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¿A qué cuenta se deben cargar los gastos de publicidad? Asientos contables adicionales

Los gastos incurridos por una empresa en la distribución de materiales promocionales, souvenirs, etc. para promocionar productos entran dentro de la categoría de gastos de promoción. ¿Qué temas se deben calcular para los gastos de publicidad? ¿Cómo realizar asientos contables?

¿Qué temas están incluidos en los gastos de publicidad?

Los gastos de publicidad y promoción empresarial incurridos por una empresa en el proceso de venta de productos y prestación de servicios se registran como gastos del período en la cuenta "Gastos de Ventas" y se transfieren a la "Utilidad del Ejercicio". cuenta al final del período. La ley tributaria estipula que los honorarios de publicidad y los honorarios de promoción empresarial que excedan la proporción pueden trasladarse al año siguiente para su deducción, formando una diferencia temporal.

Se debita la cuenta de activo por impuesto a la renta diferido y se acredita la cuenta de gasto por impuesto a la renta diferido. Al deducir posteriormente, realizar el asiento opuesto para compensarlo, es decir debitar la cuenta de gasto por impuesto a la renta y acreditar a la cuenta de activo por impuesto a la renta diferido.

Los asientos contables relacionados con los gastos de promoción son los siguientes:

1. Los gastos de publicidad de los productos promocionales deben incluirse en la cuenta "Gastos de Ventas - Gastos de Publicidad".

Préstamo: gastos de ventas - gastos de publicidad

Impuestos a pagar - impuesto al valor agregado a pagar (impuesto soportado) los contribuyentes generales obtienen facturas especiales.

Crédito: Depósitos bancarios (otras cuentas por pagar, etc.)

2. Los gastos de publicidad para la promoción de la empresa deben incluirse en la contabilidad de "Gastos administrativos - gastos de publicidad".

Préstamo: comisión de gestión - comisión de publicidad

Impuesto a pagar - impuesto al valor agregado a pagar (impuesto soportado) los contribuyentes generales obtienen facturas especiales.

Crédito: Depósitos bancarios (otras cuentas por pagar, etc.)

3. Los honorarios de publicidad recaudados por las empresas de publicidad deben incluirse en la cuenta contable de "ingresos comerciales principales".

Débito: depósitos bancarios (cuentas por cobrar y otras cuentas)

Préstamo: ingresos del negocio principal

Impuestos por pagar - impuesto al valor agregado por pagar (impuesto sobre artículos de venta)

¿Se pueden deducir los gastos de publicidad antes de impuestos?

1. Para las empresas en general, se permite deducir la porción de los gastos de publicidad elegibles y los gastos de promoción comercial que no excedan el 15% de los ingresos por ventas (operativos) del año en curso, y se permite la porción excedente. a deducirse en ejercicios fiscales posteriores;

2. Para las empresas que fabrican o comercializan cosméticos, productos farmacéuticos y bebidas (excluidas las bebidas alcohólicas), los gastos de publicidad y promoción empresarial serán deducibles si no superan el 30% del total. los ingresos por ventas (operativos) del año; el exceso podrá trasladarse y deducirse en ejercicios fiscales futuros.

3. Para las empresas afiliadas que han firmado un acuerdo de participación en los gastos de publicidad y promoción comercial (en adelante, el acuerdo de participación), los gastos de publicidad y promoción comercial incurridos por una de las partes dentro de la deducción antes de impuestos. límite para los ingresos por ventas (comerciales) en el año en curso. Los gastos se pueden deducir dentro de la empresa, o parte o la totalidad de ellos se pueden cargar a la otra parte para su deducción basándose en un acuerdo de participación. Al calcular el límite de deducción antes de impuestos del impuesto sobre la renta empresarial para los honorarios de publicidad corporativa y los honorarios de promoción comercial, la otra parte puede excluir los honorarios de publicidad y los honorarios de promoción comercial cobrados a la empresa de acuerdo con el método anterior.

4. Los gastos de publicidad y promoción empresarial del tabaco de las empresas tabacaleras no se deducirán en el cálculo de la base imponible.

Base de la política:

Reglamento para la implementación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas

Anuncio del Ministerio de Finanzas y la Administración Estatal de Impuestos sobre asuntos relacionados con la deducción antes de impuestos de los honorarios de publicidad y de promoción empresarial (Anuncio N° 43 del Ministerio de Finanzas y Administración Estatal de Impuestos)