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Reglamento de gestión del alumbrado urbano de Tianjin

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la gestión del alumbrado urbano, mejorar el entorno de alumbrado urbano, promover la conservación de energía y garantizar el desarrollo económico y social coordinado, estas regulaciones se formulan con base en la situación real de esta ciudad. Artículo 2 Este reglamento se aplica a la planificación, construcción, operación, mantenimiento, supervisión y gestión del alumbrado urbano de esta ciudad. Artículo 3 El término "alumbrado urbano" mencionado en este reglamento se refiere a la iluminación funcional y la iluminación paisajística de vías urbanas, túneles, plazas, parques, espacios verdes públicos, lugares de interés y otros edificios y estructuras.

La iluminación funcional se refiere a la iluminación que utiliza iluminación artificial para garantizar la seguridad de las personas que viajan y realizan actividades al aire libre.

La iluminación paisajística se refiere a la iluminación exterior que utiliza luz artificial para decoración y embellecimiento.

Las instalaciones de alumbrado urbano mencionadas en este reglamento se refieren a cuartos de distribución, transformadores, cajas de distribución, postes de luz, lámparas, tuberías subterráneas, pozos de trabajo, sistemas de monitoreo y otros equipos e instalaciones auxiliares utilizados para el alumbrado urbano. Artículo 4 Las obras de alumbrado urbano de la ciudad seguirán los principios de planificación general, construcción simultánea, orientación a las personas, seguridad económica, conservación de energía y embellecimiento ambiental. Artículo 5 El departamento administrativo de jardines municipales será responsable del mantenimiento, supervisión y gestión de la iluminación funcional y de la planificación y construcción, mantenimiento, supervisión y gestión de la iluminación paisajística.

El departamento administrativo municipal de construcción y transporte es responsable de la construcción y gestión de instalaciones de iluminación funcional para proyectos de nueva construcción, reconstrucción y ampliación en esta ciudad.

Los departamentos municipales de desarrollo y reforma, planificación, finanzas, economía y tecnología de la información, carreteras municipales, gestión de suelo y vivienda, seguridad pública, cultura, radio, cine y televisión, turismo y otros departamentos pertinentes y distritales y Los gobiernos populares de los condados realizarán el trabajo pertinente de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 6 La construcción y el mantenimiento de instalaciones de alumbrado urbano deben dar prioridad al uso de productos de ahorro de energía de alta eficiencia, adoptar activamente tecnología de control de ahorro de energía y establecer y mejorar la zonificación, el tiempo compartido y el control de ahorro de energía de iluminación gradual. medidas.

Esta ciudad fomenta la aplicación de nuevas tecnologías, nuevos procesos, nuevos materiales y nuevas fuentes de luz en el alumbrado urbano para mejorar el contenido tecnológico y el gusto cultural del alumbrado urbano.

Los gobiernos populares municipales, distritales y de condado brindarán apoyo financiero para la renovación de instalaciones de iluminación de baja eficiencia y alto consumo de energía de acuerdo con las regulaciones nacionales y municipales pertinentes. Artículo 7 Esta ciudad fomenta el uso de fondos sociales en la construcción, operación y mantenimiento de instalaciones de alumbrado urbano. Capítulo 2 Planificación y Construcción Artículo 8 El departamento administrativo de apariencia y jardines de la ciudad, según el nivel de desarrollo económico y social de la ciudad y el plan general de la ciudad, trabajará con los departamentos relevantes, como construcción urbana, transporte y planificación, para organizar la preparación de un Plan especial de alumbrado urbano, y presentarlo al Gobierno Popular Municipal para su aprobación.

La planificación especial para el alumbrado urbano incluye:

(1) Proponer indicadores cuantitativos como la luminosidad del alumbrado urbano y el consumo de energía de acuerdo con las necesidades de alumbrado funcional urbano y alumbrado paisajístico;

(2) Determinar el efecto de iluminación de acuerdo con las diferentes zonas funcionales de la ciudad según el entorno geográfico natural, los recursos humanos y el nivel de desarrollo económico de la ciudad;

(3) Aclarar la ubicación y el alcance del paisaje iluminación. Artículo 9 Vías urbanas, plazas, estaciones, zonas residenciales, etc. Se debe proporcionar iluminación funcional. Artículo 10 Se deben instalar instalaciones de iluminación paisajística en las siguientes áreas:

(1) Edificios y estructuras a ambos lados de carreteras clave;

(2) Ríos y edificios principales del paisaje en ambos lados de los mismos, estructuras;

(3) Aeropuertos, puertos, muelles, estaciones, calles comerciales (distritos), puentes, torres de televisión, estadios (sedes), parques, plazas, atracciones turísticas y otros lugares de gran público. lugares;

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(4) Unidades clave de protección de reliquias culturales y edificios históricos;

(5) Instalaciones de publicidad exterior;

(6) Otras zonas que determine el plan especial de alumbrado urbano.

El alcance específico de las carreteras clave será determinado por el departamento administrativo de apariencia y jardines de la ciudad con base en el plan especial de iluminación urbana y anunciado al público. Artículo 11 Los departamentos administrativos de construcción municipales y del condado serán responsables de la construcción y gestión de instalaciones de iluminación funcional en proyectos de nueva construcción, reconstrucción y ampliación de acuerdo con el plan de construcción anual del municipio. Artículo 12 El departamento administrativo de paisajismo municipal, junto con los departamentos pertinentes, formulará un plan anual de construcción de instalaciones de iluminación paisajística de acuerdo con el plan especial de iluminación urbana, lo presentará al Gobierno Popular Municipal para su aprobación y organizará su implementación.

Los gobiernos populares de distrito y condado organizarán e implementarán planes específicos basados ​​en el plan anual de construcción de instalaciones de iluminación paisajística. Artículo 13 Cuando el departamento administrativo de planificación y construcción examina y aprueba un proyecto de construcción de acuerdo con la ley, también revisará el plan de iluminación de apoyo e invitará a participar al departamento administrativo de apariencia y jardines de la ciudad.

Artículo 14 La instalación de instalaciones de alumbrado urbano deberá cumplir los siguientes requisitos:

(1) Cumplir con los requisitos de planificación y las especificaciones y normas técnicas pertinentes;

(2) Cumplir con las normas de control de la contaminación lumínica, y cumplir con Coordinar con el entorno circundante;

(3) No afectará la seguridad pública ni la seguridad estructural de edificios y estructuras auxiliares;

(4) El estilo de iluminación y los efectos de iluminación No deben ser incompatibles con el tráfico rodado, aeropuertos, ferrocarriles y otras señales luminosas especiales que sean iguales o similares. Artículo 15 Cuando las instalaciones de alumbrado urbano se construyan como instalaciones de apoyo para proyectos de nueva construcción, reconstrucción o ampliación, la unidad de construcción deberá incluir las instalaciones de alumbrado urbano en el plan de diseño, diseñarlas, construirlas y ponerlas en uso al mismo tiempo que las proyecto principal, y los fondos requeridos se incluirán en la inversión total del proyecto de construcción.

La tasa de instalación de iluminación funcional en proyectos de vías urbanas nuevas, reconstruidas y ampliadas debería alcanzar el 100%. Artículo 16 Las unidades de estudio, diseño, construcción y supervisión de ingeniería de iluminación urbana deberán obtener las calificaciones correspondientes de acuerdo con la ley, y el personal profesional y técnico relevante deberá obtener las calificaciones profesionales correspondientes de acuerdo con la ley.