¿Cuáles son las especificaciones para el diseño de hardware en jardines de infancia?
Grandes: de 10 a 12 clases. Mediano: 6 a 9 clases. Pequeño: Menos de 5 clases.
II. El tamaño de una escuela infantil independiente no debe exceder de 5 clases.
3. Número de personas por clase en guarderías y jardines de infancia:
1. Guardería: Hay de 15 a 20 personas en la clase de guardería y las clases pequeñas y medianas en la guardería, y de 21 a 25 personas en la clase de guardería.
2. Jardín de infantes: de 20 a 25 estudiantes en clase pequeña, de 26 a 30 estudiantes en clase media y de 31 a 35 estudiantes en clase grande.
Artículo 2.1.1 Las guarderías y jardines de infancia con más de cuatro clases deben tener bases de construcción independientes y su distribución debe estar razonablemente dispuesta de acuerdo con las condiciones de construcción de las ciudades y las zonas industriales y mineras. Cuando la escala de las guarderías y jardines de infancia sea inferior a tres clases, también pueden instalarse en la planta baja de edificios residenciales, pero deben tener entradas y salidas independientes, correspondientes lugares para actividades al aire libre e instalaciones de protección de seguridad.
Artículo 2.2.3 Los lugares para actividades al aire libre en guarderías y jardines de infancia deben cumplir los siguientes requisitos:
En primer lugar, cada clase debe tener un lugar exclusivo para actividades al aire libre. El área de juegos para cada clase no será inferior a 60 metros cuadrados. Se deben tomar medidas para separar el patio de recreo.
En segundo lugar, hay un área de juegos al aire libre en todo el parque, y su área no debe ser menor que la siguiente fórmula:
Área de juegos al aire libre (m2) = 180 20 (N- 1 )
Nota: 1, 180, 20 y 1 son constantes y N es el número de clases (las clases de lácteos no están incluidas).
2. Para las instalaciones al aire libre, junto con el parque infantil, se debe considerar la instalación de equipos de juego, una pista de 30 m, una piscina de arena, un lavabo y una piscina infantil con una profundidad de almacenamiento de agua de no más de 0,3 m.
Artículo 3.1.4 Queda terminantemente prohibido ubicar la sala de estar de los niños en el sótano o semisótano.
Artículo 3.1.5 La altura libre interior de la sala de estar no debe ser inferior a los requisitos de la Tabla 3.1.5.
Las salas de actividades, dormitorios y salas de enfermería tienen 2,8 m; las salas de sonido y actividad física tienen 3,6 m
Artículo 3.1.7 Las salas de estar de las guarderías y jardines de infancia deben estar dispuestas en el mejor dirección local de luz solar, y Para cumplir con el requisito de no menos de 3 horas de luz solar plena en la parte inferior de la ventana en el solsticio de invierno, las salas de estar en áreas cálidas y calientes deben evitar mirar hacia el oeste; de lo contrario, se deben instalar instalaciones de sombrillas.
Artículo 3.1.8 La relación entre el área de las ventanas laterales de iluminación del edificio y el área del edificio no deberá ser inferior a 1/5 de la sala de actividades, sala de actividades de música, deportes y belleza. y sala de enfermería como se muestra en la tabla Dormitorio, sala de enfermería, sala de atención médica, sala de aislamiento 1/6 Otras habitaciones 1/8
Artículo 3.1.9 Área de iluminación interior permitida 1.9 Sala de actividades musicales y deportivas, actividades habitación, dormitorio, sala de aislamiento. El nivel de ruido interior permitido no debe exceder los 50 dB, y las paredes divisorias y los pisos deben estar protegidos de la luz. 50 dB, el aislamiento acústico ponderado (RW) del sonido aéreo de las paredes divisorias y los pisos no debe ser inferior a 40 dB, y el nivel de presión del sonido de impacto normalizado ponderado (LnT, W) del piso no debe ser superior a 75 dB.
