¿Se permite la venta al por mayor de fruta en el parque logístico?
De acuerdo con el artículo 29 del "Reglamento del Parque Logístico", las empresas del parque logístico pueden realizar negocios de comercio de productos básicos, servicios de almacenamiento, carga y descarga, procesamiento de información, seguros y otros negocios por sí mismas o encomendándolas a operadores calificados. La venta al por mayor de frutas pertenece a la categoría de comercio de productos básicos, por lo que los parques logísticos pueden operar al por mayor de frutas. Además, la gestión de cada parque logístico también puede incrementar o ajustar las categorías de negocio y elementos de servicio del parque logístico según la situación real.
Como parte importante de la cadena de suministro moderna, el desarrollo de parques logísticos tiene como objetivo proporcionar servicios logísticos mejores, más convenientes y más eficientes para diversas empresas. Permitir actividades comerciales como la venta al por mayor de frutas no sólo puede satisfacer la demanda del mercado, sino también brindar nuevas oportunidades para el desarrollo diversificado de parques logísticos. Por supuesto, durante el proceso comercial, también es necesario cumplir con las normas de calidad y seguridad pertinentes y proteger los derechos e intereses legítimos de los consumidores.