Una pregunta de análisis de caso, espero que los langostinos puedan ayudar a responderla~~-
2. El contrato es válido. El artículo 38 de la "Ley de Sociedades" de mi país estipula: "Una sociedad no limitará los derechos de los socios a realizar los asuntos de la sociedad y representarla frente a terceros desconocidos y de buena fe".
3. La hipoteca no es válida. Artículo 25 de la Ley de Sociedades Anónimas: Si un socio hipoteca su participación inmobiliaria en la sociedad, deberá obtener el consentimiento unánime de los demás socios sin el consentimiento unánime de los demás socios, su acto será nulo y se transferirá a una; tercero de buena fe. Si se causan daños, el autor será responsable de la indemnización conforme a la ley.
4. El acto de eximir unilateralmente las deudas de la otra parte es un acto inválido. El acto de eximir las deudas de la otra parte sólo puede eliminar una parte considerable de sus propios derechos y no tiene ningún impacto sobre los derechos de los demás. Por lo tanto, los demás socios siguen disfrutando de los créditos del deudor.
5. Debido a que la hipoteca al banco no es válida, el banco sólo disfruta de derechos ordinarios. Los reclamos contra A y B son iguales y no están en ningún orden en particular. Dado que los bienes de la sociedad son insuficientes para pagar todas las deudas, deben pagarse en proporción.
6. Los créditos benefician al banco A y B. El banco A y B son acreedores de la empresa. Artículo 39 de la Ley de Sociedades Anónimas: La sociedad primero deberá saldar sus deudas con todos sus bienes. Si los bienes de una sociedad son insuficientes para pagar las deudas a su vencimiento, los socios tendrán responsabilidad ilimitada y solidaria para pagar las deudas. La deuda de B con C es una deuda personal. Artículo 43 Liquidación Si los bienes muebles de un socio son insuficientes para pagar sus deudas personales, ese socio sólo podrá pagar las deudas con su parte de los ingresos de la sociedad. Por lo tanto, la sociedad no puede reembolsarse directamente con los bienes de la sociedad, sino que sólo puede reembolsarse con sus bienes personales.
7. Los socios asumen responsabilidad solidaria e ilimitada por las deudas sociales. El artículo 40 de la Ley de Sociedades Anónimas estipula: Si la propiedad de la sociedad sociedad se utiliza para pagar las deudas de la sociedad sociedad, el déficit será pagado por los socios de acuerdo con la proporción estipulada en el artículo 32, párrafo 1, de esta ley, además a sus aportaciones de capital en la empresa colectiva. La propiedad asume la responsabilidad de su reembolso.
Si el importe de la devolución excede la cantidad que un socio debe soportar por responsabilidad solidaria, el socio tiene derecho a recuperar una compensación de los demás socios.
Por lo tanto, se puede recuperar una compensación de C. Después de que C paga su deuda, puede reclamar el pago de A y B en una proporción de 4:3:3