancias, el Tribunal Popular El tribunal concederá el permiso:

(1) El departamento de tasación o el tasador no tiene las calificaciones de tasación correspondientes;

(2) El procedimiento de tasación es gravemente ilegal;

(3) La conclusión de la tasación es obviamente insuficiente como prueba;

(4) Otras circunstancias en las que el contrainterrogatorio no puede utilizarse como prueba.

Las conclusiones erróneas de la tasación pueden resolverse mediante una tasación complementaria, un nuevo contrainterrogatorio o un contrainterrogatorio complementario.

Artículo 31: La parte que soporta la carga de la prueba en asuntos que requieren tasación no presenta una solicitud de tasación, no paga por adelantado los honorarios de tasación o proporciona los materiales relevantes dentro del plazo para la prueba sin razones justificables, lo que resulta en la tasación. No pudiendo la conclusión confirmar el caso, si los hechos son controvertidos, la parte soportará las consecuencias jurídicas de no poder probar los hechos.

Artículo 32 El tribunal popular examinará si el certificado de tasación emitido por el departamento de tasación encomendado o designado tiene el siguiente contenido:

(1) El contenido de la evaluación;

(2) Materiales relevantes presentados durante la evaluación;

(3) Las bases para la identificación y los medios científicos y tecnológicos utilizados;

(4) El proceso de evaluación;

(5) Conclusión clara de la tasación;

(6) Descripción de las calificaciones de la evaluación del departamento de tasación y del personal de tasación;

(7) Firma y sello del departamento de tasación y tasación.

Si falta el contenido del párrafo anterior o la conclusión de la identificación no es clara, el tribunal popular puede exigir al departamento de identificación que proporcione una explicación, complemente la identificación o vuelva a identificarse.

Artículo 33 El Tribunal Popular podrá inspeccionar el lugar de los hechos a petición de las partes o de oficio.

Al inspeccionar el sitio, el inspector debe presentar el certificado del Tribunal Popular e invitar a participar a personas de las organizaciones de base locales o de la unidad donde se encuentran las partes. Estarán presentes los interesados ​​o sus familiares mayores de edad. La negativa a asistir al lugar no afectará el progreso de la inspección, pero la situación deberá explicarse en el acta de inspección.

Artículo 34 El juez levantará actas de inspección, haciendo constar la hora, el lugar, la firma del inspector, las personas presentes y el proceso y resultados de la inspección.

El mapa del sitio elaborado durante la inspección in situ debe indicar la hora, ubicación, nombre e identidad del mapeador, etc.

Si las partes tienen objeciones a la conclusión de la inspección, podrán solicitar una nueva inspección dentro del plazo para la presentación de pruebas. Su autorización o no será decidida por el Tribunal Popular.

Cuatro. Identificación y verificación de pruebas

Artículo 35 Las pruebas se presentarán en el tribunal y se contrainterrogarán en el tribunal. Las pruebas que no hayan sido contrainterrogadas ante el tribunal no pueden utilizarse como base para una decisión final.

La evidencia que no sea cuestionada por las partes durante el proceso de intercambio de evidencia previa al juicio y que conste en acta puede usarse como base para determinar los hechos del caso después de que el juez los explique durante el juicio.

Artículo 36: Si el imputado se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de haber sido citado de conformidad con la ley, y se requiere sentencia en rebeldía según la ley, las pruebas aportadas por el imputado no podrán utilizarse. como base para finalizar el caso, pero las pruebas intercambiadas por las partes antes del juicio quedarán exceptuadas de las pruebas no controvertidas.

Artículo 37: Las pruebas que involucren secretos de estado, secretos comerciales, privacidad personal u otras pruebas que se mantendrán confidenciales por ley no serán contrainterrogadas públicamente en los tribunales.

Artículo 38: Las pruebas que una parte solicite al Tribunal Popular para su adquisición serán presentadas por la parte que solicita la adquisición de pruebas durante la audiencia judicial y serán contrainterrogadas por la parte interesada.

Las pruebas obtenidas de oficio por el Tribunal Popular serán presentadas por el tribunal, que podrá explicar las circunstancias de su obtención y escuchar las opiniones de las partes interesadas.

Artículo 39 Las partes realizarán un contrainterrogatorio centrándose en la pertinencia, legalidad y autenticidad de las pruebas, si las mismas tienen efecto probatorio y el alcance de su efecto probatorio.

