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El ámbito de aplicación de la tasa del 13% del impuesto al valor agregado

Hay muchos artículos a los que se aplica la tasa del 13%, incluidos alimentos, aceites vegetales comestibles, agua del grifo, calefacción, libros, diarios y revistas. El IVA se paga a una tasa del 13% cuando se venden estos artículos o se prestan servicios sujetos a impuestos.

Los servicios sujetos a la tasa impositiva del 13% incluyen la prestación de servicios de mecanizado, reparación y montaje, y la venta y arrendamiento de bienes muebles tangibles.

Además, la tasa impositiva del 13% también incluye la venta o importación de bienes (excepto aquellos sujetos a tasas impositivas bajas y tasas impositivas cero)

Entre ellos, las ventas de bienes sujetos a la tasa impositiva del 9% incluyen:

①Vender bienes;

②Vender bienes;

③Vender bienes;

④Vender bienes;

⑤Vender productos:

①Granos y otros productos agrícolas, aceite vegetal comestible, sal comestible

②Agua del grifo, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas de carbón, gas licuado de petróleo, gas natural, éter dimetílico, biogás, productos de carbón residencial;

③Libros, periódicos, revistas, productos de audio y vídeo, publicaciones electrónicas;

④Piensos, fertilizantes, pesticidas, maquinaria agrícola, películas agrícolas;

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⑤ Otros productos especificados por el Consejo de Estado.

La tasa del Impuesto al Valor Agregado es la proporción del Impuesto al Valor Agregado sobre las ventas de bienes o servicios gravables. Según el comportamiento imponible, se divide en tres tasas impositivas del 13%, 9% y 10%. 6% y dos tipos impositivos del 5% y la tasa de recaudación del expediente. El primero corresponde a los contribuyentes generales, y el segundo corresponde a los pequeños contribuyentes y a los contribuyentes generales sujetos a métodos simplificados de cálculo de impuestos.

(1) Para los contribuyentes que enajenen o importen bienes, salvo lo dispuesto en los incisos (2) y (3) de este artículo, la tasa del impuesto es del 17%. (2) La tasa impositiva para los contribuyentes que venden o importan los siguientes bienes es del 13%: 1. Cereales y aceite vegetal comestible 2. Agua del grifo, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, gas de carbón, gas licuado de petróleo, gas natural, biogás. y productos del carbón para uso residencial; 3. Libros, periódicos, revistas; 4. Piensos, fertilizantes, pesticidas, maquinaria agrícola, películas agrícolas; (3) La tasa impositiva para los contribuyentes que exportan bienes es cero a menos que el Consejo de Estado especifique lo contrario; (4) Contribuyentes que presten servicios de procesamiento, reparación y reposición (en adelante, servicios imponibles), la tasa impositiva es del 17%. Los ajustes a las tasas impositivas los determina el Consejo de Estado. Artículo 22 Lugar de pago del impuesto al valor agregado: (1) Los hogares con negocios fijos deberán declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal competente donde esté ubicada la institución. Si la oficina central y las sucursales no están en el mismo condado (ciudad), declararán y pagarán impuestos a las autoridades fiscales competentes en sus respectivas ubicaciones con la aprobación de las autoridades fiscales y financieras del Consejo de Estado o de las autoridades fiscales y financieras; autoridades autorizadas por el Consejo de Estado, la oficina central podrá presentar un informe consolidado a la oficina central. La autoridad fiscal local competente declara y paga los impuestos. (2) Los hogares con negocios fijos que venden bienes o servicios sujetos a impuestos en otros condados (ciudades) deben solicitar a las autoridades tributarias competentes donde está ubicada la institución la emisión de un "Certificado de Administración Tributaria para Actividades Comerciales en el Extranjero" y declarar impuestos a la agencia tributaria competente. autoridades donde está ubicada la institución; si no se emite ningún certificado, entonces la declaración de impuestos se hará a la autoridad fiscal en el lugar de venta o prestación del servicio si la declaración de impuestos no se hace a la autoridad fiscal en el lugar de venta o; prestación del servicio, la declaración del impuesto se realizará ante la autoridad fiscal donde esté ubicado el negocio. Si la empresa no declara los impuestos a las autoridades fiscales competentes en el lugar de venta o en el lugar donde se prestan los servicios, las autoridades fiscales del lugar donde esté ubicada la empresa compensarán el impuesto. (3) Cuando el propietario de un negocio no fijo venda bienes o servicios sujetos al impuesto, deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal encargada del lugar de venta o del lugar donde se preste el servicio si el propietario no declara y; pagar impuestos a la autoridad fiscal del lugar de venta o del lugar donde se realiza el servicio, la autoridad fiscal será responsable del lugar donde esté ubicado o donde resida. (4) Las mercancías importadas deben declararse y pagarse impuestos en la aduana. El agente retenedor deberá declarar y pagar el impuesto retenido ante la autoridad fiscal competente en el lugar de su establecimiento o residencia.

Para resumir, lo anterior es la respuesta del editor al alcance aplicable de la tasa del impuesto al valor agregado del 13%. Espero que sea útil para todos.

Base Legal

Artículo 2 del "Reglamento Provisional sobre el Impuesto al Valor Agregado" Tasas del Impuesto al Valor Agregado: (1) Los contribuyentes venden bienes, servicios, servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles o Bienes importados, salvo lo especificado en este artículo. Salvo disposición en contrario en los puntos 2, 4 y 5, la tasa impositiva es del 17%.

(2) La tasa del impuesto es del 11% para los contribuyentes que vendan la industria del transporte, industria postal, industria de telecomunicaciones básicas, industria de la construcción, servicios de arrendamiento de bienes raíces, vendan bienes inmuebles, transfieran derechos de uso de suelo, vendan o importen los siguientes bienes: 1.1. Cereales, aceites vegetales comestibles, sal comestible y otros productos agrícolas; 2. Agua del grifo, calefacción, agua fría y caliente, gas de carbón, gas licuado de petróleo, gas natural, éter dimetílico, biogás y productos de carbón para uso residencial; , periódicos, revistas, productos audiovisuales y publicaciones electrónicas 4 .Piensos, fertilizantes, pesticidas, maquinaria agrícola, películas agrícolas;