¿Puede el sindicato pagar el té de la empresa?
El té adquirido por la empresa se tratará de forma diferente en el salón de té y en la sala de conferencias.
1. El té comprado se coloca en el salón de té para que lo beban los empleados. En este caso, el té pertenece a los gastos de bienestar de los empleados y el impuesto soportado correspondiente no se puede deducir, por lo que no es necesario obtener una factura con IVA de uso propio al comprar té.
2. El té comprado se coloca en la sala de conferencias para reuniones y bebidas en la oficina. Parece que el té que consume la empresa recibe un trato diferente. Si el consumo es en la sala de conferencias, estará incluido en los gastos de oficina y tasas del congreso, pudiendo deducirse el impuesto soportado en este momento. La contabilidad financiera debe coincidir con las condiciones de materialidad. Por ejemplo, se incluye la tarifa de la conferencia y se deduce el impuesto soportado correspondiente. El documento adjunto debe ser una solicitud interna de aprobación para comprar té en la sala de conferencias.
3. Comprar regalos de té para los clientes. Si se entrega a un cliente, debe tratarse como una venta. La factura con IVA obtenida en este momento puede certificarse para su deducción. Sin embargo, algunas personas creen que los obsequios comprados y entregados a clientes con fines comerciales no deben considerarse ventas, sino que deben tratarse directamente como gastos de entretenimiento comercial. La deducción del impuesto soportado no está permitida en este momento.