Artículo 3.2.3 La profundidad de una sala de actividades con iluminación unilateral no deberá ser superior a 6,60 m.
Artículo 3.2.3 La profundidad de una sala de actividades con iluminación unilateral no debe ser superior a 6,60 m. La sala de actividades en la planta baja debe estar equipada con un balcón o terraza para actividades al aire libre. no debe bloquear la luz del sol en la sala de estar de la planta baja.
Artículo 3.2.4 Los baños infantiles deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I.
1. El baño debe estar cerca de la sala de actividades y del dormitorio. El baño y el baño deben estar separados o divididos y deben tener ventilación directa.
2. La altura del lavabo es de 0,50~0,55 m, el ancho es de 0,40~0,45 m y el espacio entre grifos es de 0,35~0,4 m.
3. Independientemente de si se utiliza un inodoro empotrado o uno en cuclillas, debe haber una partición superior de 1,2 m de altura y pasamanos adicionales para los niños. El tamaño plano de cada inodoro es de 0,80 mx 0,70 m, el ancho de la ranura del inodoro de cubeta es de 0,16 ~ 0,18 m y la altura del inodoro es de 0,25 ~ 0,30 m.
Artículo 3.2.5 El número de equipos sanitarios en cada aula no deberá ser inferior al especificado en la Tabla 3.2.5.
Tanque de aguas residuales (1) Sanitarios/bebederos (4) Urinarios (4) Baños (6 a 8) Duchas (2)
Capítulo 3.3 El jardín de infancia se divide en clases de lactancia y. clases de guardería. La distribución de la sala y el área de uso mínimo de la clase de enfermería deben cumplir con las disposiciones de la Tabla 3.3.1. El área y las regulaciones pertinentes de la sala de estar de la clase de guardería son las mismas que las del jardín de infantes. Sala de lactancia 50 m2 Sala de lactancia 15 m2 Sala de lactancia 8 m2 Baño 10 m2 Depósito 6 m2
Artículo 3.3.4 El baño de la clase de enfermería deberá estar equipado con dos lavabos, una piscina de aguas residuales y un baño infantil. (que también sirve como Vierta la piscina).
Artículo 3.6.2 Las guarderías y las salas de estar de los jardines de infancia no deben ubicarse en edificios con clasificación de resistencia al fuego de primer o segundo nivel y no deben ubicarse en el cuarto piso o superior de edificios con clasificación de resistencia al fuego ***; no deben ubicarse en edificios de tres o más pisos. Los edificios de más de tres pisos con nivel cuatro de resistencia al fuego no deben exceder un piso. Los techos planos pueden servir como refugios seguros y lugares para actividades al aire libre, pero deben estar protegidos.
Artículo 3.6.3 El ancho libre del corredor en el edificio principal no deberá ser menor que los requisitos de la Tabla 3.6.3.
Salón 1,8M (sala de distribución a doble cara) 1,5M (sala de distribución a una cara o pasillo exterior) Cuarto de suministros de servicio 1,5M (sala de distribución a doble cara) 1,3M (sala de distribución a una cara) o corredor exterior) Corredor)
Artículo 3.6.4 No es apropiado establecer escalones en los pasillos donde los niños puedan evacuar de manera segura y entrar y salir con frecuencia. Si es necesario se podrán disponer rampas antideslizantes cuya pendiente no deberá ser superior a 1:12.
Artículo 3.6.5 Los pasamanos, barandillas y peldaños de las escaleras deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1 Además de los pasamanos de adultos en las escaleras, también deberán estar en ellos. la pared del lado del niño Al instalar los pasamanos, su altura no debe ser superior a 0,60 m.
En segundo lugar, la distancia libre entre las líneas verticales de las barandillas de la escalera no debe ser superior a 0,11 m. Cuando el ancho libre del hueco de la escalera sea superior a 0,20m se deberán tomar medidas de seguridad.
