El cuarto capítulo de la política de la industria láctea es el suministro de leche.
Artículo 27 La leche cruda comprada por las empresas procesadoras de lácteos debe ser transportada en un vehículo que haya obtenido un certificado de transporte de leche cruda emitido por el departamento de ganadería y veterinaria del gobierno popular local a nivel de condado, y El recibo de leche cruda deberá llevarse con el vehículo. El albarán de entrega indicará el nombre, cantidad y hora de entrega de la estación de compra de leche cruda, y estará firmado por el manipulador, escolta, conductor y recolector de leche de la estación de compra de leche cruda. Hay dos copias del formulario de entrega de leche cruda, que serán conservadas por la estación de compra de leche cruda y la empresa procesadora de lácteos durante 2 años respectivamente.
Artículo 28 La leche cruda adquirida por las empresas procesadoras de lácteos deberá cumplir con las normas nacionales de calidad e inocuidad de los lácteos. No está permitido comprar leche cruda con residuos excesivos de sustancias químicas como medicamentos veterinarios, o leche cruda que contenga sustancias tóxicas y nocivas como metales pesados, parásitos y microorganismos patógenos, biotoxinas u otra leche cruda que no cumpla con los estándares nacionales. para la calidad y seguridad de los lácteos.
Artículo 29 Las empresas de producción láctea deberán establecer un sistema de inspección para la leche cruda comprada, inspeccionar la leche cruda comprada lote por lote y registrar verazmente el estado de la inspección de calidad, el nombre del proveedor y la información de contacto, la fecha de compra, etc. . y consultar la lista de entrega de leche cruda del vehículo de transporte. Los registros de inspección deben conservarse durante 2 años.
El artículo 30 alienta a las empresas procesadoras de lácteos a formar relaciones estables de producción y comercialización y un estrecho mecanismo de vinculación de intereses con los productores de leche a través de diversas formas, como adquisición de pedidos, establecimiento de fondos de riesgo, retorno de ganancias, participación accionaria, etc. . Establecer gradualmente un sistema de inspección de terceros y un sistema para la calidad de la leche cruda.
El artículo 31 apoya a las empresas procesadoras de lácteos para fortalecer la construcción de sus propias bases de fuentes de leche y fomenta la autoconstrucción y la participación accionaria en la construcción de granjas lecheras a gran escala y comunidades de productores lecheros. Se alienta a las empresas procesadoras de lácteos a construir sus propias estaciones de compra de leche cruda o adquirir estaciones de compra de leche cruda existentes de acuerdo con el diseño de zonificación. Alentar a las empresas procesadoras de lácteos y otros operadores de producción relacionados a brindar los servicios necesarios a los productores de leche.