Red de conocimiento de recetas - Recetas gastronómicas - Contrato laboral de piloto de entrega de charlas

Contrato laboral de piloto de entrega de charlas

Análisis legal: En la actualidad, la industria de entrega de alimentos está en auge y hay muchos repartidores de alimentos. Para evitar responsabilidad legal, los empleadores a menudo no firman contratos laborales formales por escrito con los trabajadores de reparto de alimentos, o los reemplazan con contratos en forma de contratos laborales, contratos contractuales, etc. Una vez que un pasajero se ve involucrado en un accidente de tráfico, la plataforma de entrega de alimentos se niega a compensarlo alegando que tiene una relación laboral, lo que lleva a un aumento de este tipo de casos. En este sentido, se recomienda que las plataformas de entrega de alimentos establezcan un sistema de empleo estandarizado, firmen contratos laborales estandarizados con los repartidores de alimentos, realicen la capacitación en seguridad necesaria y paguen el seguro social y el correspondiente seguro de accidentes personales para los repartidores. Sólo mejorando el mecanismo de gestión se podrán minimizar los riesgos.

Base legal: Aviso del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en Materias Relativas al Establecimiento de Relaciones Laborales Artículo 1 Si el empleador no celebra contrato de trabajo por escrito, pero al mismo se cumplen las siguientes condiciones tiempo, se establece la relación laboral. (1) El empleador y los trabajadores cumplen con las calificaciones estipuladas en las leyes y reglamentos; (2) Los trabajadores aceptan la gestión laboral del empleador, realizan trabajos remunerados organizados por el empleador y aplican las normas y reglamentos laborales formulados por el empleador; empleador de conformidad con la ley; (3) El trabajo proporcionado por los trabajadores es parte integral del negocio del empleador.