Con el permiso del tribunal, las partes y sus agentes podrán hacerse preguntas entre sí sobre las pruebas, y también podrán hacer preguntas a testigos, tasadores y examinadores.

Cuando las partes y sus agentes hagan preguntas a la otra parte o a testigos, tasadores y examinadores, el contenido de las preguntas debe estar relacionado con los hechos del caso, y no deben utilizar lenguaje o medios tales como incentivos, amenazas o insultos.

Artículo 40 En el contrainterrogatorio de pruebas documentales, pruebas físicas y materiales audiovisuales, los interesados ​​deberán presentar los documentos u objetos originales. Salvo una de las siguientes circunstancias:

(1) Si es realmente difícil presentar el documento original o la cosa original, se podrá realizar una copia o reproducción con autorización del tribunal

(2) El documento original o Si el original ya no existe, se pueden presentar otras pruebas que demuestren que las copias y fotocopias son consistentes con el original y el original.

Los materiales audiovisuales se reproducirán o exhibirán en el tribunal y las partes los interrogarán.

Artículo 41: Quien conozca los hechos de un caso está obligado a comparecer ante el tribunal a declarar. En cualquiera de las siguientes circunstancias, con el permiso del Tribunal Popular, la parte interesada podrá presentar testimonio por escrito:

(1) La parte no tiene objeciones a la declaración del testigo en el procedimiento administrativo o al intercambio de pruebas antes del juicio;

(2) El testigo no puede comparecer ante el tribunal debido a su vejez, enfermedad o problemas de movilidad;

(3) El testigo no puede comparecer ante el tribunal debido a largas distancias o transporte inconveniente;

(4) El testigo no puede comparecer ante el tribunal debido a fuerza mayor, como desastres naturales u otras emergencias;

(5) El testigo Realmente no puede comparecer ante el tribunal debido a otras razones especiales.

Artículo 42 No podrá declarar la persona que no pueda expresar correctamente su intención.

A partir de la solicitud de las partes, el tribunal popular puede examinar si el testigo puede expresar correctamente su voluntad o presentarla a los departamentos pertinentes para su evaluación. Cuando sea necesario, el tribunal popular también podrá remitirlo a los departamentos pertinentes para su evaluación de conformidad con su autoridad.

Artículo 43 Si una parte solicita que un testigo comparezca ante el tribunal para declarar, deberá presentarse antes de que expire el plazo para la presentación de pruebas y deberá ser aprobado por el Tribunal Popular. Si el tribunal popular permite que un testigo comparezca ante el tribunal para testificar, le notificará que comparezca ante el tribunal para testificar antes del juicio.

Durante el juicio, si las partes requieren que testigos comparezcan ante el tribunal para declarar, el tribunal puede decidir permitir o posponer el juicio en función de las circunstancias específicas del mismo.

Artículo 44 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el demandante o un tercero podrá requerir la comparecencia ante el tribunal a declarar del personal administrativo de aplicación de la ley correspondiente:

(1) Sobre la legalidad y validez de las transcripciones in situ;

(2) Objeciones al tipo o cantidad de bienes incautados;

(3) Objeciones al muestreo o almacenamiento; de los elementos inspeccionados;

(4) Objeciones a la legalidad de la identidad del personal administrativo encargado de hacer cumplir la ley;

(5) Otras situaciones en las que es necesario comparecer ante el tribunal para testificar; .

Artículo 45: Los testigos que comparezcan ante el tribunal a declarar deberán presentar prueba de identidad. El tribunal debe informarle de su obligación legal de testificar honestamente y de su responsabilidad legal por perjurio.

Los testigos que declaran ante el tribunal no pueden observar el juicio del caso. Cuando el tribunal interroga a los testigos, no podrá estar presente ningún otro testigo excepto la persona que organizó el careo de testigos.

Artículo 46 Los testigos declararán los hechos concretos que presenciaron. Los juicios, especulaciones o comentarios hechos por testigos basados ​​en la experiencia no pueden utilizarse como base para finalizar un caso.

Artículo 47 Si las partes requieren la comparecencia de peritos para el contrainterrogatorio, los peritos deberán comparecer ante el tribunal. Si el tasador no puede comparecer ante el tribunal por motivos legítimos, no podrá comparecer ante el tribunal con el permiso del tribunal y las partes interrogarán su conclusión de tasación por escrito.

Para las causas válidas por las que el tasador no pueda comparecer ante el tribunal, remítase a lo dispuesto en el artículo 41 de este reglamento.

