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Medidas para la Gestión de Cuarentena de Entrada y Salida de Cruceros

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de regular la supervisión cuarentenaria de la entrada y salida de los cruceros, prevenir la propagación de epidemias y promover el desarrollo de la economía de los cruceros, de conformidad con la "Ley de Sanidad Fronteriza y Cuarentena de la República Popular de China" y sus normas de implementación, la "Ley de Cuarentena Animal y Vegetal de la República Popular China" y sus reglamentos de implementación, la "Ley de Seguridad Alimentaria de la República Popular China" y sus reglamentos de implementación, la "Ley de la República Popular China sobre Prevención y Control de Enfermedades Infecciosas". Artículo 2 Estas Medidas se aplican a la supervisión y gestión de cuarentena de los cruceros extranjeros que entran y salen de los puertos fronterizos de la República Popular China, los cruceros chinos que navegan en rutas internacionales y las unidades operativas y de servicio relacionadas. Artículo 3 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (en adelante, la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena) gestionará de manera uniforme la supervisión de cuarentena de los cruceros de entrada y salida en todo el país.

El departamento de inspección y cuarentena de entrada y salida (en adelante, el "departamento de inspección y cuarentena") establecido por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena es responsable de la supervisión de cuarentena de entrada y salida. cruceros en los puertos bajo su jurisdicción. Capítulo 2 Gestión de Riesgos Artículo 4 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena y el departamento de inspección y cuarentena implementan la gestión de riesgos para los cruceros entrantes y salientes. Artículo 5 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena formulará un plan técnico para la evaluación de riesgos de cuarentena de cruceros y determinará los estándares de clasificación de riesgos de cuarentena de cruceros con base en el estado de salud de los cruceros, las capacidades de control de riesgos de cuarentena de los operadores y sus agentes. calificaciones crediticias, supervisión in situ y otros factores relevantes. Artículo 6 Los operadores de cruceros son responsables de establecer y operar el sistema de seguridad y salud pública para los cruceros, que incluye:

(1) Plan de control de seguridad alimentaria;

(2) Seguridad del agua potable plan de control;

(3) Plan de control de seguridad del agua para lugares de entretenimiento;

(4) Plan de monitoreo de organismos vectores médicos;

(5) Sistema de saneamiento para lugares públicos en cruceros;

(6) Sistema de gestión de residuos;

(7) Sistema de seguimiento y control de enfermedades gastrointestinales;

(8) Mecanismo de trabajo para emergencias de salud pública. Artículo 7 Los operadores de cruceros serán responsables de formular planes de MIP de cruceros, implementar el seguimiento, la prevención y la presentación de informes pertinentes y controlar la propagación de organismos nocivos. Artículo 8 Los operadores de cruceros o sus agentes pueden solicitar una evaluación de riesgos al departamento de inspección y cuarentena del puerto de origen de forma voluntaria. Al realizar la solicitud, se deben presentar los siguientes materiales: (1) Formulario de solicitud de evaluación de riesgos de cuarentena de cruceros

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(2) Documentos del sistema de seguridad de salud pública;

(3) Diagramas estructurales y otra información relevante del sistema de ventilación del crucero, sistema de suministro de agua doméstica y purificación de agua potable. Sistema y sistema de tratamiento de aguas residuales. Artículo 9 La Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena es responsable de organizar las evaluaciones de riesgo de los cruceros, determinar el nivel de riesgo de cuarentena de los cruceros y anunciarlo al público.

El departamento de inspección y cuarentena determina el método de cuarentena del crucero, el contenido y la frecuencia de la supervisión sanitaria según el nivel de riesgo, e implementa una gestión de clasificación dinámica. Capítulo 3 Cuarentena de Entrada Artículo 10 El responsable del crucero o su agente deberá declarar al departamento de inspección y cuarentena en el puerto de entrada 24 horas antes de la entrada del crucero o después de su salida del último puerto, y presentar el puerto de llegada. plan, estado de salud del personal y control sanitario del buque. Certificado de exención de medidas y otra información.

Si el contenido de la declaración cambia, el responsable del crucero o su agente deberá realizar las correcciones oportunas al departamento de inspección y cuarentena. Artículo 11 Los cruceros entrantes deberán someterse a cuarentena de conformidad con la ley.

La persona a cargo del crucero o su agente deberá solicitar al departamento de inspección y cuarentena del primer puerto de entrada los procedimientos de cuarentena de entrada, y podrá ingresar al país sólo después de la aprobación por parte del departamento de inspección y cuarentena. departamento.

Antes de completar la cuarentena, los cruceros sujetos a cuarentena de entrada no podrán embarcar o desembarcar personas, ni cargar o descargar carga, equipaje, paquetes postales y otros artículos sin el permiso de la inspección. y departamento de cuarentena. Artículo 12 Los cruceros entrantes izarán señales de cuarentena de acuerdo con las regulaciones y esperarán la cuarentena en los lugares designados. La señal de cuarentena no se levantará hasta que el departamento de inspección y cuarentena emita un certificado de cuarentena de entrada o notifique que la cuarentena ha finalizado.

Cuando el personal de inspección y cuarentena suba al barco para realizar la cuarentena, deberá cooperar el responsable del crucero o su agente. Artículo 13 El departamento de inspección y cuarentena determinará el método de cuarentena con base en la información de la declaración del crucero entrante y el nivel de riesgo de cuarentena del crucero, y notificará de inmediato a la persona a cargo del crucero o su agente. Los métodos de aislamiento incluyen:

(1) Cuarentena en el atraque;

(2) Cuarentena a bordo;

(3) Cuarentena en el fondeadero;

(4) Cuarentena de telecomunicaciones.

Artículo 14 En caso de cualquiera de las siguientes circunstancias, la agencia de inspección y cuarentena podrá implementar cuarentena a bordo en el crucero entrante:

(1) Entrada por primera vez, anuncio y alerta temprana emitido por la General Administración de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena dentro de las 4 semanas anteriores a la entrada. Haber permanecido en los países o regiones epidémicas enumerados en la notificación;

(2) Ocurre por primera vez y supone un riesgo para el sistema de salud pública. se desconoce;

(3) Para facilitar el despacho aduanero, el responsable del crucero o su agente lo solicita y el departamento de inspección y cuarentena lo considera necesario.

El personal que participa en la cuarentena a bordo debe ser personal actual de cuarentena de cruceros, tener experiencia médica o haber recibido capacitación sistemática sobre cuarentena sanitaria de barcos. Artículo 15 En el caso de cualquiera de las siguientes circunstancias, la agencia de inspección y cuarentena implementará cuarentena de fondeo en el crucero entrante:

(1) Proveniente de un área de enfermedades infecciosas cuarentenarias y reportando sospechas de enfermedades infecciosas cuarentenarias casos en el crucero, se deben seguir los siguientes requisitos: Se toman disposiciones para el aislamiento centralizado y la observación de contactos cercanos;

(2) Existen requisitos claros en los anuncios y avisos de alerta temprana de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena;

(3) Evaluación y cuarentena por la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena El riesgo es relativamente alto;

(4) Según el circunstancias especificadas en los Puntos (1) y (2) del Artículo 14, Párrafo 1, de estas Medidas, no se implementa la cuarentena a bordo;

(5) A solicitud de la persona a cargo del crucero o su agente, el departamento de inspección y cuarentena lo considera necesario.