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Disposiciones legales sobre extorsión y secuestro

1. El delito de transacción forzosa. El concepto y composición del delito de transacción forzosa se refiere al acto grave de comprar y vender bienes por la fuerza, obligar a otros a prestar servicios u obligar a otros a aceptar servicios mediante violencia, amenazas, etc., y las circunstancias son graves. (1) Elementos del objeto Este delito no sólo infringe los derechos e intereses legítimos de la contraparte, sino que también infringe el orden del mercado de comercio de productos básicos. Las transacciones de productos básicos son relaciones jurídicas entre sujetos civiles iguales, y en las transacciones de mercado deben seguirse los principios de voluntariedad y equidad. Sin embargo, en la vida actual, a menudo ocurre el fenómeno de la compra y venta forzada, obligando a otros a proporcionar servicios o obligando a otros a aceptar servicios, lo que viola los principios de las transacciones de mercado, destruye el orden de las transacciones de mercado e infringe los derechos legítimos y intereses de los consumidores o de los operadores. Si el perpetrador utiliza violencia, amenazas u otros medios para forzar la transacción, se producirá un daño social grave. Si las circunstancias son graves, se perseguirá la responsabilidad penal conforme a la ley. (2) Elementos objetivos Este delito se manifiesta objetivamente como el acto de obligar a otros a prestar o aceptar servicios mediante violencia, amenazas, etc., y las circunstancias son graves. La llamada violencia se refiere a la coerción o ataque real a la persona o propiedad de la persona coaccionada, como golpear, atar, abrazar, asediar, herir o destruir su propiedad; la llamada amenaza se refiere a la amenaza mental real; coerción de la víctima y amenaza de causarle daño personal, daño a su propiedad, exposición de su privacidad, daño a su reputación y daño a sus familiares. Puede ser a través de palabras, acciones o incluso utilizando un entorno peligroso para coaccionar. Ya sea violencia o amenazas, todo es para que no se atrevan a resistir y obligarlos a aceptar el trato. Cuando otros no están dispuestos a comprar o vender bienes o proporcionar o recibir servicios, quienes utilizan amenazas no violentas, como incitaciones y engaños, para solicitar transacciones no pueden ser castigados con este delito. La violencia y las amenazas están directamente relacionadas con la transacción y tienen como objetivo facilitarla. Si no es con este fin, pero se cometen actos de violencia y amenazas fuera de las actividades comerciales, naturalmente no se puede castigar con este delito. Violar la voluntad de otros y obligar a otros a comerciar con ellos mismos o con un tercero es una característica esencial de este delito. La llamada violación de la voluntad de los demás significa que otros no están dispuestos a comprarles bienes y obligarlos a comprarlos. Algunos no están dispuestos a vender bienes y se ven obligados a venderlos, otros se niegan a prestar servicios y otros no están dispuestos a aceptar servicios y se ven obligados a aceptarlos. Los denominados servicios se refieren a diversos servicios empresariales como alojamiento, transporte, restauración, mantenimiento, limpieza, entrega de gas, entrega de muebles y mano de obra por horas. Cabe señalar que para obligar a otros a vender bienes o prestar servicios, generalmente debe ser la otra persona la que se dedique a vender bienes o prestar servicios con fines de lucro. Si otros no se dedican a este tipo de trabajo lucrativo, pero obligan a otros a vender sus propios artículos, como objetos ancestrales, o obligan a personas que no se dedican al transporte de gas a proporcionar alimentos y alojamiento a personas que no se dedican a este tipo de trabajo, comida y alojamiento, no pueden ser castigados por este delito. Además, el servicio es un servicio legal con fines de lucro. Si no se trata de un servicio legal, como obligar a otros a prestar servicios ilegales como prostitución y juegos de azar, o servicios humillantes como lavar los pies y orinar, no se constituirá este delito. Si constituye delito, será castigado como otro delito. Este delito es un delito agravado y sólo puede cometerse cuando el acto de obligar a otros a comerciar alcanza un nivel grave. Si las circunstancias no son graves, aunque se realice el acto de compraventa forzosa, este delito no puede ser castigado. Las llamadas circunstancias graves se refieren principalmente a múltiples transacciones forzadas; adquisiciones ilegales de grandes cantidades mediante transacciones forzadas que causan malos medios; (3) Requisitos del sujeto El tema de este delito es un tema general. Puede cometer este delito cualquier persona natural que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de responsabilidad penal, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 231 de esta fracción, una entidad también puede cometer este delito. Si una unidad comete este delito, se implementará un sistema de doble sanción, es decir, la unidad será multada y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán penalmente responsables de conformidad con lo dispuesto en este artículo. (4) Elementos subjetivos: Este delito se manifiesta subjetivamente como intención directa y negligencia no constituyen este delito. dos. Determinación de (1) El límite entre el delito de comercio forzoso y los actos ilegales generales El comercio forzoso es un acto ilegal que altera el orden de la gestión del mercado y es común en las transacciones de productos básicos o de servicios. Por lo tanto, para no golpear demasiado fuerte, esta ley estipula que el comercio forzoso de productos básicos debe alcanzar un nivel grave para constituir un delito. Las llamadas circunstancias graves deben incluir los siguientes puntos: 1. Facilitar transacciones injustas y obtener grandes ganancias ilegales; 2. Obligar repetidamente al padre a cambiar; 3. Tener un impacto negativo en la sociedad; su familia. 5. El comercio forzado perturba gravemente el mercado 6. Dos o más personas * * * participan en el comercio forzado; Si el perpetrador utiliza amenazas leves para obligar a otros a aceptar o proporcionar servicios, el comportamiento es muy comedido y el beneficio limitado.

