¿Deberían los comerciantes compensarles por la fruta podrida que compraron?
Base Legal
Artículo 33 de la "Ley de Seguridad de Productos Agrícolas": No se venderán productos agrícolas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: (1) Que contengan pesticidas, medicamentos veterinarios o cuyo uso está prohibido por el estado Otras sustancias químicas (2) Residuos químicos como pesticidas y medicamentos veterinarios o metales pesados y otras sustancias tóxicas y nocivas que no cumplen con los estándares de calidad y seguridad de los productos agrícolas; Parásitos patógenos, microorganismos o toxinas biológicas que no cumplen con los estándares de calidad y seguridad de los productos agrícolas. Normas (4) Utilizar conservantes, conservantes, aditivos y otros materiales que no cumplan con las especificaciones técnicas obligatorias nacionales pertinentes; no cumplir con las normas de calidad y seguridad de los productos agrícolas.