3. La altura de los escalones de la escalera no debe ser superior a 0,15 m y el ancho no debe ser inferior a 0,26 m.
4. Las escaleras de evacuación de seguridad al aire libre instaladas en zonas muy frías y frías deben tener medidas antideslizantes.
Artículo 3.7.2 Las entradas y salidas principales de los edificios principales en áreas extremadamente frías y frías deben estar equipadas con puertas tipo parabrisas, y la distancia entre centros de las puertas dobles no debe ser inferior a 1,6 m. Los niños que entran y salen con frecuencia deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Los vidrios frágiles no deben instalarse dentro de un rango de altura de 0,60 a 1,20 m del suelo. 2. A una distancia de 0,70 m del suelo se deberán instalar asideros especiales para niños. 4. No se deben instalar hojas de puerta ni puertas con resorte.
Artículo 3.7.3 Las ventanas exteriores deberán cumplir los siguientes requisitos
1. La altura del alféizar de las ventanas de las salas de actividades y de las salas de actividades musicales, deportivas y de belleza no deberá ser superior a 0,60 m del suelo. Las ventanas abatibles no deben instalarse a 1,30 m del suelo. Se deben instalar barandillas en suelos sin balcones exteriores.
2. Todas las ventanas exteriores deben tener malla. Las ventanas de las salas de actividades, dormitorios, salas de música, deportes y actividades artísticas y salas de aislamiento deben tener instalaciones para protegerse del sol.
Artículo 3.7.4 La altura libre de las barandillas de balcones y plataformas de tejados no deberá ser inferior a 1,20 m, y no deberán existir apoyos en su interior.
Artículo 3.7.5 Las paredes exteriores de menos de 1,30 m con las que los niños suelen entrar en contacto no deben ser rugosas. Las paredes interiores deben estar hechas de materiales lisos y fáciles de limpiar. , bordes verticales de ventanas, etc. deben tener bordes y esquinas. Las piezas deben tener pequeñas esquinas redondeadas.
Artículo 4.2.1 Las guarderías y jardines de infancia dentro de la zona de calefacción deberán utilizar agua caliente a baja temperatura para calefacción centralizada. La temperatura del medio de calentamiento no debe exceder los 95~70 ℃. Se deben proteger los radiadores de las salas de actividades infantiles. Cuando se calienta una casa con una caldera de pared y un cortafuegos debajo del segundo piso que no tiene condiciones de calefacción central, se deben tomar ventilación, extracción de humos y otras medidas por encima del techo.
Artículo 4.3.2 Las salas de actividades, salas de enfermería, salas de música, deportes y actividades de belleza, salas de atención médica, salas de aislamiento y salas de oficina deben utilizar lámparas con fuente de luz de color diurno, y se pueden utilizar lámparas incandescentes en otros lugares. Cuando se utiliza iluminación fluorescente, se debe minimizar el impacto del efecto estroboscópico. Se pueden instalar lámparas ultravioleta en salas médicas y guarderías.
Artículo 4.3.3 El estándar de iluminación no deberá ser inferior al especificado en la Tabla 4.3.3.
Sala de actividades, sala de actividades de música, deportes y belleza, sala de lactancia 150 LX Sala de atención médica, sala de aislamiento, oficina 100 LX
Dormitorio, sala de lactancia, sala de lactancia, cocina 75 LX aseo, cuarto de lavado 30 LX
Vestíbulo, sala de combustión, cuarto de almacenamiento 20 LX
Artículo 4.3.3 El estándar de iluminación no deberá ser inferior al especificado en la Tabla 4.3. 3.4 Las salas de actividades y salas de actividades de audio, deportes y belleza podrán reservar tomas de antena de TV según sea necesario y estar equipadas con tomas de corriente con orificios de puesta a tierra, sellado seguro y una altura de instalación no inferior a 1,70 metros.