Si las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, se trata de un acto ilegal general y no puede considerarse un delito. (2) Determinación de las condiciones de "transacción" en el delito de transacción forzosa. Este delito debe ocurrir en la transacción de bienes o servicios, y existe un hecho de transacción entre el autor y la víctima, aunque esta transacción desigual es una transacción que uno. parte obliga a la otra parte a aceptar. Si no existe tal transacción, si el autor utiliza violencia, coerción u otros métodos en el lugar con el propósito de posesión ilegal, se considerará robo y no constituirá un delito de transacción forzada. (3) El límite entre un delito y varios delitos Al cometer el delito de transacción forzada, el comportamiento violento del autor puede causar víctimas. En el caso de quienes causan víctimas, aunque existe una relación implicada entre el delito de transacción forzosa y el delito de lesiones (incluidos los intencionales y negligentes) y el delito de homicidio (intencional y negligente), no deben ser tratados según el principio de pena para los delincuentes implicados, pero deberán ser condenados y sentenciados por separado, según el número. La pena se basará en el principio de concurrencia de penas por delito. La razón principal es que la pena legal por el delito de transacción forzosa es de tres años de prisión, que es relativamente baja, por lo que se puede observar que no incluye pena de prisión determinada por estar involucrado en otros delitos y ser castigado por ello. el mismo crimen. En otras palabras, si una persona es castigada con el comercio obligatorio porque está involucrada en otros delitos, la pena máxima de tres años no puede absorber las penas por otros delitos. Por lo tanto, si se castiga un delito, se deben castigar varios delitos simultáneamente. 3. Pena 1. Si una persona física comete este delito, será sancionada con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa. 2. Si una unidad comete este delito, será multada y los responsables directos y demás responsables directos serán penalmente responsables de conformidad con las disposiciones anteriores. 2. El delito de extorsión se refiere al acto de extorsionar por la fuerza bienes públicos o privados de la víctima con fines de posesión ilícita y mediante amenaza o coacción. Las características de este delito son las siguientes: 1. El objeto de este delito es la propiedad de los bienes públicos y privados y la seguridad personal de los ciudadanos. El objeto del delito es la propiedad pública y privada. Www.tjbhfl.cnII. Los aspectos objetivos de este delito son: 1. El autor se dedica a la extorsión; 2. El autor se lleva por la fuerza la propiedad pública y privada de la víctima; 3. El autor utiliza la violencia para amenazar a la víctima, la situación de la víctima, expone las debilidades de la víctima; amenaza con conducta delictiva y destruye la propiedad de la víctima, se utilizan amenazas a la personalidad de la víctima y otros medios para obligarla a entregarse. 3. Los sujetos de este delito son sujetos generales, es decir, ciudadanos chinos, ciudadanos extranjeros y ciudadanos apátridas mayores de 16 años y con capacidad de responsabilidad penal. 4. Este delito es subjetivamente intencional, es decir, el actor cometió a sabiendas la extorsión contra la víctima. Para el delito de extorsión la Ley Penal establece: 1. La persona será condenada a pena de prisión de no más de tres años, detención penal o vigilancia pública 2. Si la cantidad es enorme o las circunstancias son graves, será condenada a pena de prisión de no menos de tres; años pero no más de diez años. 3. Delito de secuestro Artículo 239: El que secuestrare a otra persona con el fin de extorsionarle bienes o secuestrare a otra persona como rehén, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, además de multa o multa. bienes confiscados; causar la muerte o el asesinato de la persona secuestrada. Quien secuestra a una persona será condenado a muerte y sus bienes serán confiscados. El que hurte un niño con el fin de extorsionar bienes será castigado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. (1) El concepto y elementos constitutivos del delito de secuestro. El delito de secuestro se refiere al acto de secuestrar a otra persona mediante violencia, coacción