Para los tasadores que comparezcan ante el tribunal para ser interrogados, el tribunal verificará su identidad y relación con las partes y el caso, e informará al tasador de su obligación legal de explicar verazmente la situación de la tasación y su responsabilidad legal por hacer declaraciones falsas intencionalmente.

Artículo 48 Para cuestiones especializadas involucradas en el acto administrativo específico que se demanda, las partes podrán solicitar al tribunal que profesionales comparezcan a explicar, y el tribunal también podrá notificar a profesionales para que comparezcan a explicar. . Cuando sea necesario, el tribunal puede organizar profesionales para realizar enfrentamientos.

Si las partes tienen objeciones sobre si los profesionales que comparecen ante el tribunal tienen los correspondientes conocimientos profesionales, calificaciones académicas, títulos y otras calificaciones profesionales, podrán consultar. El tribunal decidirá si puede presentarse como profesional.

Los profesionales pueden preguntar al tasador.

Artículo 49: Durante el proceso de contrainterrogatorio, el tribunal excluirá las pruebas que sean irrelevantes para el caso y explicará los motivos.

Durante el proceso de contrainterrogatorio, si el tribunal permite que la parte complemente pruebas, las pruebas complementarias igualmente deberán ser contrainterrogadas.

El tribunal no interrogará las pruebas después del juicio a menos que sea absolutamente necesario.

Artículo 50 En el procedimiento de segunda instancia, el tribunal realizará el contrainterrogatorio sobre las nuevas pruebas aportadas por las partes de conformidad con la ley si las partes aún tienen controversias sobre las pruebas reconocidas en primera instancia; , el tribunal también realizará un contrainterrogatorio.

Artículo 51: En los casos juzgados conforme a los procedimientos de supervisión de juicio, el tribunal repreguntará las nuevas pruebas aportadas por las partes conforme a la ley, por insuficiencia de pruebas en la sentencia o fallo original; el tribunal también interrogará las principales pruebas involucradas en el nuevo juicio.

Artículo 52 La “prueba nueva” de los artículos 50 y 51 de estas Disposiciones se refiere a la siguiente prueba:

(1) En el procedimiento de primera instancia, Prueba de que se concedió una prórroga concedido pero no concedido;

(2) Prueba de que la parte solicitó y obtuvo conforme a derecho en el procedimiento de segunda instancia sin permiso ni adquisición;

(3) El demandante; o Pruebas aportadas por un tercero y descubiertas después de la expiración del plazo para presentar pruebas.

Revisión de verbo (abreviatura de verbo) y determinación de prueba

Artículo 53 El Tribunal Popular conocerá de los casos administrativos con base en los hechos del caso.

Artículo 54 El tribunal examinará las pruebas que hayan sido contrainterrogadas en el tribunal y las pruebas que no requieran contrainterrogatorio una por una, realizará una revisión exhaustiva de todas las pruebas, seguirá la ética profesional de jueces, utilizar el razonamiento lógico y la experiencia de la vida, analizar y juzgar de manera integral, objetiva y justa, determinar la relación probatoria entre los materiales de evidencia y los hechos del caso, excluir materiales de evidencia irrelevantes y determinar con precisión los hechos del caso.

Artículo 55 El tribunal revisará la legalidad de la prueba desde los siguientes aspectos con base en las circunstancias específicas del caso:

(1) Si la prueba se ajusta a la forma legal;

(2) Si la adquisición de pruebas cumple con los requisitos de las leyes, reglamentos, interpretaciones y reglas judiciales;

(3) Si existen otras circunstancias ilegales que afecten la efectividad de la evidencia.

Artículo 56 El tribunal, atendiendo a las circunstancias concretas del caso, examinará la autenticidad de la prueba desde los siguientes aspectos:

(1) Las razones de la formación del evidencia

(2) El entorno objetivo cuando se descubrió la evidencia;

(3) Si la evidencia es el original y si la copia o reproducción es consistente con el original o el original;

(4) Proporcionar evidencia Si la persona o testigo tiene un interés en la parte;

(5) Otros factores que afectan la autenticidad de la evidencia.

