La proporción de vino añejo no es menor que el contenido de vino.
80.
De acuerdo con la norma nacional vigente GB15037-2006, las regulaciones para el vino añejo: el año marcado se refiere al año en que se recolectaron las uvas, y la proporción de vino añejo no debe ser inferior al 80 (volumen fracción) del contenido del vino.
Se entiende por vino una bebida alcohólica elaborada a partir de uvas frescas o de mosto mediante fermentación total o parcial, con una graduación alcohólica (fracción en volumen) mayor o igual a 7.