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¿Cómo convocar una junta de propietarios por escrito?

La asamblea de propietarios se realiza por escrito, de la siguiente manera:

1. Proponer por escrito a los propietarios los asuntos que deban ser tratados, y los propietarios tomarán decisiones.

2. Los asuntos que no se puedan entregar directamente, deberán anunciarse en el área de administración de propiedades.

El ámbito de discusión de la junta de propietarios es el siguiente:

1. Formular y modificar el reglamento de la junta de propietarios.

2. Formular y modificar las normas y reglamentos del edificio y sus instalaciones auxiliares;

3. Elegir el comité de propietarios o sustituir a los miembros del comité de propietarios; y empresas de servicios inmobiliarios contra incendios u otros administradores;

5. Recaudar y utilizar fondos para el mantenimiento de la casa y sus instalaciones auxiliares;

6. instalaciones auxiliares;

7. Con * * *propiedad y * * * Otras materias importantes relacionadas con los derechos de explotación.

Las circunstancias en las que procede celebrar una reunión temporal de la junta de propietarios son las siguientes:

1. el área total del edificio y representa más del 20% del número total de personas;

2 accidentes graves o emergencias que deben manejarse con prontitud;

3. en el reglamento interno de la junta de propietarios o en el reglamento de gestión.

Base legal: Artículo 22 del “Reglamento Rector para la Conferencia de Propietarios y el Comité de Propietarios”.

La reunión de la junta de propietarios puede realizarse en forma de discusión colectiva o de solicitud de opiniones por escrito, sin embargo, deben existir propietarios cuyas partes exclusivas representen más de la mitad del área total del edificio y representen; más de la mitad del total de propietarios en el área de administración de propiedades.

Enviar las opiniones a cada propietario en forma de opiniones escritas; si no se puede realizar la entrega se deberá hacer un anuncio en el área de administración de la propiedad. Si fuera necesaria la votación, los dictámenes de voto deberán estar firmados por el propio propietario.