Artículo 57 Los siguientes materiales de prueba no pueden utilizarse como base para finalizar un caso:

(1) Materiales de prueba recopilados en violación grave de los procedimientos legales;

>(2) Utilizar fotografías secretas, grabaciones secretas, escuchas ilegales y otros medios para obtener pruebas que infrinjan los derechos e intereses legítimos de otros;

(3) Pruebas obtenidas por medios inadecuados como incitación, fraude, coerción, violencia, etc.;

(4) Las partes proporcionan materiales de prueba más allá del límite de tiempo para presentar pruebas sin razones justificables;

(5) Materiales de prueba formados fuera del territorio de la República Popular China o en la Región Administrativa Especial de Hong Kong, la Región Administrativa Especial de Macao y la Provincia de Taiwán;

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(6) La parte se niega a proporcionar el documento original sin razones justificables y allí no hay otra evidencia que lo pruebe, y la otra parte se niega a admitir la copia o copia de la evidencia;

(7) La parte u otros Materiales de evidencia que no pueden identificarse mediante procesamiento técnico;

(8) Testimonio proporcionado por testigos que no pueden expresar su voluntad correctamente;

(9) Otros materiales de evidencia que no son legales y auténticos.

Artículo 58: Las pruebas obtenidas con violación de disposiciones prohibitivas de la ley o con infracción de derechos e intereses legítimos de otros no podrán utilizarse como base para la determinación de los hechos del caso.

Artículo 59: En un litigio administrativo, si el demandado requiere que el demandante proporcione pruebas de acuerdo con los procedimientos legales, y el demandante se niega a proporcionar pruebas de acuerdo con la ley, el tribunal popular generalmente no aceptará la pruebas aportadas en la demanda.

Artículo 60 No podrán utilizarse como base para determinar la legalidad del acto administrativo específico demandado, las siguientes pruebas:

(1) El demandado y su agente litigante después del acto administrativo específico acto ocurrió o durante Pruebas recopiladas durante el curso del litigio;

(2) Pruebas utilizadas por el demandado para privar ilegalmente a ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones de sus derechos a declarar, defender o escuchar de conformidad con el derecho en procedimientos administrativos;

( 3) Prueba proporcionada por el demandante o un tercero en la demanda pero no utilizada como base para acciones administrativas específicas por parte del demandado en la demanda administrativa.

Artículo 61 Las pruebas recabadas y complementadas por la autoridad reconsideradora durante el procedimiento de reconsideración, o las pruebas que el órgano administrativo que realizó el acto administrativo específico original no presentó a la autoridad reconsideradora durante el procedimiento de reconsideración, no pueden Ser utilizado como prueba para la determinación del tribunal popular. La base legal original para acciones administrativas específicas.

Artículo 62: Si el demandante o un tercero aporta prueba que acredite que concurre alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular no adoptará la conclusión de identificación adoptada por el demandado en el litigio administrativo:

(1) El tasador no tiene calificaciones de tasación;

(2) El procedimiento de tasación es gravemente ilegal;

(3) La conclusión de la tasación es incorrecta, poco clara o incompleto.

Artículo 63 La fuerza probatoria de varias pruebas que acrediten el mismo hecho generalmente podrá determinarse por separado con base en las siguientes circunstancias:

(1) Producidas por agencias estatales y otros departamentos funcionales de acuerdo con su autoridad, los documentos oficiales son superiores a otras pruebas documentales;

(2) Las conclusiones de identificación, los registros in situ, los registros de inspección, los materiales de archivo, las pruebas documentales notariadas o registradas son superiores a otras pruebas documentales, materiales audiovisuales y testimonios de testigos;

(3) El documento original es mejor que la copia o réplica;

(4) La conclusión de la tasación del departamento de tasación legal es mejor que la conclusión de la tasación de otros departamentos de tasación;

(5) Los registros de la investigación producidos por el tribunal que preside la investigación son superiores a los producidos por otros departamentos;

(6) La la evidencia original es superior a la evidencia;

(7) El testimonio de otros testigos es superior al testimonio proporcionado por testigos que están relacionados con las partes o tienen otras relaciones cercanas;

(8) El testimonio de los testigos que testifican ante el tribunal es superior al testimonio de los testigos que no testifican ante el tribunal;

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(9) Varias pruebas con el mismo contenido son mejores que una sola prueba evidencia aislada.

Artículo 64 El intercambio electrónico de datos, el correo electrónico y otros datos fijados o expuestos en soportes tangibles, cuya producción y autenticidad hayan sido confirmadas por la otra parte o probadas mediante escritura pública u otro medio eficaz, serán los mismos. que el original.

Artículo 65: Si una de las partes o su agente reconoce claramente los hechos del caso declarados por la otra parte dentro del alcance de la autoridad de la agencia durante la audiencia judicial, el tribunal popular podrá confirmarlo. A menos que haya pruebas suficientes para revocarlo.