"Código para el diseño arquitectónico de escuelas primarias y secundarias" GBJ 99-86
La selección del sitio escolar en la Sección 2.1 debe cumplir con las siguientes disposiciones:
3. La enseñanza principal de la escuela La distancia entre la fachada exterior del edificio y la vía férrea no debe ser inferior a 300 m, la distancia a la acera en el mismo lado de la carretera con un flujo de vehículos de motor de más de 270 vehículos por hora; no debe ser inferior a 80 m. Cuando es inferior a 80 m, la distancia a la acera no debe ser inferior a 80 m. Cuando es inferior a 80 m, la distancia al borde de la carretera no debe ser inferior a 80 m. 80m Cuando sea inferior a 80m se deberán tomar medidas eficaces de aislamiento acústico.
5. No se permiten líneas aéreas de transmisión de alto voltaje en el campus.
6. El radio de servicio de las escuelas intermedias no debe ser superior a 1000 m; el radio de servicio de las escuelas primarias no debe ser superior a 500 m. Los estudiantes diurnos no deben cruzar vías arteriales, carreteras ni ferrocarriles urbanos. Las escuelas con residencias para estudiantes están exentas de esta restricción.
Artículo 2.2.2 El diseño de los terrenos de construcción escolar deberá cumplir con las siguientes normas:
I. La proporción de superficie de los edificios escolares se puede determinar en función de la naturaleza de la escuela, el terreno de construcción y el área de construcción. Las escuelas primarias no deben ser superiores a 0,8; las escuelas intermedias no deben ser superiores a 0,9; los profesores de escuelas intermedias y los profesores de jardín de infantes no deben ser superiores a 0,7.
Artículo 2.2.3 El diseño de los recintos deportivos escolares deberá cumplir con las siguientes normas:
Los recintos deportivos deberán poder albergar a todos los estudiantes del colegio para realizar ejercicios de recreo en el mismo tiempo.
2. Las instalaciones deportivas escolares deberán cumplir con lo establecido en la Tabla 2.2.3:
3. Deberá haber una cancha de baloncesto o de voleibol por cada seis clases.
4. El eje longitudinal del campo de atletismo debe estar dispuesto en dirección norte-sur y el lugar debe ser un lugar flexible.
V. Los colegios con condiciones adecuadas deberán instalar piscinas.
Artículo 2.2.4 Área de espacios verdes escolares: el área de espacios verdes para maestros de escuela media y maestros de jardín de infantes no debe ser inferior a 2 m2 por estudiante, el área para cada estudiante de escuela media no debe ser menor; menos de 1 m2; el área de espacio verde para estudiantes de primaria no debe ser inferior a 0,5 m2.
Artículo 2.3.5 No procede abrir vías arteriales que conduzcan a localidades o vías con un tránsito de vehículos de motor superior a 300 vehículos por hora en la puerta de la escuela. Debería haber una distancia de seguridad en la puerta de la escuela.
Artículo 2.3.6 El espaciamiento entre edificaciones deberá cumplir con las siguientes normas:
I. Las salas de enseñanza deben tener una buena ventilación natural.
2. La luz solar total desde la ventana de la planta baja de un aula ordinaria orientada al sur en el solsticio de invierno no debe ser inferior a 2 horas.
3. La distancia entre dos hileras de aulas en sus lados mayores no deberá ser inferior a 25m. La distancia entre el lado largo del aula y el campo deportivo no deberá ser inferior a 25m.
Artículo 3.2.1 La disposición de los pupitres y sillas del aula deberá cumplir con las siguientes normas:
Artículo 3.2.2 Pupitres en el aula La disposición de sillas debe cumplir con las siguientes normas:
Artículo 3.2.2 La disposición de pupitres y sillas en el aula debe cumplir con las siguientes normas 1. El espacio entre filas de pupitres y sillas deben cumplir las siguientes normas:
1: La distancia entre pupitres y sillas no debe ser inferior a 850 mm en las escuelas primarias y 900 mm en las escuelas secundarias; el ancho del pasillo longitudinal no debe ser inferior; menos de 550 mm. La distancia libre entre el escritorio y ambos extremos de la pared (o las columnas de la pared y los tubos del equipo que sobresalen de la pared) no debe ser inferior a 120 mm.