u otros medios con el fin de extorsionar bienes o tomar rehenes. La Ley Penal de 1979 no prevé este delito. La "Decisión sobre castigar severamente a los delincuentes que secuestran, trafican y secuestran a mujeres y niños" del Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo (en adelante, la "Decisión") estipula los delitos de secuestro y extorsión. Cuando se revisó la Ley Penal en 1997, el delito fue revisado y complementado, por lo que se cambió a "secuestro" en consecuencia. Los elementos constitutivos del delito de secuestro son: 1. El objeto de este delito son los derechos personales de los demás. Porque el perpetrador utiliza la violencia y la coerción para secuestrar a otros, poniendo en peligro directamente la vida y la salud de la víctima. En la práctica judicial, los perpetradores a menudo amenazan con dañar a la víctima y obligan a sus familiares a pagar un rescate; durante el proceso de secuestro, la víctima a menudo es abusada, agobiada o incluso asesinada; algunos la dañan primero y luego la extorsionan; Los legisladores incluyeron el secuestro de otras personas en el delito de violación de los derechos personales de los ciudadanos y los derechos democráticos, lo que demuestra que también conceden gran importancia a la protección de los derechos personales de los ciudadanos. Este tipo de delito es en realidad un comportamiento de "secuestro" muy extendido en la vieja sociedad. Ha desaparecido desde la fundación de la República Popular China y ha reaparecido en los últimos años, tiene una tendencia de desarrollo y es extremadamente perjudicial para la sociedad. . Para sancionar eficazmente este delito, la legislación penal tipifica el delito de secuestro como un delito separado. El objeto de este delito son "otros". “Otros” incluye tanto a mujeres y niños como a personas distintas de mujeres y niños. 2. Objetivamente hablando, es el acto de secuestrar a otros mediante violencia, coacción u otros medios. "Violencia" significa que el autor ata, amordaza, venda los ojos y saquea directamente a la víctima, o la hiere y golpea.

"Coerción" se refiere a la coerción psicológica de la víctima o la amenaza de violencia contra la víctima y su familia. "Otros métodos" se refiere a métodos distintos de la violencia, como el uso de drogas, embriaguez, etc., para dejar a la víctima en coma. La característica común de estos tres métodos criminales es que la víctima se encuentra en una situación en la que no puede o no se atreve a resistir, y la víctima es secuestrada ilegalmente de su residencia o ubicación y puesta bajo el control directo del perpetrador, causándole perder su libertad de movimiento. La ley sólo exige que el perpetrador tenga uno de los medios para secuestrar a otros para constituir este delito. 3. El sujeto delictivo es un sujeto general. En cuanto a la cuestión de si las personas mayores de 14 años pero menores de 16 deben ser penalmente responsables de este delito, algunos estudiosos creen que debido a la naturaleza extremadamente dañina de este delito, cualquier persona mayor de 14 años y capaz de asumir responsabilidad puede ser culpable de este delito ①. Creemos que los ocho cargos estipulados en el párrafo 2 del artículo 17 de la Ley Penal se refieren a actos criminales específicos y no a cargos específicos. De acuerdo con el principio de legalidad del delito y el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Penal, si una persona mayor de 14 años pero menor de 16 sólo participa en el secuestro pero no en el asesinato o daño a la persona, persona secuestrada, no constituye el artículo 17 de la Ley Penal. Para los actos de homicidio intencional y lesiones intencionales que causen lesiones graves o muerte según lo establecido en el párrafo 2 del artículo, los menores no son penalmente responsables de este tipo de secuestro. Sin embargo, se debe ordenar a sus padres o tutores que lo castiguen si es necesario; el gobierno también puede proporcionarle la custodia y la educación; Si la persona secuestrada resulta muerta o herida (causándole lesiones graves o la muerte) durante el proceso de secuestro, será penalmente responsable del delito de homicidio doloso o lesión dolosa. 