Estaba trabajando en la cocina trasera de un pequeño restaurante, sirviendo bocadillos hasta altas horas de la noche, y accidentalmente fui apuñalado en la mano izquierda con unas tijeras. Me hicieron una cirugía menor para conectar un vaso sanguíneo, pero el tendón no resultó dañado en absoluto.
2. No firmar un contrato es en realidad un riesgo para el patrón, lo cual está claramente estipulado en la legislación laboral. Su situación es la de una relación contractual de facto. (La relación contractual de facto se refiere a la forma de transacción en la que ambas partes han cumplido sus obligaciones contractuales mediante acciones reales aunque no hayan firmado un acuerdo escrito.)
La relación laboral de facto se refiere a la situación en la que el empleador y el trabajador no han celebrado un contrato escrito. Según el contrato, la relación laboral se forma por el cumplimiento efectivo de los derechos y obligaciones laborales. Sus características son: los trabajadores proporcionan trabajo para el empleador, aceptan la gestión del empleador, respetan la disciplina laboral del empleador, reciben una remuneración laboral pagada por el empleador y están protegidos por el empleador. Por razones históricas y sistemas de empleo irregulares, en la práctica muchas unidades tienen problemas para establecer relaciones laborales sin firmar contratos escritos.
La “Ley de Contrato de Trabajo” estipula claramente que se debe celebrar un contrato de trabajo por escrito para establecer una relación laboral. Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, se debe celebrar un contrato laboral escrito dentro de un mes a partir de la fecha de empleo. Si el empleador no concluye un contrato laboral escrito con el empleado durante más de un mes pero menos de un año a partir de la fecha de empleo, deberá pagarle al empleado el doble del salario mensual. Si el empleador no concluye un contrato laboral escrito con el empleado dentro de un año a partir de la fecha de empleo, se considerará que el empleador y el empleado han celebrado un contrato laboral de duración indefinida.
Según esto, en el caso del derecho contractual de trabajo, la existencia de una relación laboral de facto traerá dos consecuencias: primero, se paga el doble de salario; segundo, se considera un contrato indefinido. .