2. El ángulo de visión horizontal formado por el lado del asiento del estudiante de la primera fila y el extremo más alejado de la pizarra no debe ser inferior a 30°.
3. La distancia horizontal entre la primera fila de pupitres del aula y el pizarrón no debe ser inferior a 2000 mm; la distancia horizontal entre la última fila de pupitres del aula y el pizarrón no debe ser mayor; de 8000 mm en las escuelas primarias y de 8500 mm en las escuelas secundarias. Aulas Se deberá disponer de un pasillo transversal de no menos de 600 mm en la parte trasera.
Artículo 3.2.3 El diseño del pizarrón deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Tamaño de la pizarra: la altura no debe ser inferior a 1000 mm, el ancho: no debe ser inferior a 3600 mm para las escuelas primarias y 4000 mm para las escuelas secundarias.
2. La distancia vertical entre el borde inferior de la pizarra y el podio: la escuela primaria debe ser de 800 a 900 mm; la escuela secundaria debe ser de 1000 a 1100 mm.
3. La superficie de la pizarra debe estar hecha de un material mate resistente al desgaste.
Artículo 3.2.4 La distancia horizontal entre ambos extremos del podio y el borde de la pizarra no debe ser inferior a 200 mm, el ancho no debe ser inferior a 650 mm y la altura debe ser de 200 mm.
Artículo 3.3.2 Las dimensiones del banco experimental deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Para una mesa experimental de química, física y biología de dos personas de una sola cara, la longitud ocupada por cada estudiante no debe ser inferior a 600 mm.
Para una mesa experimental de física de doble cara para dos o cuatro personas, la longitud ocupada por cada estudiante no debe ser inferior a 750 mm; el ancho de la mesa experimental no debe ser inferior a 900 mm.
En tercer lugar, para las mesas experimentales de química y biología tipo isla, la longitud ocupada por cada estudiante no debe ser inferior a 600 mm; el ancho de la mesa experimental no debe ser inferior a 1250 mm.
En cuarto lugar, la longitud de la mesa de demostración del profesor no debe ser inferior a 2400 mm y el ancho no debe ser inferior a 600 mm.
Artículo 3.3.3 La distribución interior del laboratorio deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. La distancia horizontal entre el borde frontal de la primera fila de mesas experimentales y el pizarrón no debe ser inferior a 2500 mm, y el ángulo de visión horizontal formado por los asientos laterales de los estudiantes y el otro extremo del pizarrón no debe ser inferior a 30°. .
El borde posterior de la última fila de mesas experimentales no debe estar a menos de 1200 mm de la pared trasera; la distancia horizontal desde el pizarrón no debe ser mayor a 11000 mm.
2. La distancia libre entre dos mesas experimentales: cuando dos personas operan en un lado, no debe ser inferior a 600 mm; cuando cuatro personas operan en ambos lados, no debe ser inferior a 1300 mm; ; cuando cuatro o más personas estén operando en ambos lados, no debe ser inferior a 1500 mm.
3. La distancia entre el borde medio y frontal de la mesa experimental y la pizarra no debe ser inferior a 2500 mm.
3. La distancia libre del pasillo longitudinal medio: cuando dos personas operan en un lado, no debe ser inferior a 600 mm; cuando cuatro personas operan en ambos lados, no debe ser inferior a 900 mm.
4. Mesa experimental La distancia libre entre el extremo y la pared (o las columnas de la pared interior y los tubos del equipo que sobresalen de la pared) no deberá ser inferior a 550 mm.