Artículo 66: En el litigio administrativo de indemnización, cuando el Tribunal Popular presida la mediación, la identificación de los hechos del caso por las partes para llegar a un acuerdo de mediación no podrá utilizarse como prueba en su contra en posteriores litigio.

Artículo 67: A falta de influencia externa, si la prueba aportada por una parte es claramente reconocida por la otra, podrá determinarse el efecto probatorio de la prueba, pero la otra parte no podrá aportarla; Prueba suficiente, si es refutada, el efecto probatorio de la prueba podrá determinarse con base en las circunstancias de todo el caso.

Artículo 68 El tribunal podrá determinar directamente los siguientes hechos:

(1) Hechos notorios;

(2) Leyes y teoremas naturales;

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(3) Hechos presuntos conforme a ley;

(4) Hechos que han sido probados conforme a ley;

( 5) Hechos inferidos de las leyes de la experiencia de la vida diaria.

Puntos (1), (3), (4) y (5) del párrafo anterior, salvo que el interesado tuviere prueba en contrario que sea suficiente para revocarlo.

Artículo 69: Si el demandante tiene pruebas que demuestran que las pruebas en poder del demandado son beneficiosas para el demandante, y el demandado se niega a proporcionarlas sin razones justificables, se puede presumir que la pretensión del demandante es establecido.

Artículo 70 Los hechos confirmados por el documento de sentencia efectiva del Tribunal Popular o el documento de sentencia de la institución arbitral podrán servir como base para la finalización del caso.

Sin embargo, si se descubre que existen problemas importantes con los hechos identificados en la sentencia o documento de resolución, el litigio se suspenderá y se reanudará después de la corrección mediante procedimientos legales.

Artículo 71 Las siguientes pruebas no pueden utilizarse por sí solas como base para finalizar un caso:

(1) Testimonio rendido por un menor que no sea proporcional a su edad y estado mental. estatus;

(2) Un testigo que tenga una relación familiar u otra relación cercana con la parte testificará a favor de la parte, o un testigo que tenga una relación desfavorable con la parte testificará en contra de la parte ;

(3) Debe comparecer ante el tribunal Testimonio de un testigo que no compareció ante el tribunal a declarar sin razones justificables;

(4) Es difícil identificar si el audio- material visual ha sido modificado;

(5) No se puede verificar con el original y las Copias o reproducciones originales;

(6) Materiales de evidencia que han sido modificados por una de las partes o otros y rechazada por la otra parte;

(7) Otras pruebas que no pueden utilizarse por sí solas como base para finalizar el caso.

Artículo 72: Si el tribunal puede identificar la prueba que ha sido contrainterrogada en el tribunal, la identificará en el tribunal; si no puede identificarse en el tribunal, lo hará en la sala colegiada.

El tribunal popular debe aclarar las razones de la admisibilidad de la prueba en el documento de sentencia.

Artículo 73 Si el tribunal descubre un error en la prueba presentada ante el tribunal, podrá corregirlo de las siguientes maneras:

(1) Si se descubre un error antes del final del juicio juicio, se volverá a determinar;

(2) Si se descubre un error después del juicio o antes de que se dicte sentencia, se corregirá en el documento de sentencia y se explicarán los motivos, o se podrá celebrar una audiencia separada para determinar el error;

(3) Hay nuevos materiales de prueba que pueden revocar las pruebas que han sido identificadas y requerir un nuevo juicio.

Disposiciones complementarias para los verbos intransitivos

Artículo 74 La seguridad personal y patrimonial de los testigos, tasadores y sus familiares próximos estará protegida por la ley.

El Tribunal Popular mantendrá confidenciales las direcciones y la información de contacto de los testigos y tasadores.

Artículo 75 Los gastos razonables para que los testigos o tasadores comparezcan ante el tribunal a declarar o aceptar el interrogatorio serán pagados por adelantado por la parte que proporcione los testigos o tasadores y correrán a cargo de la parte perdedora.

Artículo 76 Si los testigos o peritos dan falso testimonio, serán considerados legalmente responsables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, párrafo 1, inciso 2, de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Artículo 77 Si un litigante u otra persona amenaza, insulta, golpea, acosa o toma represalias contra un juez, testigo, tasador, examinador o sus familiares cercanos, será procesado de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo. La responsabilidad legal se perseguirá conforme a lo dispuesto en los puntos (3), (5) y (6) del apartado 1 del artículo 49.

Artículo 78. Colaborar con otros.