Reglamento del contrato de arrendamiento de almacén
Resumen del Reglamento del Contrato de Arrendamiento de Almacén
Dado que el contrato de arrendamiento de almacén es un contrato de arrendamiento de vivienda, el contrato de arrendamiento de almacén debe aplicarse principalmente a los capítulos sobre contratos de arrendamiento de la "Ley de Contratos" y las “Casas Comerciales” “Medidas de Gestión de Arrendamientos”.
Las principales disposiciones de la “Ley de Contratos” en materia de contratos de arrendamiento de almacenes son las siguientes:
1. El contenido del contrato de arrendamiento incluye la denominación, cantidad y finalidad del objeto arrendado, plazo del arrendamiento, alquiler y su plazo y forma de pago, mantenimiento de la propiedad del arrendamiento y otras condiciones.
2. El plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida. Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, pero el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.
3. Si el plazo del arrendamiento es superior a seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no adoptan la forma escrita, se considerará un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido.
4. El arrendador deberá entregar el bien arrendado al arrendatario según lo acordado y mantener el bien arrendado cumpliendo con la finalidad pactada durante el período del arrendamiento. 5. El arrendador deberá realizar el mantenimiento del bien arrendado. , salvo acuerdo en contrario de las partes. Cuando el bien arrendado necesite reparación, el arrendatario podrá exigir al arrendador que lo repare en un plazo razonable. Si el arrendador incumple sus obligaciones de mantenimiento, el arrendatario podrá repararlo por sí mismo, siendo los gastos de mantenimiento a cargo del arrendador. Si el mantenimiento del bien arrendado afecta al uso del arrendatario, se reducirá en consecuencia la renta o se ampliará el plazo del arrendamiento.
6. El arrendatario deberá conservar adecuadamente el bien arrendado. Si el bien arrendado se daña o se pierde por mal almacenamiento, el arrendatario será responsable de los daños.
7. El arrendatario podrá mejorar el inmueble arrendado o añadir otros inmuebles con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario mejora o añade otras cosas al bien arrendado sin el consentimiento del arrendador, el arrendador podrá exigir al arrendatario que lo devuelva a su estado original o que compense las pérdidas.
8. El arrendatario podrá subarrendar el bien arrendado a un tercero con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario subarrenda, el contrato de arrendamiento entre el arrendatario y el arrendador seguirá siendo válido. Si un tercero causa pérdidas al bien arrendado, el arrendatario deberá compensar las pérdidas. Si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá resolver el contrato.
9. Las rentas obtenidas por la posesión y uso del bien arrendado durante el período del arrendamiento pertenecerán al arrendatario, salvo acuerdo en contrario de las partes.
10. El arrendatario deberá pagar el alquiler según el plazo acordado.
11. Si el arrendatario no puede utilizar o beneficiarse del inmueble arrendado debido a que un tercero reclama derechos, el arrendatario podrá solicitar una reducción del alquiler o no pagar el alquiler. Si un tercero reclama derechos, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador.
12. Si la propiedad del objeto arrendado cambia durante el período de arrendamiento, no afectará la validez del contrato de arrendamiento. Si el arrendador vende la casa arrendada, deberá comunicarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta, y el arrendatario tendrá el primer derecho de compra en las mismas condiciones.
13. Si el bien arrendado sufre daño o pérdida parcial o total por causas no imputables al arrendatario, éste podrá solicitar una reducción del alquiler o el no pago del mismo por daño parcial o total; o pérdida del bien arrendado, imposibilitando la realización del objeto del contrato, el arrendatario podrá resolver el contrato.
14. Vencido el plazo del arrendamiento, el arrendatario deberá devolver el bien arrendado. Los bienes arrendados devueltos deberán estar en el estado en que fueron utilizados según el contrato o la naturaleza del bien arrendado. Al vencimiento del plazo de arrendamiento, si el arrendatario continúa utilizando el bien arrendado y el arrendador no pone objeciones, el contrato de arrendamiento original seguirá vigente, pero el plazo del arrendamiento será indefinido. Si el arrendador rescinde el contrato y recupera el bien arrendado, pero no puede pagar el alquiler restante, y el valor del bien arrendado recuperado excede el alquiler y otros gastos adeudados por el arrendatario, éste podrá solicitar una devolución parcial. ;