Retraso en el pago del alquiler debido a la epidemia
Durante la epidemia, si el arrendatario no paga el alquiler, el arrendador puede instar al arrendatario a pagar el alquiler en un plazo razonable. Si el arrendatario no paga dentro del plazo previsto, el arrendador podrá resolver el contrato y exigir al arrendatario el pago del alquiler. El arrendador podrá presentar una demanda ante los tribunales o solicitar un arbitraje de conformidad con la ley.
Objetividad jurídica:
Aviso sobre un mayor fortalecimiento del apoyo financiero para la prevención y el control de la neumonía por el nuevo coronavirus (IV)
Mejora de los servicios financieros en las áreas sociales y de medios de vida afectados por la epidemia Servir. Para las personas que están hospitalizadas o en cuarentena debido al nuevo tipo de neumonía, aquellas que necesitan ser puestas en cuarentena para la prevención y el control de la epidemia, las que participan en la prevención y el control de la epidemia y las que han perdido temporalmente su fuente de sustento debido a la epidemia. , las instituciones financieras deben inclinar adecuadamente sus políticas crediticias y ajustar de manera flexible los acuerdos de pago para créditos personales, como hipotecas de vivienda y tarjetas de crédito, posponer razonablemente el período de pago. Las personas infectadas con COVID-19 pueden obtener una extensión de sus préstamos comerciales garantizados por un año y seguir disfrutando del subsidio de intereses financieros. Las instituciones financieras deben dar prioridad a los clientes infectados con el nuevo tipo de neumonía o dañados por la epidemia, ampliar adecuadamente el alcance de la responsabilidad y ofrecer una compensación completa.