Nuevas leyes de publicidad: publicidad de bebidas alcohólicas
Hola, respecto a la publicidad de bebidas alcohólicas, según el segundo punto del artículo 23 de la Nueva Ley de Publicidad: No se permite beber en la publicidad de bebidas alcohólicas. Además, no se menciona que no deberían haber escenas de brindis y tintineo de vasos. Espero que sea adoptado.
Extensión:
Artículo 23 Los anuncios de bebidas alcohólicas no podrán contener el siguiente contenido:
(1) Inducir, incentivar o fomentar el consumo excesivo;
(2) Beber alcohol;
(3) Actuaciones de conducción de automóviles, barcos, aviones, etc.
(4) Expresar o insinuar que beber alcohol puede eliminar la tensión y ansiedad, aumenta la fuerza física y otros efectos.