4. Subjetivamente, consiste en intención directa y tiene por objeto extorsionar bienes o tomar rehenes. "Secuestro de otra persona con el fin de extorsionar la propiedad" se refiere al uso de violencia, coerción o anestesia para secuestrar por la fuerza a otra persona, amenazar con matar o matar al rehén o no devolverlo, y ordenar a familiares y amigos relacionados con el rehén que lo entreguen. determinada propiedad dentro de un determinado período de tiempo. La “propiedad” aquí debe entenderse de manera amplia y no se limita al dinero, sino que también incluye otros intereses de propiedad. "Secuestro de otras personas como rehenes" se refiere a tomar a otras personas como rehenes con fines políticos, evadir una persecución o solicitar a las autoridades judiciales que liberen a los delincuentes. (2) Cuestiones a las que se debe prestar atención al determinar el delito de secuestro 1. Trazar una línea clara entre el delito de secuestro y el delito de secuestro de mujeres y niños. Ambos métodos criminales utilizan la violencia, la coerción u otros métodos, pero existen diferencias obvias: primero, el propósito del delito es diferente. El objetivo del primero es extorsionar los bienes de las personas secuestradas y tomar rehenes, mientras que el objetivo del segundo es traficar con mujeres y niños secuestrados. En segundo lugar, los objetos del delito son diferentes. El primero se refiere a todos, incluidas las mujeres y los niños, mientras que el segundo se refiere únicamente a las mujeres y los niños. 2. Trazar una línea clara entre el delito de secuestro y el delito de detención ilegal. En los últimos años, se han producido con frecuencia casos de “rehenes” que infringen los derechos personales de los ciudadanos causados ​​por las relaciones entre acreedores y deudas, es decir, actos ilegales y criminales que utilizan la toma forzosa de “rehenes” para obligar a otros a realizar ciertos actos. "Con un determinado comportamiento como objetivo", en la práctica se trata principalmente de deuda sanitaria, que requiere "dinero en lugar de personas". Este comportamiento es similar en la forma al secuestro con el fin de extorsionar bienes según lo estipulado en el primer párrafo del artículo 239 de la Ley Penal, pero es de naturaleza muy diferente: en primer lugar, el propósito del delito es diferente. El primero tiene como objetivo extorsionar la propiedad, mientras que el segundo pretende extorsionar las deudas y tomar "rehenes" como medio para pagar las deudas. En segundo lugar, los objetos del delito son diferentes. El primero cree que los secuestrados son completamente inocentes, mientras que el segundo cree que la mayoría de los "rehenes" secuestrados tienen culpa (como no pagar deudas), e incluso cometen actos ilegales y criminales como el fraude, y algunos son puramente inocentes. . Por lo tanto, el párrafo 3 del artículo 238 del Código Penal estipula claramente que "quien aprese o detenga ilegalmente a otros con el fin de extorsionarlos" será castigado de conformidad con las disposiciones del delito de detención ilegal. 3. Identificar correctamente la naturaleza del delito de sustracción de infantes y niños pequeños. Los casos de robo de infantes deben ser condenados según el propósito del robo de infantes. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 239 de la Ley Penal, quien robe un bebé con el fin de extorsionar bienes será condenado por secuestro y será condenado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 239 de la Ley Penal. . Según el artículo 240, párrafo 1, punto 6, de la Ley Penal, quien robe niños y niñas pequeños con el fin de venderlos será condenado y castigado por el delito de trata de niños. Según el artículo 240, artículo 1, de la Ley Penal. Ley, Se aplicará lo dispuesto en el párrafo. 4. Trace una línea clara entre un delito y varios delitos. En la práctica judicial, existen diferentes interpretaciones y enfoques sobre si secuestrar a otras personas, matar a la víctima y extorsionar bienes con el fin de extorsionar bienes se considera un delito o dos delitos. Por ejemplo, para extorsionar, el acusado Su XX atrajo a su primo Su X (11 años) a un lugar remoto y lo mató el 29 de octubre, y luego envió una carta amenazadora anónima a los padres de Su X para extorsionarlos con 20.000 yuanes. El Tribunal Popular Intermedio de cierta ciudad condenó a muerte al acusado Su XX por secuestro y extorsión, y fue privado de sus derechos políticos de por vida.