Artículo 3.6 .2 El diseño del estudio de danza deberá cumplir con las siguientes normas:
I. El número de usuarios en cada aula no deberá exceder las 20 personas.
2. En una pared horizontal del aula que sea perpendicular a la ventana de iluminación, se debe instalar un espejo largo con una altura no inferior a 2100 mm (incluida la base del espejo). Las tres paredes interiores restantes deben estar equipadas con manillares elevables con una altura no inferior a 900 mm, y la distancia entre los manillares y la pared no debe ser inferior a 400 mm.
3. el alféizar de la ventana no debe ser inferior a 900 mm, ni superior a 1200 mm.
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Artículo 3.7.3 La disposición de la mesa de estudio china deberá cumplir con las siguientes disposiciones: p>
Artículo 3.
Artículo 3.7.3 La disposición de la mesa de estudio china deberá cumplir con las siguientes disposiciones Normativas:
Artículo 3.7.4 Al montar una consola en el aula, la distancia entre el borde frontal de la primera fila de pupitres de aprendizaje de chino y la pared frontal no debe ser inferior a 2500 mm.
2. El ancho de los pasillos longitudinales no debe ser inferior a 600 mm; el ancho de los pasillos transversales en la parte trasera de las aulas no debe ser inferior a 600 mm.
III. La distancia libre entre el extremo de la mesa de aprendizaje de idiomas y la pared (o los pilares de la pared o los tubos del equipo que sobresalen de la pared) no debe ser inferior a 120 mm. La distancia libre entre los escritorios de estudio chinos delanteros y traseros no debe ser inferior a 600 mm.
Artículo 3.9.1 El área del aula combinada deberá poder albergar a estudiantes de un mismo grado y también podrá utilizarse como aula audiovisual.
Artículo 3.9.4 La disposición de las aulas combinadas deberá ajustarse a las siguientes normas:
1 La distancia entre la primera fila de pupitres del aula y el borde frontal del pizarrón. no debe ser inferior a 2500 mm. La distancia entre una fila de escritorios y el borde posterior de la pizarra no debe ser superior a 18 000 mm;
2. El ángulo de visión horizontal formado entre el lado del asiento del estudiante de la primera fila y el extremo más alejado de la pizarra no debe ser inferior a 30°.
3. La distancia entre los asientos: la escuela primaria no debe ser inferior a 800 mm, los profesores de secundaria, secundaria y jardín de infantes no deben ser inferiores a 850 mm.
4. Ancho del pasillo: El ancho neto de los pasillos longitudinales y transversales no debe ser inferior a 900 mm cuando haya un pasillo intermedio y un pasillo longitudinal contra la pared, el ancho del pasillo longitudinal contra; la pared no debe tener menos de 550 mm.
5. El ancho del asiento no debe ser inferior a 450~500 mm. Se deben arreglar los escritorios y sillas de las aulas. Los escritorios y sillas deben usar sillas plegables.
Artículo 3.11.2 El diseño de la sala de lectura deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I.
1. La sala de lectura debe estar habilitada en un lugar tranquilo y convenientemente comunicado con la sala de enseñanza.
2. Las salas de lectura para profesores y las salas de lectura para estudiantes deben configurarse por separado.
3. El número de asientos en la sala de lectura de los profesores debe ser 1/3 del número de profesores de la escuela.
4. El número de asientos en la sala de lectura de los estudiantes debe ser 1/20 del número de estudiantes de las escuelas primarias y 1/12 del número de estudiantes de las escuelas intermedias; número de estudiantes en escuelas medias y maestros de jardín de infantes.
El artículo 3.11.3 deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
Artículo 3.11.3 El diseño de la biblioteca deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
1.
I. El número de libros en la escuela primaria debe calcularse entre 20 y 30 libros por estudiante; el número de libros por metro cuadrado debe ser entre 500 y 700.
2. La cantidad de libros en las escuelas secundarias se calcula en 30-40 libros por estudiante, y la cantidad de libros por metro cuadrado es 500-600.
