¿Qué debo hacer si el restaurante de comida rápida Linyi Ningyu no paga mis salarios?
(1) Denunciar. a la agencia local de supervisión laboral y de seguridad social Quejas e informes;
(2) Solicitar arbitraje al comité local de arbitraje de disputas laborales. Cabe señalar que se debe presentar una solicitud por escrito al arbitraje de disputas laborales. comité dentro del año siguiente a la fecha del conflicto laboral;
(3) Resolver mediante litigio. Cabe señalar que se debe presentar una solicitud por escrito al Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales dentro de un año a partir de la fecha de ocurrencia del conflicto laboral;
(3) Resolver mediante litigio. Esto se divide en tres situaciones: primero, para conflictos laborales, si alguna de las partes está insatisfecha después del arbitraje laboral, puede presentar una demanda ante los tribunales; segundo, si ambas partes están satisfechas después del arbitraje, si el empleador no implementa el laudo arbitral laboral; una vez que entre en vigor, el conflicto laboral. Aquellos que estén atrasados en la remuneración laboral pueden solicitar al tribunal la ejecución obligatoria; en tercer lugar, aquellos que entren en la categoría de atrasos en la remuneración laboral pueden presentar directamente una demanda civil ante el tribunal.
2. Base jurídica:
①Artículo 9 de la "Ley de Arbitraje y Mediación de Conflictos Laborales" Inspección del Trabajo El empleador viola las regulaciones nacionales, incumple o no paga la remuneración laboral en su totalidad, o incumple En materia de accidentes de trabajo. Por gastos médicos, compensaciones económicas o indemnizaciones, los trabajadores podrán reclamar ante la Dirección Administrativa del Trabajo, la cual lo atenderá conforme a la ley.
2) Artículo 17 de la Ley "Trabajo y Seguridad Social Reglamento de Supervisión" La dirección administrativa del trabajo y seguridad social atenderá las infracciones Las investigaciones sobre violaciones a las leyes, reglamentos o normas del trabajo y seguridad social deberán concluir dentro de los 60 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación del caso; en casos complejos, el tiempo podrá ser prorrogada por 30 días hábiles con la aprobación del responsable del departamento administrativo del trabajo y seguridad social.