El demandado apeló. Después de que el Tribunal Popular Superior de la ciudad XX conoció el caso, hubo diferentes opiniones sobre si condenarlo a un delito o dos delitos. Una opinión fue que el secuestro y la extorsión deberían tipificarse como delitos. La razón es que el recurrente secuestró a otros y luego mató a otros, lo cual es un acto de "robo de votos" y puede ser castigado severamente como un acto de "castigo severo" en el delito de secuestro y extorsión. Otra opinión es que se debe condenar el delito de secuestro con fines de extorsión y homicidio doloso, y castigar la multiplicidad de delitos de forma conjunta. La razón es: "Derribar votos" se refiere al acto de matar a "rehenes" después de que el perpetrador extorsiona la propiedad. En este caso, el recurrente mató al "rehén" antes de extorsionarlo en sus bienes para silenciarlo. Los actos de asesinato, secuestro y extorsión del recurrente fueron los mismos que los actos de asesinato de la víctima durante el robo. Tenían dos fines, por lo que debían ser sancionados por múltiples delitos. Además, en sus respuestas a varias preguntas sobre la ejecución, el Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema sólo estipularon que el aspecto objetivo del delito de secuestro y extorsión es el acto de secuestrar a otras personas mediante violencia, coerción o anestesia, y No incluye el asesinato de la persona secuestrada. Estamos de acuerdo con la opinión anterior. En primer lugar, aunque el autor secuestra a otras personas con el fin de extorsionar la propiedad, este delito infringe no sólo los derechos de propiedad de la víctima, sino también sus derechos personales, incluidos el derecho a la salud y el derecho a la vida. Por lo tanto, la ley penal de la provincia de Taiwán también califica este delito como "secuestro de otros para pedir rescate". En segundo lugar, el secuestro de otras personas mediante la violencia y la coerción es una característica objetiva importante de este delito. Las consecuencias del uso de la violencia y la coerción incluyen la posible muerte del rehén durante el proceso de secuestro, o el asesinato del rehén con el fin de guardar silencio, por lo que el riesgo personal de cometer este delito es muy alto. En tercer lugar, la intención subjetiva de este delito. Sin embargo, este tipo de intención pertenece a la intención general, incluida la intención de extorsionar la propiedad y la intención de poner en peligro a los "rehenes", no solo la intención de extorsionar dinero. En resumen, el objetivo del crimen de un amigo cercano es incierto. Solo requiere que el perpetrador tenga una comprensión general de los hechos del crimen para constituir un crimen intencional, y no requiere que el perpetrador identifique claramente el objetivo del crimen. En cuarto lugar, dado el gran daño social que suponen el secuestro y la extorsión, la pena legal es muy severa, siendo el punto de partida de más de diez años; si las circunstancias son "especialmente graves", se impondrá la pena de muerte; El secuestro y el asesinato de "rehenes" es una de las "circunstancias especialmente graves". En cuanto a si los "rehenes" fueron dañados antes o después de extorsionar la propiedad, pertenece a las circunstancias específicas del delito y no afecta la determinación de la naturaleza del delito. Por lo tanto, el asesinato de "rehenes" por parte del autor antes y después de las "multas de asesinato" no puede utilizarse como criterio para determinar un delito y varios delitos. Aunque este caso ocurrió antes de la revisión de la ley penal de 1997 y se aplicó esta decisión, las razones son las mismas. Además, la Ley Penal de 1997 cambió específicamente "las circunstancias son particularmente graves" por "causar la muerte del secuestrado o matar al secuestrado", lo cual es claro y fácil de operar. Por lo tanto, quienes secuestran a otros y matan al secuestrado sólo pueden ser condenados por secuestro, pero no por secuestro y homicidio doloso. Deben ser sancionados por varios delitos. 5. Comprender correctamente los criterios completos del delito de secuestro. La consumación del delito de secuestro debe basarse en si el perpetrador ha secuestrado y efectivamente controlado a la víctima. Es decir, siempre que el autor realice el acto de secuestrar a otra persona, constituye la consumación del delito de secuestro, no en función de que existan bienes extorsionados o que se logren otros fines. Si el secuestro fracasa por razones objetivas como la resistencia de la víctima o el hecho de que otros no la rescataron a tiempo, y no existe un control real de la víctima, constituye un intento de secuestro. (3) Responsabilidad penal por el delito de secuestro De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 239 de la Ley Penal, quien cometa el delito de secuestro será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y también será multado o se le confiscarán bienes que causen la muerte del secuestrado. El que mate a un secuestrado será condenado a muerte y se le confiscarán sus bienes. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 de este artículo, quien robe niños de corta edad con el fin de extorsionar bienes será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1. Al aplicar las penas previstas en este artículo, los órganos judiciales deberán prestar atención a las siguientes cuestiones: 1. "Causar la muerte del secuestrado" se refiere al uso de violencia o abuso contra el secuestrado durante el proceso de secuestro, y el acto de suicidarse durante el proceso de secuestro. "Matar a una persona secuestrada" se refiere al acto de matar intencionalmente a una persona secuestrada por motivos tales como extorsión de propiedad u otros fines después del secuestro. 2. Si el delito de secuestro causa la muerte de la víctima o mata al secuestrado debido a las disposiciones legales del delito de secuestro, la legislación es definitivamente una pena estatutaria, y es la pena de muerte, por tanto, los órganos judiciales deben hacerlo. adoptar una actitud muy cautelosa al aplicar el delito y comprender estrictamente las condiciones de aplicación.

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