3. La cantidad de libros recolectados por los maestros de secundaria y jardín de infantes debe calcularse como 80-100 libros por estudiante; la cantidad de libros por metro cuadrado debe ser 400-500.
4. El diseño de la librería debe tomar medidas como ventilación, protección contra incendios, protección contra humedad, protección contra roedores y protección solar.
Artículo 4.2.2 Se deberán proporcionar baños en cada piso del edificio docente.
Artículo 4.2.3 Los baños del personal deben estar separados de los baños de los estudiantes. Cuando el centro del campo deportivo escolar esté a más de 90 m del baño más cercano en el edificio de enseñanza, se puede instalar un baño al aire libre, y su área debe calcularse como 15 del número total de estudiantes.
Artículo 4.2.6 El número de utensilios sanitarios en los baños escolares deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. En los baños para estudiantes en los edificios de enseñanza de la escuela primaria, las niñas deben tener un baño (o un urinario de 1000 mm de largo) por cada 20 personas; los niños deben tener un baño (o un urinario de 1000 mm de largo) y un urinario de 1000 mm de largo por cada 40 personas. urinario.
2. En los baños para estudiantes en los edificios de enseñanza de las escuelas secundarias, escuelas intermedias y jardines de infancia, las niñas deben estar equipadas con un baño (o un baño de 1100 mm de largo) por cada 25 personas; WC (o WC de 1100 mm de largo) por cada 50 personas (WC de largo) y urinario de 1000 mm de largo.
Artículo 4.2.8 El edificio docente deberá contar con estaciones de agua potable en diferentes niveles. Se deberá disponer de un bebedero por cada 50 personas.
Artículo 4.2.11 Las residencias de estudiantes no deben construirse junto con edificios de enseñanza. Los dormitorios de niños y niñas deben organizarse en zonas y unidades, y no deben configurarse en capas. Las entradas y salidas deben configurarse por separado.
Artículo 4.2.12 Los dormitorios de estudiantes deben tener espacio de almacenamiento y el número de residentes en cada dormitorio no debe exceder de 7 a 8 personas.
Artículo 5.1.1 Los indicadores de área de los edificios principales del colegio deberán cumplir con lo establecido en la Tabla 5.1.1.
Aula ordinaria de escuela primaria 1,10 m2; escuela secundaria 1,12 m2; maestra de escuela secundaria 1,37 m2; maestra de jardín de infantes 1,37 m2;
Escuela primaria de laboratorio----m2; ; maestro de escuela media 2,00 m2; maestros de jardín de infantes 2,00 m2;
Artículo 5.1.6 El área utilizada por los dormitorios de estudiantes de maestros de escuela media, maestros de escuela secundaria y maestros de jardín de infantes se calcula en 2,7 m2 por cama.
El área útil del trastero en la residencia de estudiantes se calcula en 0,10~0,12 m2 por estudiante.
Artículo 5.2.1 El edificio docente de escuela primaria no deberá exceder de cuatro pisos; el edificio docente de escuela media, docente de secundaria y docente de jardín de infantes no deberá exceder de cinco pisos.
Artículo 5.2.2 La altura libre de los salones de la escuela principal debe cumplir con lo establecido en la Tabla 5.2.2:
Las aulas de la escuela primaria son de 3,1 m para las escuelas intermedias; los maestros de escuela y los maestros de jardín de infantes son 3,4 m; el laboratorio 3,4 m; el estudio de danza 4,5 m; la sala auxiliar 3,1 m; la oficina y la sala de servicio 2,8 m
Artículo 5.3.2 El diseño de las ventanas de la sala de enseñanza deberá cumplir con las siguientes normas:
I. La altura del alféizar de las ventanas de las aulas y laboratorios no debe ser inferior a 800 mm ni superior a 1000 mm
II.
