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Regulaciones de gestión de alimentos halal de Shanghai

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de respetar las costumbres y hábitos de las minorías étnicas, garantizar el suministro de alimentos halal, fortalecer la gestión de alimentos halal, promover el desarrollo de la industria de alimentos halal y mejorar la unidad étnica. , según el "Reglamento de Trabajo Étnico Urbano", este reglamento está formulado en base a la situación real de esta ciudad. Artículo 2 El término "alimento halal", tal como se menciona en el presente Reglamento, se refiere a la dieta, los alimentos no básicos y los alimentos que cumplen los requisitos halal que se sacrifican, procesan y producen de acuerdo con los hábitos alimentarios de los Hui y otras minorías étnicas ( en adelante denominadas minorías étnicas que comen alimentos halal). Artículo 3 El presente reglamento se aplica a las actividades de producción, almacenamiento, transporte, venta y supervisión y gestión de alimentos halal dentro del área administrativa de esta ciudad. Artículo 4: El departamento administrativo municipal de asuntos étnicos es responsable de organizar y supervisar la implementación de estas regulaciones; el departamento administrativo comercial municipal es responsable de la planificación, producción, operación y gestión de la industria de alimentos halal.

Los departamentos administrativos municipales de industria y comercio, finanzas, impuestos, salud, vivienda y suelo, economía industrial y otros departamentos administrativos coordinarán la implementación de este Reglamento de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Los gobiernos populares de distrito y condado son responsables de la implementación de estos Reglamentos dentro de sus respectivas regiones administrativas. Los departamentos administrativos de asuntos étnicos y los departamentos administrativos comerciales de distrito y condado son responsables de la gestión de la industria alimentaria halal dentro de sus respectivas regiones administrativas de conformidad con las disposiciones del presente reglamento. Artículo 5 Los gobiernos populares de todos los niveles alentarán y apoyarán la inversión de empresas y hogares industriales y comerciales individuales en la producción y operación de alimentos halal.

Los gobiernos populares municipales, de distrito y de condado y sus departamentos administrativos de asuntos étnicos elogiarán y recompensarán a las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la producción, operación y gestión de alimentos halal. Artículo 6 Los gobiernos populares municipales, distritales y distritales fortalecerán la publicidad y la educación sobre el respeto de las costumbres y hábitos de las minorías étnicas.

Las empresas que producen y operan alimentos halal deben brindar a sus empleados capacitación sobre las leyes, regulaciones y políticas étnicas pertinentes.

Cualquier unidad o individuo debe respetar los hábitos alimentarios de las minorías étnicas que comen comida halal, y no debe discriminar ni interferir. Capítulo 2 Gestión de los carteles halal Artículo 7 El departamento administrativo comercial municipal, junto con el departamento administrativo municipal de asuntos étnicos, es responsable de la planificación y ajuste de los puntos de venta de alimentos halal y los puntos de suministro básicos de la ciudad para garantizar el suministro de alimentos halal, y Garantizar el suministro de alimentos halal. Trabajo de apoyo.

Los gobiernos populares de distrito y condado deben establecer puntos de suministro de alimentos halal basándose en la planificación de la ciudad de puntos de venta de alimentos halal y puntos de suministro básicos y la situación real de la región en las áreas donde las minorías étnicas comen alimentos halal; están relativamente concentrados, transporte Deben establecerse puntos básicos de suministro de alimentos halal en centros y centros comerciales. Artículo 8 Los departamentos administrativos de asuntos étnicos municipales, distritales y de condado, junto con los departamentos pertinentes, anunciarán al público los puntos básicos de suministro de alimentos halal de manera oportuna. Se debe colocar señalización visible cerca de los puntos de suministro básicos. Artículo 9 Quienes produzcan u operen alimentos halal deben solicitar con antelación un cartel halal al departamento administrativo de asuntos étnicos del municipio, distrito o condado.

Quienes no hayan obtenido un signo halal no producirán ni operarán alimentos halal. Artículo 10: Los carteles halal serán supervisados ​​uniformemente por el departamento administrativo municipal de asuntos étnicos.

Está prohibido falsificar, ceder, alquilar o comprar carteles halal. Artículo 11 Para solicitar un letrero halal, se deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Los sitios, equipos e instalaciones de producción y operación cumplen con los requisitos halal;

(2) Principalmente entre gerentes y empleados, debe haber una proporción adecuada de ciudadanos de minorías étnicas que consuman alimentos halal;

(3) La persona a cargo de la empresa y los hogares industriales y comerciales individuales deben recibir capacitación en el halal. industria alimentaria y obtener un certificado;

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(4) La persona a cargo, contratista o arrendatario de una empresa generalmente debe ser un ciudadano de una minoría étnica que come alimentos halal, y los industriales individuales y los hogares comerciales deberían ser ciudadanos de una minoría étnica que consuma alimentos halal. Artículo 12 Quienes soliciten un letrero halal deberán proporcionar los materiales correspondientes al departamento administrativo de asuntos étnicos del municipio o distrito o condado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de este Reglamento. Artículo 13 El departamento administrativo de asuntos étnicos del municipio, distrito o condado completará la revisión dentro de los diez días hábiles a partir de la fecha de recepción de los materiales para solicitar un letrero halal y dará una respuesta por escrito a quienes cumplan con las condiciones y emitirá un halal; firmar .

Las empresas y los hogares industriales y comerciales individuales que producen y operan alimentos halal deben colgar carteles halal en lugares visibles de sus instalaciones de producción y comerciales.

Artículo 14 Si las empresas y los hogares industriales y comerciales individuales que producen y operan alimentos halal ya no producen ni operan alimentos halal, deberán registrarse en el departamento administrativo de asuntos étnicos del municipio o distrito o condado y en el departamento administrativo comercial y devolver el letrero halal al lugar original. El departamento emisor; si se trata de un punto de suministro básico, se debe obtener de antemano el consentimiento del departamento administrativo de asuntos étnicos del municipio o distrito o condado y del departamento administrativo comercial. Capítulo 3 Condiciones de producción y operación Artículo 15 Quienes produzcan y operen alimentos halal deben sacrificar, procesar y preparar de acuerdo con los hábitos dietéticos de las minorías étnicas que comen alimentos halal. Artículo 16 Las materias primas principales y auxiliares de los alimentos halal deben cumplir los requisitos halal y estar acompañadas de certificados válidos. Artículo 17: Se deben utilizar exclusivamente vehículos de transporte de alimentos halal, instrumentos de medición, contenedores de almacenamiento y lugares de procesamiento, almacenamiento y venta, y no se deben transportar, pesar ni almacenar alimentos halal o artículos tabú. Artículo 18 Quienes produzcan y operen alimentos halal deberán indicar claramente la palabra "halal" en sus nombres comerciales, letreros y en los nombres y envases de los alimentos, y también podrán estar marcados con símbolos con significado halal.

Aquellos que no hayan obtenido un letrero halal no pueden utilizar la palabra "halal" o símbolos con significado halal en sus nombres comerciales, letreros, nombres de alimentos y empaques.