2 Las aulas y laboratorios deben tener un pasillo exterior y un pasillo interior Ventana lateral. Sin embargo, la distancia desde el suelo debe ser de 2000 mm y la configuración de las ventanas no debe afectar el uso de las aulas, el ancho de los pasillos ni la seguridad de los pasajes.
3. El ancho de la pared entre las ventanas del aula y del laboratorio no debe ser superior a 1200 mm.
Artículo 6.1.2 En zonas frías o ventosas y arenosas se deberán instalar cortavientos o puertas dobles en la entrada al vestíbulo del edificio docente.
Artículo 6.2.1 El ancho libre del corredor en el edificio docente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Sala de enseñanza: el pasillo interior no debe tener menos de 2100 mm; el pasillo exterior no debe tener menos de 1800 mm.
Artículo 6.2.3 El pasillo exterior no deberá tener menos de 1500mm.
Artículo 6.2.3 El pasillo exterior no deberá tener menos de 1500mm. 6.2.3 La altura de las barandillas (o barandillas) del pasillo exterior no debe ser inferior a 1100 mm. Las barandillas no deben utilizar celosías que sean fáciles de trepar.
Artículo 6.3.2 Las escaleras no deberán utilizar peldaños en espiral o en forma de abanico.
El número de escalones de cada escalera no debe ser mayor a 18 escalones, ni inferior a 3 escalones. No debe haber paredes divisorias que bloqueen la línea de visión entre las secciones de las escaleras. La pendiente de las escaleras no debe ser superior a 30°
Artículo 6.3.3 Las escaleras con un ancho libre superior a 3000 mm deben estar equipadas con pasamanos intermedios.
Artículo 6.3.4 El ancho del hueco de la escalera no deberá ser mayor a 200 mm. Cuando sea superior a 200 mm se deben tomar medidas de seguridad.
Artículo 6.3.5 La altura de las barandillas (o barandillas) de las escaleras interiores no debe ser inferior a 900 mm. La altura de las barandillas (o barandillas) horizontales de las escaleras exteriores no debe ser inferior a 1100 mm.
No se deben utilizar escaleras. Se deben utilizar barandillas de rejilla fáciles de subir.
Artículo 6.4.1 El ancho de la abertura de la puerta de la salida de seguridad del aula no debe ser inferior a 1000 mm. El ancho de la abertura de la puerta del aula no debe ser inferior a 1500 mm.
Artículo 7.1.2 La iluminación en el salón de clases debe ser desde el lado izquierdo de los asientos de los estudiantes. Inicio; cuando el lado sur del salón de clases es el pasillo y el lado norte es el salón de clases, la ventana norte debe ser la superficie de iluminación principal.
Artículo 7.2.2 La iluminación promedio de la superficie o piso de trabajo del aula no deberá ser inferior a lo establecido en la Tabla 7.2.2, y su uniformidad de iluminación no deberá ser inferior a 0,7.
Aula de informática, aula de arte, sala de lectura 200LX
Aula de piano, aula de baile, oficina, sala de salud 150LX
Aula general, caligrafía, chino, historia de la música Aula terrestre y integral 150LX
Parque infantil para viento y lluvia 100LX
Área para beber, baño, pasillo, hueco de escalera 20LX
Artículo 7.2.3 El pizarrón de la escuela debe estar de acuerdo con los ajustes especificados en la Tabla 7.2.2. 2.3 El pizarrón del aula deberá estar equipado con una iluminación de pizarrón. La iluminación vertical promedio no será inferior a 200 lx y la uniformidad de iluminación en la superficie de la pizarra no será inferior a 0,7
La lámpara de la pizarra no producirá deslumbramiento directo a profesores y estudiantes.
Artículo 7.2.5 No se deben utilizar luces desnudas en las aulas. La altura mínima para colgar la lámpara desde la mesa no debe ser inferior a 1,7 m (excepto en salas de conferencias). La disposición de la iluminación debe ser perpendicular al eje longitudinal de la disposición de la pizarra.